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Revista de la Asociación Española de Especialistas en Medicina del Trabajo

On-line version ISSN 3020-1160Print version ISSN 1132-6255

Rev Asoc Esp Espec Med Trab vol.30 n.1 Madrid Mar. 2021  Epub May 10, 2021

 

Textos Originales

La asimetría de la discapacidad y la incapacidad laboral en España

The asymmetry of disability and work incapacity in Spain

Raúl Jesús Regal Ramos1 

1Inspector Médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Dirección Provincial de Madrid. España.

RESUMEN.

Objetivos:

El objetivo de este trabajo es describir y analizar las cifras de la incapacidad laboral permanente y la discapacidad en España. Para ello, se ha realizado una revisión de las estadísticas de acceso público y gratuito que se encuentra en la web del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales y del Instituto Nacional de la Seguridad Social. En España existe una alta prevalencia de pensionistas de incapacidad permanente que en el año 2019 han supuesto cerca de 2 millones de pensiones contributivas. Existen además importantes diferencias interprovinciales en el número total de incapacidades y discapacidades pero también en los distintos grados de estas. Esta asimetría no es achacable ni a factores médicos, ni al perfil ocupacional ni a la situación económica del territorio. La centralización de determinados aspectos de la gestión podría ayudar a controlar el gasto y a evitar estas desigualdades entre provincias y Comunidades Autónomas.

Palabras clave: discapacidad; trabajadores; subsidio

ABSTRACT

Objectives:

The objective of this document is to describe and analyze the figures of permanent incapacity for work and disability in Spain. To this end, a review of the public accessible and free statistics found on the websites of the Institute for Migration and Social Services and the National Institute of Social Security have been carried out. In Spain there is a high prevalence of permanently incapacities pensioners that in 2019 have been nearly 2 million contributory pensions. There are also important interprovincial differences in the total number of permanent incapacities for work and disabilities, but also in the different degrees of these. This asymmetry is not attributable to either the job profile or the economic situation of the territory. The centralization of certain aspects of management could help to control spending and avoid these inequalities between provinces and Autonomous Communities.

Keywords: disability; workers; allowance

Introducción

Las enfermedades de curso crónico o las secuelas terapéuticas pueden dar lugar a discapacidad y/o incapacidad laboral permanente (IP). Ambas situaciones pueden coexistir pero se regulan por normativas diferentes y son valoradas por organismos y equipos profesionales distintos.

Se define la discapacidad como la situación que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias previsiblemente permanentes y cualquier tipo de barreras que limiten o impidan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que los demás1. El procedimiento para el reconocimiento, la declaración y la calificación del grado de discapacidad, se rige por el RD 1971/1999, de 23 de diciembre2. En base a dicho RD, se calificará en porcentaje el grado de discapacidad, previo dictámenes de los Equipos de Valoración y Orientación dependientes del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO), o de los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas a quienes hubieran sido transferidas sus funciones. El 33 por 100 de discapacidad da derecho al reconocimiento de la condición de persona con discapacidad y tiene en cuenta principalmente los factores discapacitantes (provengan de una lesión física, psíquica o sensorial), pero también los factores sociales (entendiendo por tales, entre otros, la edad, entorno familiar, situación laboral y profesional, niveles educativos y culturales, así como el entorno). La obtención de este certificado de discapacidad permanente proporciona acceso a distintos derechos como prestaciones económicas, laborales, fiscales y sociales

Aun siendo independientes discapacidad e IP, la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social1 vincula ambas prestaciones al establecer, en su artículo 4º, que “Se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de IP en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por IP para el servicio o inutilidad.”

La IP se define la como la situación del trabajador que, después de haber sido sometido al tratamiento prescrito, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral3. El marco legislativo vigente que regula la situación de incapacidad laboral es el Real Decreto Legislativo (RDL) 1/1994, de 20 de Junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, recogiendo en sus artículos 136 a 149 lo relativo a IP. El artículo 137 indica los distintos grados de IP existentes

  • Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual (IPP). La que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para su profesión habitual, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales que ésta requiere

  • Incapacidad permanente total para la profesión habitual (IPT). La que inhabilita al trabajador para la realización de todas las tareas o de las fundamentales para el ejercicio de su profesión habitual, pudiéndose dedicar a otra distinta. Supone una pensión vitalicia mensual equivalente al 55% de la base reguladora (este porcentaje puede incrementarse en un 20% más en los mayores de 55 años que no compatibilizan la pensión con otro empleo).

  • Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo (IPA). La invalidez se define como absoluta (IPA) cuando inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio, suponiendo una pensión vitalicia mensual del 100% de la Base Reguladora.

  • Gran invalidez (GI). Es la situación del trabajador afectado de incapacidad permanente y que, como consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesita la asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida, como vestirse, desplazarse, comer o análogos.

Repercusión económica de la incapacidad permanente

Los presupuestos generales del estado (PGE) incluyen la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal. La parte de los ingresos viene dada de los impuestos (IRPF, IVA, Sociedades, Especiales,..) y de las cotizaciones sociales (aunque estas se ingresan en la partida de la Seguridad Social). En los PGE de 2019, el apartado de los gastos se contabilizó en 472.660 millones de euros y las partidas más importantes fueron:

  • 153.864 millones (32,5%): Pensiones.

  • 52.249 millones (11%): Transferencia a otras administraciones públicas.

  • 31.398 millones (8,6%): Deuda pública

  • 18.402 millones (4%): Desempleo

Es decir, aproximadamente 1/3 de los PGE está destinada al pago de pensiones.

Actualmente en España hay tres clases de pensiones públicas:

  • Contributivas, 9.801.379 pensiones en 20194. Son prestaciones económicas de duración indefinida que se conceden a aquellos que han cotizado a la Seguridad Social un período mínimo. Se financian a partir de las cotizaciones de trabajadores y empresas. Incluyen las pensiones de Jubilación (6.089.294), de IP (962.035) y por Fallecimiento: Viudedad (2.366.788), Orfandad (340.106) y en Favor Familiar (43.156). Para aquellas pensiones contributivas que no lleguen a las cuantías mínimas establecidas para cada una de ellas, si se cumplen ciertos requisitos, se reconocen los denominados complementos por mínimos (el Estado aporta la diferencia hasta alcanzar un mínimo).

  • No contributivas, 451.156 pensiones en 20194. Son prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos residentes en España que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o no lo hayan hecho el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Desde 2014 se financian vía impuestos y corren a cargo de los presupuestos del Estado y se abonan a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, excepto en las Comunidades Autónomas de Navarra y el País Vasco, que tienen transferida esta competencia. Existen 2 tipos de pensiones no contributivas, la de incapacidad (son una ayuda para personas de entre 18 y 65 años con discapacidad igual o superior al 65% y que carezcan de ingresos) y las de jubilación (los requisitos para conseguir una pensión NO contributiva de jubilación son carecer de recuso suficientes, tener ≥ 65años, y residir, o haber residido durante > 10 años, en territorio español)

  • Clases Pasivas, 655.000 pensiones en 20195. Son pensiones que paga directamente el Estado a determinados empleados públicos (funcionarios de carrera de la Administración de Justicia, militares, etc). La mayoría son pensiones de jubilación (por edad o por incapacidad permanente) pero también pueden ser pensiones militares, a favor de familiares, derivadas de actos de terrorismo, etc). Está previsto que en unas décadas las Clases Pasivas desaparezcan. De hecho, según el Real Decreto-Ley 13/2010, todos aquellos funcionarios que entraron a trabajar para el Estado a partir del 1 de enero de 2011 forman parte ya del Régimen General de la Seguridad Social.

Son por tanto las pensiones contributivas de jubilación las que suponen la mayor parte del gasto de los PGE.

Pero debe recordarse que el artículo 143 del Real Decreto Legislativo 1/1994 indica que las pensiones de IP, cuando sus beneficiarios cumplan la edad de 65 años, pasarán a denominarse pensiones de jubilación y que esta nueva denominación no implicará modificación alguna, respecto de las condiciones de la prestación que se viniese percibiendo. Por lo tanto, muchas pensiones de jubilación son en realidad de IP. Al sumar las pensiones de IP y las de jubilación derivadas de IP nos encontramos con que el número de pensiones de IP se eleva a un porcentaje cercano al 20% de las pensiones contributivas6. Es decir, en el año 2019 se han alcanzado aproximadamente 1.960.000 pensionistas de IP.

