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Medicina y Seguridad del Trabajo

versión On-line ISSN 1989-7790versión impresa ISSN 0465-546X

Med. segur. trab. vol.53 no.206 Madrid mar. 2007

 

 

 

Adecuación de puesto de trabajo en el ámbito sanitario

 

 

Carmen Marroquí López-Clavero (*), Isabel Solano Herrera (**), Mª Isabel Riesco García (***) 

(*) Coordinadora Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. Médico Especialista en Medicina del Trabajo. 
Master en Prevención de Riesgos Laborales. 
(**) Subdirectora Médico Hospital General de Ciudad Real. Jefe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. 
Médico Especialista en Medicina del Trabajo. Máster en Prevención de Riesgos Laborales 
(***) DUE de Empresa. Master en Prevención de Riesgos Laborales. Master en Auditoría del Servicio de Prevención

Primer premio de las comunicaciones orales. IV Jornadas Nacionales de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales en el Ámbito Sanitario, 16-17 de noviembre de 2006. Hospital 12 de Octubre. Madrid. 

 

 


RESUMEN 

Todos los trabajadores tienen derecho a una adaptación de su puesto de trabajo a sus especiales condiciones derivadas de sensibilidades o problemas específicos de salud, llegando al cambio de puesto de trabajo cuando esto no sea posible. El objetivo de este trabajo, es articular un protocolo, con las actividades a realizar por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales encaminadas a la consecución de ese fin, realizar un estudio de todas las adecuaciones realizadas en el periodo que va desde enero de 2001 a junio de 2006 y establecer el perfil de trabajador que más solicitudes de adecuación presenta en nuestro hospital. 

Palabras claves: Adecuación, adaptación, puesto de trabajo, sanitario, protocolo. 


ABSTRACT 

All the workers are entitled to an adaptation from their workstation to their special derived conditions of sensibilities or specific problems of health, arriving to the workstation change when this is not possible. The objective of this work, is to articulate a protocol, with the activities to carry out for the Service of Prevention of Labor Risks guided to the attainment of that end, to carry out a study of all the adaptations carried out in the period that goes from January of 2001 to June of 2006 and worker's profile that more adaptation applications present in our hospital to settle down. 

Key words: Adaptation, workstation, sanitarium, protocol. 


 

 

Objetivo

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales, ley 31/1995 de 8 de noviembre, establece el derecho de todos los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud (art. 14 Ley de Prevención de Riesgos Laborales L.P.R.L.) ,hablando de la obligación de adaptar el trabajo a la persona (art.15 L.P.R.L), y en particular el de aquellos trabajadores que por sus propias características o estado biológico conocido, sean especialmente sensibles a determinados riesgos (art. 25 L.P.R.L.), indicando que para conseguirlo, se establecerán las medidas y se desarrollan las actividades que se consideren necesarias. 

Encontramos también referencias a este derecho de los trabajadores a la protección de la salud frente a riesgos laborales y agentes nocivos a través de la Prevención y de una Política de Seguridad e Higiene en el art. 15 del Tratado CE, art. 4.2d del Estatuto de los Trabajadores (E.T)., art. 17,1 y 18f del Estatuto Marco (E.M). 

Por último, la Ley General de la Seguridad Social (L.G.S.S.) en su art. 133, dice que si es posible evitar o minimizar el riesgo de exposición mediante el traslado a otro puesto de la misma categoría, el empresario está obligado a hacerlo. 

El objetivo de este trabajo, es articular un procedimiento que permita el estudio individualizado de cada trabajador con problemas, valorando cada una de las causas que confluyen en él, y procediendo a la adaptación del puesto de trabajo a sus especiales condiciones para intentar evitar este riesgo, y llegando al cambio de puesto de trabajo cuando la adaptación o bien no sea posible o resulte insuficiente. 

