Posiblemente la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD, 2006) sea uno de los más brillantes textos que se han escrito en los últimos tiempos en defensa de los derechos de las personas con discapacidad.
El Estado español se adhirió al mismo en 2008. Desde entonces es para algunos una guía de sus prácticas; pero para una gran mayoría ha pasado desapercibido, es conocido escasamente o no ha tenido repercusión alguna sobre sus modos de pensar y atender la discapacidad.
Siendo un hito en la historia del reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad, o quizás por ello, no ha estado exento de controversias. Entre las posiciones de aquellos que siguen teniendo una visión proteccionista y la de quienes defienden la plena igualdad de los derechos hay un amplio abanico de matices.
La Convención supone un cambio radical, pues pasa de un modelo que partía de la idea de que la protección de las personas con discapacidad podía hacerse excluyéndolas de la toma de decisiones a otro sustentado en el apoyo para el ejercicio de la autonomía, basándose en los principios éticos de respeto a la dignidad, la autonomía y la libertad para decidir.
Se trata de un reconocimiento claro de todos como sujetos titulares de derechos y su disfrute en igualdad. Ello conlleva superar un modelo asistencialista, rehabilitador, “pasivizador” y paternalista de protección social que actúa de espaldas al sujeto y sus deseos para construir un modelo social que lleve a la inclusión plena de la persona con discapacidad en la sociedad de la que forma parte.
Muchos de los principios que sustentan las leyes españolas y también los modos de trato a las personas con discapacidad son claramente contrarios a los mandatos que se expresan en la CDPD. Leyes que han significado un avance importante en su atención estaban más orientadas a la atención de la dependencia que a la promoción de la autonomía personal.
Ese reconocimiento de igualdad plena entre todos y de apoyo a la autonomía tiene un claro sustento ético y hace que las cuestiones que tienen que ver con la discapacidad hayan de ser contempladas desde una perspectiva de absoluto respeto a los derechos humanos. Eso quiere decir: no discriminación, accesibilidad y autonomía plenas.
La aplicación de la CDPD exige no solo cambios legislativos, sino también importantes cambios sociales que eliminen las desventajas de cualquier signo que sufren las personas con discapacidad. Para ello se requieren cambios estructurales que busquen la construcción de una sociedad basada en la igualdad de todos y el derecho a la autonomía y a la independencia; entre ellos, el derecho fundamental de tener los apoyos necesarios para su realización.
En estos momentos está en trámite el Proyecto de Ley de reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Las modificaciones que propone el citado proyecto deberían ser, en nuestro criterio, más atrevidas y radicales para lograr la desaparición de todos aquellos obstáculos aún existentes que impiden el reconocimiento y desarrollo de la autonomía y los demás derechos de las personas con discapacidad.
La Comisión de Ética y Legislación de la AEN ha dado relevancia al conocimiento de la CDPD, elaborado diversos informes con propuestas para su desarrollo, especialmente en el ámbito legislativo1, y también sobre las dimensiones éticas de la atención en salud mental.
La aplicación de la CDPD exige, además de cambios legislativos y en las estructuras de la sociedad, una transformación de las estructuras de cuidado, de las prácticas profesionales y de los sistemas organizativos. Debería acelerarse el proceso de toma de conciencia de la importancia de basar cualquier acto en los valores inherentes a la dignidad de las personas, al cuidado de su autonomía y al abandono de los restos de un paternalismo/asistencialismo que desoye al sujeto en su singularidad y en su historia, y que lo daña, siendo uno de sus ejemplos más flagrantes la persistencia aún de las diversas prácticas coercitivas. Su erradicación es ya urgente, así como la instauración de modos de tratar respetuosos y basados en una alianza construida en igualdad.
El desarrollo y sostenimiento de los derechos, y en especial los de las personas con discapacidad, requiere una permanente vigilancia. Sabemos que, en la atención a la salud mental en los diversos ámbitos –sanitario, sistema judicial, de servicios sociales, de empleo, etc.–, a la tradicional precariedad e insuficiencia de recursos se están añadiendo nuevas restricciones derivadas de la difícil situación social y sanitaria producto de la COVID-19. Pero es que, además de las modificaciones que están afectando a los recursos de atención y a una continuidad de los cuidados de modo adecuado, encontramos un retraimiento de las propuestas transformadoras necesarias: la timorata propuesta del Proyecto de modificación del Código Civil para adaptarlo a la CDPD; el injustificado retraso de la nueva Estrategia de Salud Mental del Sistema Nacional de Salud; la aceptación por parte del Estado español, desoyendo las orientaciones del Comité de Bioética y de un amplio número de organizaciones, del Protocolo Adicional al Convenio de Oviedo sobre Derechos Humanos y Biomedicina sobre la protección de los derechos humanos y la dignidad de las personas con trastornos mentales respecto a ingresos y tratamiento involuntarios, que es inaceptable por la permisión ante la coerción y la involuntariedad; las diversas intervenciones violentas de las diferentes fuerzas de seguridad del Estado ante personas indefensas; etc.
Es necesario un conocimiento colectivo acerca de la CDPD, de sus importantes repercusiones y exigencias. Los posibles matices en la lectura e interpretación de un texto valiente y comprometido que pueden ser hechos desde las diversas organizaciones merecen un debate responsable que sea un acto de compromiso en el desarrollo de la CDPD, en la modificación de todo aquello que dificulte el ejercicio de la autonomía de cada persona y en la construcción de una sociedad que nos incluya a todos.