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Medicina y Seguridad del Trabajo

On-line version ISSN 1989-7790Print version ISSN 0465-546X

Med. segur. trab. vol.60  suppl.1 Madrid  2014

 

COMUNICACIONES ORALES

 

Estudio de concordancia entre la Mutua ASEPEYO y el INSS sobre las propuestas y resoluciones de secuelas y capacidad laboral por contingencia profesional

 

 

Javier Enrique Aragón Cutillas

Perito Médico de Madrid

Dirección para correspondencia

 

 

Introducción

Como consecuencia de haber sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional, el trabajador, al finalizar los tratamientos puede curar sin secuelas o con algún tipo de limitación orgánica o funcional que repercuta en el desarrollo de su profesión. En este caso la Mutua propone una valoración de secuelas y capacidad laboral residual al INSS mediante la emisión del informe propuesta clínico laboral.

Las causas de presentación del informe propuesta son:

Secuelas estables por agotamiento de posibilidades terapéuticas.

Secuelas no estables con solicitud expresa de demora de calificación y prórroga de tratamiento.

Secuelas no estabilizadas por haber rechazado del paciente los tratamientos ofrecidos.

Palabras clave: Abstracta: Valoración de secuelas; informe propuesta clínico laboral; incapacidad permanente; lesiones permanentes no invalidantes; índices de litigiosidad; juzgados de lo social.

Key words: Rating sequelae; report clinical work proposed, permanent disability, permanent non-disabling injury, litigation rates; social courts.

 

Objeto

Determinar el grado de concordancia o discrepancia entre las propuestas de la Mutua y las resoluciones del INSS sobre secuelas derivadas de contingencia profesional (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales).

Determinar el grado de litigiosidad de los trabajadores ante las resoluciones del INSS.

 

Material y métodos

Se ha estudiado la casuística de los años 2009, 2010 y 2011. El grupo de población estudiada es el área sureste de Madrid, que engloba los centros asistenciales de Coslada, Arganda del Rey, Torrejón de Ardoz y Alcalá de Henares.

La sistemática es el estudio del número de casos de los diversos grados de secuelas propuestas y las resoluciones, con un añadido sobre reclamaciones previas al INSS y posteriores ante los Juzgados de lo social de Madrid.

Se establece como parámetro añadido el número de trabajadores protegidos por Sector y el total del área.

Consideramos discrepancia negativa cuando la resolución contempla un grado de incapacidad superior a la propuesta. Los casos en que el grado reconocido es inferior al propuesto es discrepancia positiva, y no se valora a efectos estadísticos.

Año 2009: El número de trabajadores protegidos era 66.331 y se presentaron 123 IPCL (0,18%). De los 123 casos propuestos 10 eran sin secuelas, 75 LPNI, 16 IPP, 21 IPT y 1 IPA

Año 2010: El número de trabajadores protegidos era 62.667 y se presentaron 104 IPCL. De los 104 casos propuestos 15 eran sin secuelas, 70 LPNI, 10 IPP, 7 IPT y 2 IPA.

Año 2011: El número de los trabajadores protegidos era 59.936 y se presentaron 80 IPCL. De los 80 casos propuestos 5 eran sin secuelas, 44 LPNI, 17 IPP y 14 IPT.

No se han presentado casos de gran invalidez.

 

Resultados

Los resultados del estudio objetivan varios hallazgos:

Año 2009:

De 10 casos propuestos sin secuelas se han valorado 2 LPNI.

De 75 casos de LPNI, 9 (4+5) se han valorado como IPP e IPT.

De 16 casos de IPP, se han valorado 8 como IPT.

De 21 casos de IPT 1 se ha aumentado a IPA.

El porcentaje global de discrepancia ha sido del 16,26%.

Litigiosidad: 41 reclamaciones previas al INSS (33%) y 22 demandas judiciales (17,88%).

Año 2010:

De 70 casos de LPNI, se han incrementado el grado en 5 (1+4) en IPP e IPT.

De 10 casos de IPP, 3 se han aumentado a IPT.

El porcentaje global de discrepancia ha sido del 7,69%.

Litigiosidad: 46 reclamaciones previas al INSS (44%) y 25 demandas judiciales (23,80%).

Año 2011:

De 17 casos propuestos de IPP, 3 han aumentado su grado a IPT.

El porcentaje global de discrepancia ha sido del 3,75%.

Litigiosidad: 30 reclamaciones previas al INSS (38%) y 18 demandas judiciales (22,5%).

El cómputo global del trienio 2009-2011:

Objetiva una discrepancia promedio del 10,09%, siendo la tendencia una progresión descendente.

La Litigiosidad global ha sido: 117 reclamaciones previas al INSS (37,98%) y 65 demandas judiciales (21,10%).

Se objetiva una disminución progresiva del número de trabajadores protegidos, debido a la crisis económica en la que estamos inmersos.

 

Conclusiones

Consecuente con los resultados, parece deducirse que una mayor especialización y dedicación a la elaboración de los IPCL's redunda en una mejor compresión y concordancia entre las propuestas de la Mutua y las resoluciones del INSS.

Con objeto de colaborar con el médico evaluador del INSS, el informe propuesta debe contener el resumen de la historia clínica, las pruebas clínicas complementarias imprescindibles, material iconográfico y fotografías y en lo posible el informe de trabajos habituales de la profesión del paciente. Especial relevancia adquieren por su objetividad los informes de biomecánica elaborados en las Unidades de valoración funcional.

El informe propuesta debe ser breve, veraz, completo, documentado, concreto y conciso.

 

 

Dirección para correspondencia:
Javier Enrique Aragón Cutillas
c/ Eloy Gonzalo 23. Madrid
Tfno.:915923600. Ext. 683
Fax: 915923690
jaragoncutillas@asepeyo.es

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