 

Método

Para conseguir nuestro objetivo, la implantación de un protocolo de adecuación de puesto de trabajo en el Hospital General de Ciudad Real lo primero que nos planteamos es que debía ser aceptado tanto por la Gerencia como por los representantes de los trabajadores, por lo que la primera medida fue implicarlos en su elaboración y establecer quien iba a ser el propietario del protocolo, decidiendo que fuera el Comité de Seguridad y Salud que es el órgano paritario y colegiado de participación en materia de Prevención de Riesgos Laborales. El Comité de Seguridad y Salud del hospital se reúne regularmente y con una perioricidad mensual. Se estableció que los trabajadores solicitarían las adecuaciones de puesto de trabajo al Comité de Seguridad y Salud siendo imprescindible contar con la participación y aprobación del Comité para aceptarlas o denegarlas. La segunda medida fue establecer quien se encargaría de su ejecución y desarrollo decidiendo que fuera el Servicio de Prevención como órgano asesor del comité en materia de prevención de riesgos laborales y que es quien dispone de los medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas, de esta forma garantizaríamos la adecuada seguridad y salud de los trabajadores. Otro punto importante que nos preocupaba, era la confidencialidad de todo el proceso, a la que el trabajador tiene derecho, decidiendo que sería el Servicio de Prevención el encargado de preservarla y para ello las proposiciones de adaptación o cambio de puesto de trabajo al Comité de Seguridad y Salud, se realizarían en forma de conclusiones. 

Por último debíamos establecer la forma de iniciar el procedimiento. Se decidió que sería el propio trabajador mediante instancia escrita dirigida presidente del Comité de Seguridad y Salud el que lo haría, bien porque el considerara que no podía realizar su trabajo a causa de su patología o porque su médico especialista o el médico del Servicio de Prevención consideraran que estaba sufriendo un menoscabo de su salud a consecuencia de su actividad laboral. 

Después de establecer las entidades implicadas en el proceso, sus responsabilidades en el mismo y la forma de iniciarlo, llegamos por fin al eje central de nuestro procedimiento que era la elaboración del protocolo de adecuación. Necesitábamos para el éxito de nuestra empresa, un protocolo de adecuación consensuado, para lo que trabajamos duro y conjuntamente el Servicio de Prevención, la Gerencia y los representantes de los trabajadores que tuvieron que pactar numerosos acuerdos para que el proyecto siguiera adelante. Se hicieron numerosos borradores que fuimos probando, detectando puntos críticos y desviaciones que nos impedían el buen funcionamiento y alcanzar los objetivos. Realizamos todos los cambios y puntualizaciones que consideramos necesarias para su buen funcionamiento. Finamente el protocolo quedó establecido de la siguiente manera: 

1) El trabajador que necesite una adecuación o cambio de puesto de trabajo porque considere que puede sufrir o está sufriendo un menoscabo en su salud y seguridad deberá solicitarlo por escrito, con modelo de instancia establecido a tal efecto. La solicitud constará de tres copias para el presidente del Comité, el Servicio de Prevención y el interesado y será imprescindible registrar la solicitud. 

2) El Servicio de Prevención podrá solicitar al Director de División correspondiente información sobre las características del puesto de trabajo actual y la posibilidad de encontrar adaptación dentro del propio servicio 

3) El Servicio de Prevención citará al trabajador para estudio y valoración y emitirá un informe con sus conclusiones. En todo momento se garantizará la confidencialidad de los datos. 

4) Se estableció un orden de prioridad para adecuar a los trabajadores: Primero en función de la gravedad (los trabajadores de mayor gravedad antes) y ante igualdad de patología, se adjudicaría por fecha de registro. 

5) El presidente del Comité de Seguridad y Salud recibirá antes del comité documentación con las solicitudes de nuevas adecuaciones, las pendientes, las renuncias las plazas vacantes existentes en las distintas direcciones del hospital y esta información será facilitada a los miembros del Comité de Seguridad y Salud. 

6) Las propuestas de cambio de puesto de trabajo, se realizará entre las plazas vacantes en el hospital y con anterioridad a producirse la movilidad interna. 

7) El Comité de Seguridad y Salud, se reunirá de forma extraordinaria para valorar casos urgentes, salvo casos excepcionales en que el Servicio de Prevención podrá actuar de forma inmediata para preservar la salud del trabajador e informará en la siguiente reunión del comité. 

8) La adecuación de puesto de trabajo se considerará con carácter provisional, y se mantendrá mientras dure la patología siendo revisados los trabajadores según criterio del Servicio de Prevención. En caso de mejoría o recuperación, el trabajador será reubicado siguiendo el proceso regulado en el acuerdo de traslados internos. 

