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Revista de Diagnóstico Biológico

versión impresa ISSN 0034-7973

Rev Diagn Biol vol.50 no.1  ene./mar. 2001

 

GRUPOS DE TRABAJO-AEBM

 

Reglamento
(5 de marzo de 2001)

 

NORMATIVA BÁSICA

Los Grupos de Trabajo se encuentran incluidos en el artículo 42 párrafos 2º y 3º de los Estatutos de AEBM (edición Junio 2000).

"2º ... Se podrán crear ... Grupos de Trabajo... Tendrán un Presidente y un Secretario que serán los de la Junta Directiva Nacional .... El Comité Ejecutivo nombrará un Presidente Ejecutivo y un número de vocales entre 4 y 6. Así mismo el Comité Ejecutivo podrá designar a 2 vocales más... no miembros de AEBM. El funcionamiento de estas Comisiones estará regulado por un Reglamento propio".

3º .....deberán tener informado permanentemente al Comité Ejecutivo de las incidencias y evolución de las facultades delegadas".

 

REGLAMENTO

DEFINICIÓN

Los Grupos de Trabajo son una estructura operativa dentro de AEBM.

Tienen como finalidad recopilar información y generar recomendaciones sobre una serie de temas de interés para el Laboratorio Clínico.

El Grupo se constituye por los profesionales seleccionados para el panel bajo los auspicios de AEBM.

La finalidad es mejorar el funcionamiento y la calidad de los Laboratorios Clínicos.

En la utilización posterior de la documentación que se genere se citará de manera obligada a AEBM, así como a los miembros del panel. Los revisores del documento figurarán en el documento completo que edite AEBM.

COORDINACIÓN

Uno de los vocales de la Sociedad se encargará de la Coordinación de los distintos Grupos así como canalizar las sugerencias y participación de los socios en los mismos.

FUNCIONES

Las funciones de dichos Grupos serán la revisión bibliográfica sistemática y elaboración de resúmenes sobre su área de trabajo, el diseño de metodologías de estudio y coordinación de investigaciones desarrolladas a partir de dichas metodologías (estudios multicéntricos, metaanálisis) y la elaboración de recomendaciones.

COMPOSICIÓN

Para cada Grupo el Comité Ejecutivo designará un panel compuesto por 4 a 6 personas, y al Presidente Ejecutivo del Grupo entre ellos.

Excepcionalmente el Grupo puede alcanzar hasta 8 miembros. El número de miembros no pertenecientes a AEBM debe ser inferior o igual a 2.

En la primera reunión definirán su estructura de trabajo, cronograma y objetivos de elaboración (documentos básicos). Dichos documentos serán remitidos a los miembros de AEBM que hayan solicitado participar como revisores de documentación y a aquellas otras personas cuya opinión el Grupo considere de interés.

Los documentos en sus distintas versiones serán expuestos en la página Web de la sociedad para recibir comentarios sobre los mismos.

PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS DOCUMENTOS

Recogidos los comentarios y correcciones al documento base, se elaborará el borrador del documento definitivo, que será presentado y discutido en el Congreso Anual de AEBM/AEFA.

Se realizará una sesión pública donde se discutirá el documento entre los asistentes.

Al final de dicha sesión el Presidente Ejecutivo del Grupo, propondrá a los miembros del mismo someterlo al Comité Ejecutivo para su paso a la categoría de Recomendación o devolverlo al Grupo para su revisión/mejora.

Los documentos, una vez elaborados tendrán tres niveles en su evolución:

1) Documento de trabajo: aprobado por el Grupo.

2) Recomendación: presentado en un congreso y aprobado en una Comisión Ejecutiva.

3) Estándar: recomendación sometida a la Comunidad Científica. Para su paso a estándar debe haber sido aprobada como recomendación al menos durante dos años y haber recibido la aceptación de profesionales del laboratorio como práctica de utilidad.

Las Recomendaciones serán editadas por AEBM para su difusión entre la Comunidad Científica.

NORMATIVA DE FUNCIONAMIENTO

El Grupo, una vez constituido y seleccionada la persona que actuará como presidente del mismo debe:

* Definir con exactitud el nombre del Grupo.

* Definir sus objetivos y productos (documentos, investigaciones,..) con carácter anual.

* Definir su metodología de trabajo (operativa).

* Definir para cada miembros del panel y los revisores sus obligaciones dentro del Grupo. Si un miembro del panel o un revisor , no cumple las expectativas que le sean fijadas, puede ser, a propuesta del presidente, retirado del Grupo por el Comité Ejecutivo.

* El panel podrá ampliarse (sin superar el número de 8 miembros) o aumentar el número de revisores (sin límite preestablecido), incluyendo a aquellos profesionales que considere de interés para el proyecto. No será necesaria a priori su pertenencia a AEBM, pero si su aceptación de estas normas.

*El Presidente del Grupo mantendrá una relación fluida con el vocal del Comité Ejecutivo responsable de la Coordinación de los Grupos de Trabajo, que podrá solicitarse informes para presentar en las reuniónes del Comité Ejecutivo.

APOYO ADMINISTRATIVO.

FINANCIACIÓN

AEBM se encargará del apoyo administrativo necesario para el funcionamiento del Grupo, así como del envío de documentación, etc. entre los miembros del mismo.

AEBM se encargará de la edición final del documento, así como de su difusión y distribución.

Si el Grupo va a necesitar algún tipo de financiación (viajes, reuniónes...) deben ser comunicados por el Presidente al Comité Ejecutivo antes de la aprobación del presupuesto anual, con el fin de valorar las disponibilidades. Todo ello independientemente de la financiación adicional que puedan conseguir los miembros del Grupo por sí mismos.

METODOLOGÍA ESTÁNDAR ORIENTATIVA

A modo de orientación se propone una metodología estándar que puede ser modificada a juicio del panel.

* Definir si el Grupo es autolimitado en el tiempo (hasta la elaboración del producto final) o si se trata de un Grupo que funcionará de manera indefinida (con elaboración periódica de documentos) o un Grupo base que puede evolucionar a una serie de Grupos nuevos.

* Definir su área de trabajo (que está incluido, que está excluido en el área de trabajo del Grupo para el periodo en curso).

* Áreas en las que se va a trabajar:

A)- Actualización bibliográfica:

- definiendo estrategias óptimas de búsqueda bibliográfica.

- realizando resúmenes de la bibliografía más relevante del tema con carácter semestral/ anual, etc.

- publicar artículos de revisión crítica sobre el item objeto del Grupo.

- incluirse dentro de la Colaboración Cochrane y otros Grupos similares.

B)- Diseño de metodologías de investigación:

A menudo, las recomendaciones o propuestas se basan en conocimiento científico con baja validez externa o en opiniones de expertos no siempre contrastadas.

Siempre que sea posible, las recomendaciones deben basarse en datos comprobados experimentalmente (basados en la evidencia).

Una posibilidad del panel es definir metodologías experimentales, coordinando o liderando estudios multicéntricos o mediante metaanálisis de estudios realizados con una metodología común.

C)- Colaboración con Grupos de otras Sociedades Científicas.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Los Grupos que actualmente están en funcionamiento seguirán con su estructura y organización actual excepto en lo relativo a la aprobación de documentos que se realizará según la presente normativa.

Quedan aprobados por el Comité Ejecutivo los Documentos elaborados hasta el momento y que han sido publicados (o están remitidos para publicación en Noviembre de 2000) en la Revista de la Asociación.

Se nombra a los actuales presidentes de Grupos como presidentes ejecutivos de dichos Grupos para que mantengan su actual funcionamiento.

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