Si la cifra total de pensionistas asciende en 2019 a 10.907.535 (suma de pensiones contributivas, no contributivas y de clases pasivas) y supone 153.864 millones de los PGE, las 1.960.000 pensiones de IP pueden suponer en torno a 27.648 millones de euros (más al sumarle el complemento a mínimos)

Observando los datos anteriores se aprecia el elevado número de personas con pensión de IP que hay en España y el importante peso que tiene esta prestación en los PGE y por lo tanto en el gasto del sector público estatal.

El primer paso para enfrentarnos al análisis de fenómenos tan complejos como la incapacidad laboral o la discapacidad es cuantificarlos.

A pesar de su importancia como indicador de salud laboral, la investigación epidemiológica sobre la distribución territorial de la incapacidad permanente y de la discapacidad es escasa6,7,8.

Objetivo

El objetivo de este trabajo es describir y hacer un breve análisis de las cifras de incapacidad y discapacidad en España.

Material y Métodos

Se ha realizado una revisión de las estadísticas de acceso público y gratuito que se encuentra en las web del IMSERSO y de Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

De la web del INSS hemos obtenido estadísticas completas del año 2019.

El IMSERSO publica periódicamente la “Base Estatal de datos de personas con valoración del grado de discapacidad” que recoge información relativa al histórico de la gestión de las valoraciones en las distintas Comunidades Autónomas, incluidas las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. La última actualización es de 31 de diciembre de 2017 y agrupa los datos en intervalos de gravedad de la discapacidad y tomando en consideración las variables de sexo, edad, deficiencia y ámbito geográfico. Parte de esta información es la que vamos a sintetizar en este apartado.

Las estadísticas de IP del INSS se han cruzado con las estadísticas de afiliación a la seguridad social por provincias. Las estadísticas de discapacidad del IMSERSO se han cruzado con las estadísticas de población (total y entre 18-65 años edad) por provincias.

Se ha realizado una revisión de la literatura en distintas bases de datos como Pubmed, Scopus, Scielo, IBECS, Índice Médico Español, utilizando los términos “Incapacidad laboral”, “discapacidad” y “salud laboral” como descriptores y apenas se han encontrado estudios que analicen la prevalencia de la discapacidad y la IP en el territorio español.

Para el procesamiento de los datos y los cálculos estadísticos se ha utilizado el programa Microsoft Excel.

Consideraciones éticas

Todos los datos de este estudio se han obtenido de las estadísticas de acceso público y gratuito que se encuentran en la web del IMSERSO y del INSS.

La presente investigación no ha recibido ninguna beca específica de agencias de los sectores público, comercial, o sin ánimo de lucro.

Resultados

La Tabla 1 agrupa, por provincias, las medias anuales del año 2019 de afiliación a la Seguridad Social9 y el número de IP (número total y por cada 100 afiliados a la SS) por grados de incapacidad10.Casi 5 (4,97%) de cada 100 afiliados a la seguridad social tienen una pensión de incapacidad, 2,97% son IPT, el 1,82% son IPAs y el 0,18% GI.

Tabla 1.  Cifras del año 2019 de afiliación a la seguridad social y de ip (número total y por cada 100 afiliados a la SS) por grados de incapacidad. 

La Figura 1 muestra la distribución de la prestación de la incapacidad permanente en el año 2019 por provincia y la Figura 2 por comunidades. Por comunidades, son las de Andalucía, Galicia, Extremadura y Asturias las que muestran más pensiones de IP por cada 100 afiliados a la seguridad social. También vemos importantes diferencias interprovinciales. Por ejemplo, la prevalencia de GI por cada 100 afiliados en Asturias, León y Ciudad Real triplica la de Baleares, Soria y Madrid.

Figura 1.  Número de pensiones de IP x cada 100 afiliados por provincias. 

Figura 2.  Número de pensiones de IP x cada 100 afiliados por CCAA. 

La Tabla 2 muestra la distribución de la prestación de incapacidad permanente11 por regímenes de afiliación a la Seguridad Social9,12 en el año 2019. Llama la atención que el número de incapacitados en la minería casi duplica al de afiliados, y esto sin contar las jubilaciones procedentes de IP. Los trabajadores de la minería del carbón reciben pensiones significativamente más elevadas que las del resto de trabajadores.

Tabla 2.  Distribución de la prestación de incapacidad permanente por regímenes de afiliación a la seguridad social. 