9) El Presidente del Comité emitirá durante los diez días siguientes a la reunión del Comité de Seguridad y Salud la notificación escrita de la propuesta de adecuación o cambio de puesto de trabajo. El trabajador tendrá un plazo de diez días para realizar alegaciones. Si al vencimiento del plazo no hay alegaciones se emitirá una resolución firme, sin que exista posibilidad de renuncia, en caso de existir alegaciones, se valorarán nuevamente por el Servicio de Prevención llegando el Comité a una resolución definitiva. La decisión del Comité será vinculante tanto para el trabajador como para la Gerencia. 

10)Para preservar la salud de los trabajadores adecuados por el Comité de Seguridad y Salud laboral, no podrán realizar jornada superior a la legalmente establecida, es decir no podrán realizar jornadas extraordinarias. 

Este protocolo de adecuación, fue firmado tanto por la Gerencia como por los representantes de los trabajadores. Para que todos los trabajadores tuvieran acceso a él y lo conocieran, además de encargarse el Servicio de Prevención y los representantes de los trabajadores de publicitarlo, se acordó su difusión en la intranet del Hospital.

Para establecer y ordenar todas las acciones a realizar por el Servicio de Prevención como órgano ejecutor del protocolo de adecuación, se hizo necesario elaborar un procedimiento de actuación que incluye las siguientes acciones: 

1) Estudio y valoración del trabajador.

Para ello se cita al trabajador en la consulta del Servicio de Prevención realizando: 

• Entrevista personal en la que nos interesamos por los motivos personales que le han llevado a realizar esta solicitud , y en la que se informa al trabajador tanto oralmente como por escrito con una hoja informativa confeccionada para tal fin, del contenido del Protocolo de Adecuación firmado por el Comité de Seguridad y Salud atendiendo y disolviendo todas las dudas que el trabajador pueda tener sobre este proceso. 

• Historia clínico-laboral. Se realiza estudio del puesto de trabajo actual, especificando los riesgos a los que está sometido, estudiando todas las tareas que componen su actividad laboral e identificando aquellas tareas que realiza con mayor dificultad o que no puede realizar. 

• Exploración Médica completa. 

• Valoración de informes médicos de otros especialistas. Dichos informes pueden ser aportados en un primer momento por el trabajador y/o son solicitados por el médico del Servicio de Prevención al considerar que necesita un estudio más completo y específico para conocer el estado evolutivo de la patología en el momento actual y de esa manera tener un mayor conocimiento para determinar las tareas que puede o no realizar. 

2) Una vez terminado el estudio del trabajador, el Servicio de Prevención emite un informe médico- laboral con sus conclusiones que incluye datos administrativos y patológicos del trabajador, hallazgos y valoraciones del reconocimiento practicado y recomendaciones médicas específicas en cuanto a las restricciones de su actividad laboral. Este informe es confidencial y queda archivado en la historia clínica del trabajador junto con todos los demás documentos. 

3) Registro electrónico de todas las solicitudes de adecuación, tanto las resueltas como las pendientes. De esta manera se puede tener en cualquier momento y de manera rápida y eficaz toda la información necesaria sobre el proceso de adecuación de cada trabajador. 

4) Resolución de alegaciones y peticiones de los trabajadores al Comité de Seguridad y Salud en materia de salud laboral. Para ello se citarán a los trabajadores afectados en la consulta del Servicio de Prevención, estudiando su petición con todas las pruebas médicas y técnicas que se consideren necesarias, contestando al Comité mediante informe escrito en forma de conclusiones y/o recomendaciones. 

5) Recolección, preparación y envío al Presidente del Comité y a los representantes sindicales de toda la documentación necesaria para resolver las adecuaciones pendientes en el próximo Comité de Seguridad y Salud. Para ello, transcurridos quince días de la celebración del anterior, el Servicio de Prevención llama al presidente del Comité para conocer la fecha del próximo comité. Solicita a la gerencia la relación de los puestos de trabajo vacantes en el hospital por categoría profesional para poder adecuar a los trabajadores pendientes. Cuando las recibe, confecciona toda la documentación que el protocolo especifica que debe obrar en poder de los miembros del Comité previo a su celebración (listado de adecuaciones pendientes por categorías, fotocopias de las renuncias a adecuación recibidas en el servicio, listado de alegaciones y peticiones de los trabajadores al Comité de Seguridad y Salud resueltas en el periodo intercomités y listado de las plazas vacantes existentes en las distintas direcciones del hospital) remitiéndolo todo al Presidente del Comité de Seguridad y Salud. 

