La especialidad de enfermería del trabajo cuenta con una larga trayectoria en el ámbito de la atención especializada por su formación específica y presencia en los centros de trabajo1. La capacitación profesional para desarrollar sus competencias viene refrendada por un amplio soporte normativo, entre otras disposiciones podemos citar la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales2 y su modificación posterior3, el Real Decreto 39/1997 que aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención4, el Real Decreto 1231/2001 de Ordenación de la actividad profesional de enfermería5 y la Ley 16/2003 de Cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud6. En igual medida resultan influyentes la Ley 44/2003 de Ordenación de las profesiones sanitarias7, el Real Decreto 450/2005 sobre especialidades enfermeras8 y la Orden SAS/1348/2009 que incluye el programa formativo de Enfermería del Trabajo9. Esta última constituye un hito en el desarrollo de las competencias de esta disciplina.
Posteriormente a este hecho relevante, entre otras normas que condicionan su evolución y desarrollo, cabe destacar el Real Decreto 843/2011 que establece los recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención10 y su modificación posterior11, la Ley 33/2011 General de Salud Pública12 y el Real Decreto 639/2015 que define los Diplomas de Acreditación y Acreditación Avanzada13. También resulta necesario referirse al Real Decreto 899/2015 que modifica el citado Reglamento de los Servicios de Prevención14 y, finalmente, el Real Decreto 1302/2018 que regula la autorización para dispensar medicamentos y productos sanitarios por parte de los enfermeros15, una circunstancia determinante que amplía la cartera de servicios como especialistas.
Existen otras disposiciones de carácter internacional que también han contribuido al desarrollo de las competencias profesionales de la especialidad, entre ellas destacan la Constitución de la Organización Mundial de la Salud16, la Declaración de Alma-Ata sobre Atención Primaria de Salud17 y la Estrategia Mundial de la Salud Ocupacional18. Igualmente son relevantes el Convenio 155 sobre seguridad y salud de los trabajadores de la Organización Internacional del Trabajo19 y su Recomendación 16420, el Convenio 161 sobre los Servicios de salud en el trabajo21 junto a su Recomendación 17122 y la Directiva Marco de la Comunidad Europea 1989/391/CEE para la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores 23. En definitiva, estas directrices ponen en valor el derecho fundamental de cada trabajador a recibir los estándares adecuados de cuidados de salud en su ámbito de trabajo y orientan a realizar cambios legales en la práctica de la salud laboral.
Con carácter complementario y de forma específica, la Federation of Occupational Health Nurses within the European Union24, la American Association of Occupational Health Nurses25,26, la Canadian Nurses Association27, la Association of Occupational Health Nurse Practitioners28, el Scientific Committee on Occupational Health Nursing29,30, la Oficina Regional para Europa de la Organización Mundial de la Salud31, el Occupational Health Nursing Research Center32 y la Faculty of Occupational Health Nursing33 han definido también los distintos roles profesionales de esta disciplina en sus áreas de influencia.
La enfermería del trabajo es una especialidad que aborda los estados de salud de los individuos en su relación con el medio laboral. El objeto de su cometido es alcanzar el mayor grado de bienestar físico, mental y social de la población trabajadora, teniendo en cuenta las características individuales del trabajador, el puesto de trabajo y el entorno sociolaboral en que éste se desarrolla9. Por tanto, como parte integrante del servicio de prevención de riesgos laborales (SPRL), le capacita para participar y desarrollar las funciones que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales asigna a estos servicios2: diseñar, instaurar y coordinar los planes y programas de actuación preventiva; identificar y evaluar los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores; determinar las prioridades en la adopción de medidas preventivas y comprobar su eficacia; informar y formar a la población trabajadora y realizar la vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo y prestar los primeros auxilios.
En consecuencia, la ejecución de estas competencias profesionales permite34,35,36,37: una colaboración activa en la reducción de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales; una mejora progresiva de los niveles de seguridad y salud en el trabajo; contribuye a cumplir las normas en materia de seguridad y salud; incrementa la calidad de los recursos en la empresa para realizar actividades preventivas tanto con recursos propios como externos; favorece la interlocución de los distintos actores sociales en la mejora continua de la seguridad y salud en el trabajo; consolida la cultura de la prevención en la sociedad en general y en los centros de trabajo en particular a través de iniciativas dirigidas a la población laboral y a determinados grupos de riesgo; contribuye a la protección de los sistemas de información asegurando la confidencialidad de los datos y participa en proyectos de investigación en materia de seguridad y salud en el trabajo.