La Figura 3 muestra el número de pacientes con discapacidad ≥ 33% / población de la CCAA. La Figura 4 compara total de pensiones de IP por cada 100 afiliados en 2019 VS porcentaje de discapacidades ≥ 33% entre 18-65 años de la población total. Al igual que ocurre con la incapacidad permanente, Madrid, Baleares, la Rioja y Navarra Muestran las cifras más bajas de discapacidad

Figura 3.  Número de pacientes con discapacidad ≥ 33% / población de la CCAA. 

Figura 4.  Porcentaje de pensiones de IP por cada 100 afiliados en 2019 vs porcentaje de discapacidades ≥ 33% entre 18-65 años de la población total. 

Discusión

El número de pensiones contributivas muestra una tendencia creciente en los últimos años. A la repercusión económica que esto implica, hay que añadirle el déficit actual de la Seguridad Social, 16.793,3 millones de euros a 31 de diciembre de 201913.

En España existe una alta prevalencia de pensionistas de incapacidad permanente. En el año 2019 ha habido 4,9 pensionistas de incapacidad por cada 100 trabajadores afiliados a la seguridad social. A estos hay que sumarles los pensionistas de jubilación que derivan de IP. Es decir, un porcentaje muy importante de la población española tiene limitaciones médicas importantes para la vida laboral. La comparación con otros países europeos es difícil por tener diferentes formas de aseguramiento, diferentes formas de pago de prestaciones sociales (vía impuestos, vía cotizaciones,..), diferentes cuantías en las cotizaciones sociales (Ej; Alemania 19,10%, Francia 13,50%; Reino Unido 21,90%; Italia 32,70%; España 28,30%; Suecia 17,21%; Dinamarca: 0% todo vía impuestos locales) y distintas regulaciones y formas de control de la Incapacidad Temporal. En cualquier caso, parecen unas cifras difíciles de poder mantener en las condiciones económicas actuales.

Debemos tener en cuenta que las pensiones contributivas se pagan con el dinero que aportan los trabajadores y que la garantía del sistema depende de la relación Trabajadores / Pensionistas y del importe de las cotizaciones y de las pensiones. El descenso de la natalidad y la tardía incorporación de nuestros jóvenes al mercado laboral solo permiten aumentar el número de trabajadores con la inmigración. El número de pensionistas solo puede disminuirse retrasando la edad de jubilación. Aumentar las cotizaciones a la seguridad social o disminuir importe de las pensiones tampoco parece la mejor solución para la salud económica de un país

Por tanto, debemos analizar y gestionar la tendencia ascendente del número de pensiones de IP en los últimos años. Además de continuar con el desarrollo de los sistemas informáticos, deben plantearse cambios en la normativa que regula actualmente esta prestación.

Deberían evitarse también las asimetrías entre colectivos de trabajadores. La cuantía de las pensiones de incapacidad de los trabajadores del Régimen especial de minería del carbón son mucho mayores que las del resto. Aunque puede influir que estos trabajadores tienen una mayor incidencia de contingencias profesionales, la causa principal de la esta diferencia en el subsidio es las condiciones especialmente favorables de cálculo de la pensión en estos trabajadores.

Por otro lado, también son elevadas las cifras de discapacidad en España. En cuanto a la discapacidad, el 6,8% de la población española tiene reconocido algún grado de discapacidad, y un 2,92% tiene una discapacidad ≥ al 65%. Entre la población de 18 a 65 años de edad hay un 3,45% de personas con una discapacidad ≥ 33%.

Asimetrías interterritoriales

Las diferencias observadas entre territorios, coinciden con lo ya recogido en la bibliografía6,7. Benavides et al7 describieron importantes diferencias interprovinciales en la IP tras analizar una muestra de trabajadores seguidos entre 2004 y 2007 y pronosticaron que si no se adoptaban las medidas adecuadas este problema iría en aumento entre otras razones por el progresivo envejecimiento de la población ocupada. Pues bien, 15 años después, nuestro trabajo objetiva como esas diferencias entre provincias y CCAA se mantienen o han aumentado, Asturias sigue siendo la comunidad con mayor porcentaje de IP por afiliado y Madrid la que presenta un menor porcentaje de IP por afiliado.