6) Estudio exhaustivo y minucioso de los puestos de trabajo vacantes en el hospital que ha facilitado la gerencia. Para realizar mejor este cometido, el Servicio de Prevención, utiliza un check-list de estudio de puesto de trabajo, confeccionado específicamente para ello. 

7) Presentación al Comité de Seguridad y Salud de una propuesta de adaptación o de cambio de puesto de trabajo individualizada para cada trabajador y en forma de conclusiones que si es aceptada por el comité, y tras el plazo reglamentario de alegaciones, resulta vinculante para la empresa y para el trabajador 

 

Resultados

Después de ya varios años de andadura, desde el segundo trimestre de 2001 hasta septiembre de 2006, hemos realizado un estudio de todas las solicitudes de adecuación presentadas al Comité de Seguridad y Salud y resueltas por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Hospital General de Ciudad Real para conocer la efectividad del proceso. Este estudio nos ha permitido trazar el perfil del trabajador que más solicita la adecuación en el hospital (categoría profesional, edad, tipo de contrato, servicio o área de procedencia) y detectar las patologías que más solicitudes producen. Las solicitudes de adecuación, también nos han ayudado en ocasiones a detectar nuevos riesgos aparecidos por la evolución de la actividad, tanto técnica como organizacional, minimizarlos y/o eliminarlos mejorando las condiciones de trabajo de más trabajadores del hospital con lo que el protocolo de adecuación, también se ha mostrado como un arma importante del Servicio de Prevención en su lucha por mejorar las condiciones de trabajo. 

El número total de solicitudes de adecuación de puesto de trabajo presentadas en el periodo que va desde enero de 2001 a septiembre de 2006, ha sido de 144, de las cuales 93 (64,5%) se han resuelto satisfactoriamente, 8 (5,5%) fueron denegadas por no estar justificadas, en 29 (20,1%), fueron los propios trabajadores quienes renunciaron a la adecuación y a fecha 30 de septiembre de 2006, tenemos todavía 14 adecuaciones pendientes (9,8%). 

A continuación mostramos los datos de los estudios realizados que incluyen: Solicitudes de adecuación presentadas por año, categoría profesional, por edad, por área de procedencia, por tipo de contrato, y por patología y datos de adecuaciones resueltas por categorías. 

 

Conclusiones 

El número de solicitudes de adecuación ha ido aumentando progresivamente desde el año 2001 hasta el 2006 lo que habla de la gran implantación y conocimiento que los trabajadores tienen de este protocolo. 

A la vista de nuestros resultados podemos establecer que el perfil de trabajador que más solicitudes de adecuación presenta en nuestro hospital, es el de DUE, mayor de 45 años y con patología osteomuscular. 

En el momento actual, sin lugar a dudas y sin temor a equivocarnos, podemos afirmar que tenemos una visión bastante cercana a la realidad de la magnitud de este problema en nuestro hospital y que el protocolo de adecuación, constituye uno de los pilares en materia de prevención de riesgos laborales en nuestro hospital. A ello ha contribuido el duro trabajo y la gran participación e implicación que han tenido en el, tanto el Servicio de Prevención como la Gerencia y los sindicatos. 

 

Bibliografía

1. Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Ley 31 de 1995 de 8 de noviembre         [ Links ]

2. Reglamento de los Servicio de Prevención. R.D. 39/1997 de 17 de enero.         [ Links ]

3. Documentos de Trabajo para los Servicio de Prevención constituidos en el INSALUD.         [ Links ]

4. Libro Blanco de la Vigilancia de la Salud para la Prevención de Riesgos Laborales. Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. 10 de diciembre 2003.         [ Links ]

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7. Protocolo de Adecuación de Puesto de Trabajo. Hospital General de Ciudad Real. Junio 2006.         [ Links ]

8. Protocolo de Adecuación de Puesto de Trabajo. Hospital de Valdepeñas. 2002.         [ Links ]

9. Protocolo de Actuación del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales en Adecuaciones.        [ Links ]

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