En definitiva, teniendo en cuenta el marco normativo descrito que define las competencias profesionales de este ámbito enfermero, la presencia continua en el ámbito de las organizaciones y la evolución en la atención integral al trabajador, el espacio que ocupa la enfermería del trabajo es necesario en el proceso de mejora no sólo de las condiciones laborales, sino también en el aumento de la calidad de vida en el trabajo.
Desde esta premisa, la evolución de esta especialidad ha discurrido muy próxima a los propios progresos de la profesión enfermera, en concreto: cambios internos de la propia profesión, cambios estructurales de los sistemas sanitarios y cambios en la sociedad. En este contexto, corresponde a la especialidad una reflexión con dos enfoques entre otros: la adaptación profesional a esta nueva realidad sociolaboral y un análisis de las necesidades y las expectativas de las organizaciones y sus integrantes para proporcionar unos cuidados expertos y de calidad. En esa reflexión de identidad profesional, la formación de los especialistas tiene como objetivo formar a profesionales que puedan realizar actividades dirigidas a prevenir, promover, proteger y restaurar la salud de la población trabajadora9. El enfoque de su actuación será laboral con sintonía comunitaria, vinculado a la salud pública, integral con perspectiva holística, integrado en el SPRL y sustentado en el conocimiento empírico basado en la mejor evidencia científica disponible. No obstante, destacaremos a continuación las competencias clave del profesional experto en esta disciplina enfermera35,38,39: competencia para evaluar situaciones de salud e identificar enfermedades nuevas o emergentes; competencia para emitir juicios clínicos acertados; competencia de anticipación y capacidad de detección precoz; competencia para la formación en materia de seguridad y promoción de la salud; competencia para comprender la complejidad de cada persona en su condición de trabajador desde un punto de vista biopsicosocial; competencia para actuar de forma reflexiva y efectiva; competencia para realizar proyectos de investigación; competencia para la gestión clínica y financiera; competencia para la utilización del método científico como base en la toma de decisiones; competencia para organizar un entorno físico, sociolaboral y profesional que proporcione protección y facilite un cambio positivo; competencia para la asistencia personalizada en la atención de las necesidades con un enfoque laboral; competencia para diseñar intervenciones eficaces y adecuadas en el ámbito de la seguridad y salud laboral, y competencia para la gestión de los conflictos de valores y las responsabilidades éticas.
En esta proyección como área de conocimiento asoman determinados obstáculos y amenazas en el desarrollo de las competencias profesionales35,38,39: recibir una formación de pregrado centrada en procedimientos expositivos; una actitud en ocasiones resistente a implementar planteamientos educativos basados en el desarrollo de competencias; un contexto laboral no adecuado para el desarrollo de las capacidades; no adoptar un rol autónomo; una formación continuada sin orientación práctica; la falta de conocimientos y experiencia investigadora; no consumir literatura científica como base de una actualización continua; la ausencia de espacios profesionales para el análisis de la práctica enfermera; una política empresarial que no contemple los niveles de carrera profesional en relación con el desarrollo de las competencias en las organizaciones; la falta de transparencia en los sistemas de reconocimiento del progreso profesional, y unas políticas de gestión que no pongan en valor la participación de los profesionales en la toma de decisiones que los afectan, así como aquellas que no establecen incentivos. Por tanto, el paso de la capacidad a la competencia experta implica que esta disciplina practique la autocrítica sobre sus prácticas individuales y colectivas. No obstante, esa excelencia en los cuidados precisa de modelos de referencia, de profesionales con actitudes y la posibilidad de llevar a término los cambios en entornos favorecedores.
Aunque las competencias de la especialidad no han sido objeto de revisión desde su entrada en vigor en 2009, este nuevo escenario plantea cuestiones relacionadas con la praxis, los aspectos éticos, las relaciones interpersonales, el rol en el equipo de trabajo, la búsqueda de un desarrollo profesional, además de algunos cambios vinculados con la globalización, la digitalización de procesos, la incorporación de población migrante, el envejecimiento de las plantillas y las nuevas formas de trabajo y de interacción con el entorno (medio ambiente). Por tanto, la especialidad debe considerar no sólo las respuestas a la demanda de cuidados de salud basados en la adquisición de competencias profesionales, sino también de consensuar la cartera de servicios como oferta profesional a desarrollar. Cuestiones esenciales que invitan a un debate abierto y pueden favorecer una identidad colectiva.