Actualmente tenemos provincias con menos de 4 IPs por cada 100 afiliados y otras que superan los 10. Esta diferencia interprovincial no puede ser achacable al perfil ocupacional de las provincias, ya que se mantienen también con las calificaciones de IP que no dependen de la profesión del trabajador (IPA y GI). Es llamativa la diferencia que observamos entre Barcelona y Madrid, dos provincias con situaciones socio-económicas similares. En Barcelona los datos muestran un 0,19 GI por cada 100 afiliados y un 2,32 IPA por cada 100 afiliados. En Madrid observamos un 0,10 GI y un 0,99 IPA por cada 100 afiliados.

Tampoco podemos achacar estas diferencias interterritoriales a la densidad de población (Soria y Madrid tienen densidades poblacionales muy distintas) o la edad.

La bibliografía6 si ha observado que hay factores externos, como son la situación económica local o el % de paro, que influyen en el número de discapacidades e incapacidades. Sin embargo, aunque Madrid, País Vasco, Navarra y Cataluña son las CCAA14 que presentan mayor renta per cápita, solo Madrid y Navarra presentas cifras muy bajas de ambas prestaciones.

Es decir, existen otros factores distintos al perfil profesional, a la densidad de población, a la edad o a la situación económica de un territorio que podrían influir en el número de incapacidades permanentes o discapacidades que se conceden.

Debemos recordar que la raíz de la discapacidad y la incapacidad es la misma, la presencia de enfermedades limitantes no recuperables, y por tanto sería esperable una mayor uniformidad interprovincial y que los factores no médicos causaran solo leves discrepancias interterritoriales.

En la incapacidad laboral, es elemental la existencia de 52 órganos colegiados provinciales con autonomía de criterio en sus propuestas de calificación. Pero la centralización de determinados aspectos de la gestión y valoración (por ejemplo, la gran invalidez) podría ayudar a controlar el gasto y a evitar estas desigualdades entre provincias y CCAA.

Por otro lado, también observamos importantes diferencias entre provincias en cuanto al número total de discapacidades y en los distintos grados de estas. Como pasa con las incapacidades, Madrid, Balears, la Rioja y Navarra tienen menos discapacidades y Asturias está entre las que más tiene. Está asimetría es aún menos justificable en el caso de la discapacidad, dado que:

  • El perfil laboral de la provincia no tiene influencia en las discapacidades, ya que en estas se valoran las limitaciones para la vida diaria.

  • Para la evaluación de las discapacidades existe un protocolo o baremo normalizado (RD 1971/1999) que no existe para la incapacidad, debido a la complejidad de relacionar la singularidad de cada enfermedad con cada trabajador y sus requerimientos laborales.

Limitaciones

Entre las limitaciones de este trabajo está el hecho de no haber podido disponer de datos de discapacidad del 2019, los últimos documentados por el IMSERSO son los de 2017.

Conclusiones

El primer paso para enfrentarnos al análisis de fenómenos tan complejos como el de la discapacidad o la incapacidad laboral es cuantificarlos. Esta cuantificación muestra cifras totales elevadas y diferencias significativas interprovinciales

En España existe una alta prevalencia de pensionistas de incapacidad permanente, o lo que es lo mismo, una elevada prevalencia de personas con limitaciones médicas para poder trabajar. En el año 2019 ha habido 4,9 pensionistas de incapacidad por cada 100 trabajadores afiliados a la seguridad social. A estos hay que sumarles los pensionistas de jubilación que derivan de IP.

En el año 2019 la IP ha supuesto aproximadamente el 20% de las pensiones contributivas (2.000.000 de pensiones) y más de 28.000 millones de euros de los PGE.

Desde hace más de 15 años se viene observando en la literatura médica importantes diferencias interterritoriales en las prestaciones de incapacidad y discapacidad en España. Este estudio corrobora que persiste dicha asimetría interterritorial, actualiza las cifras y las analiza. Estas no pueden achacarse ni a factores médicos ni al perfil ocupacional o económico de cada territorio.

La centralización de determinados aspectos de la gestión y valoración (por ejemplo, la gran invalidez) podrían ayudar a controlar el gasto y a evitar estas desigualdades entre provincias y CCAA.

Bibliografía

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Recibido: 21 de Julio de 2020; Aprobado: 03 de Abril de 2021

Correspondencia: Daniela Grajales Herrera. Dirección: Calle López de Hoyos 169 Madrid 28002. Teléfono: 915660697. Correo electrónico: raul-jesus.regal@seg-social.es

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