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Medicina y Seguridad del Trabajo

On-line version ISSN 1989-7790Print version ISSN 0465-546X

Med. segur. trab. vol.60  suppl.1 Madrid  2014

 

COMUNICACIONES ORALES

 

Estudio de la relación de la profesión con el grado de secuela, en la contingencia profesional según los diferentes estamentos involucrados, dentro de la legislación laboral

 

 

Luis Jesús Sánchez-Elvira Muñoz1 y M.a José Aguado Benedí2

1Servicio de peritación médica. Departamento de supervisión médica de contingencias profesionales de MC-Mutual
2Inspección médica INSS. Departamento de toxicología y legislación sanitaria de la Universidad Complutense de Madrid

 

 


RESUMEN

El estudio de la profesión en 2367 casos de MC-Mutual, que por contingencia profesional han sido alta con tramitación de informe-propuesta clínico-laboral, ha puesto de manifiesto, que cualquier profesión puede dar lugar a diferentes grados de secuela, en las propuestas de la Mutua, en las resoluciones del INSS, en las sentencias de los Juzgados de lo Social y en las sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia. Por lo que no hay relación directa entre la profesión del paciente con el grado de secuela valorada por los diferentes estamentos.

Palabras clave: Secuelas, Legislación laboral, MC-Mutual, Mutuas de AT y EP, INSS, Juzgado de lo Social, Tribunal Superior de Justicia, Profesiones.


ABSTRACT

The study of the profession in 2367 cases of MC-Mutual, which contingency have been professional in handling proposal-report clinical-work, has shown that any profession can lead to different degrees of sequel, proposals Mutual, resolutions INSS in the judgments of the Courts and Social judgments of the High Courts of Justice. As there is no direct relationship between the profession of the patient with the degree of sequel valued by different stakeholders.

Keywords: Sequelae, Labor legislation, MC-Mutual, Mutual AT and EP, INSS, Labour Court, Superior Court, Professions.


 

Introducción

Para clasificar la profesión se ha realizado según el código CNAE, que figura en el parte de accidente o en el parte de enfermedad profesional. Dicho código consta de cinco dígitos, los dos primeros corresponden a la profesión de un modo más general y con los tres siguientes se especifica más la misma. Se tendrán en cuenta los dos primeros dígitos del código para agrupar profesiones ya que de tomar los cinco dígitos tendríamos una gran dispersión de datos. Se estudian las profesiones más frecuentes del total de los 2.367 casos, por lo que para que sea significativo se estudian aquellas que tengan más de un 5% de casos.

 

Material y método

Partiendo de la base de datos de MC-Mutual se analizan todos los casos que han sido alta laboral en el año 2007 con tramitación de informe propuesta clínico-laboral. Son 2.367 casos; las variables a estudiar en cada caso son: la contingencia profesional, la propuesta de MC-Mutual, la Resolución del INSS, la Sentencia de los Juzgados de lo Social (JS), la Sentencia de los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) y el código CNAE con su descripción. El programa estadístico usado para realizar los cruces de las variables ha sido el SPSS.

 

Objetivo

El objetivo del estudio es estudiar la relación de la profesión con el grado de secuela, dentro de la legislación laboral entre los diferentes estamentos.

 

Resultados

Se cruzan los datos de los diferentes grados de secuelas con la profesión, para cada una de las contingencias y para cada uno de los cuatro estamentos.

1. Relación de los grados de secuelas con la profesión en el accidente de trabajo

En el accidente de trabajo se constata que los 2.209 casos se reparten entre 62 profesiones diferentes. Se estudian las profesiones que tienen más de un 5% de casos, siendo cuatro las profesiones que reúnen este requisito, la construcción (29,37%), otras actividades empresariales, (10,09%), fabricación de productos metálicos (6,02%) y hostelería (5,34%). Se estudia que grados de secuelas hay para cada una de estas profesiones por parte de cada uno de los cuatro estamentos. Posteriormente se estudian las profesiones que tienen más de 25 casos por si hubiera alguna que tuviera exclusividad de grado de secuela.

1.1 La profesión de la construcción

MC-Mutual valora 613 casos, proporcionalmente se distribuyen las propuestas en los siguientes grados: 8% de sin secuelas, 71% de lesiones permanentes no invalidantes (LPNI), 8% de incapacidad permanente parcial (IPP), 10% de incapacidad permanente total (IPT), 2% de incapacidad permanente absoluta (IPA) y 1% de gran invalidez (GI).

El INSS valora 613 casos y resuelve los siguientes grados: 8% resoluciones de sin secuelas, 64% de LPNI, 5% de IPP, 20% de IPT, 2% de IPA y 1% de GI.

Los Juzgados de lo Social, valoran 141 casos. Las sentencias fallan los siguientes grados: 10% sentencias de sin secuelas, 33% de LPNI, 17% de IPP, 34% de IPT, 5% de IPA y 1% de GI.

Los Tribunales Superiores de Justicia valoran 40 casos. Las sentencias fallan los siguiente grados: 13% sentencias de sin secuelas, 37% de LPNI, 20% de IPP, 27% de IPT y 3% de IPA.

En esta profesión el grado de secuela más frecuente es el de las lesiones permanentes no invalidantes para la mutua (71%) y para el INSS (64%), aunque no es exclusivo ya que también hay el resto de los grados de secuelas. En los Juzgados de lo Social son casi igual las LPNI (33%) y las IPT (34%). En los Tribunales Superiores de Justicia son más frecuentes las LPNI (37%), seguido de las IPT (27%).

Por lo que se puede concluir que es una profesión en la que hay todos los posibles grados de secuelas para todos los estamentos.

1.2 Para la profesión de otras actividades empresariales

Lo primero que hay que mencionar es la gran diversidad de actividades que abarca, desde actividades jurídicas, contabilidad, arquitectura e ingeniería, publicidad, limpieza y seguridad entre otras.

MC-Mutual valora 211 casos, proporcionalmente se distribuyen las propuestas en los siguientes grados: 14,22% de sin secuelas, 74,88% de LPNI, 4,74% de IPP, 5,21% de IPT, 0,47% de IPA y 0,47% de GI.

El INSS valora 217 casos y resuelve los siguientes grados: 13,82% resoluciones de sin secuelas, 68,20% de LPNI, 3,69% de IPP, 11,98% de IPT, 1,84% de IPA y 0,46% de GI.

Los Juzgados de lo Social, valoran 41 casos. Las sentencias fallan los siguientes grados: 14,63% sentencias de sin secuelas, 39,02% de LPNI, 7,32% de IPP, 31,71% de IPT y 7,32% de IPA.

Los Tribunales Superiores de Justicia valoran 9 casos. Las sentencias fallan los siguientes grados: 60% sentencias de LPNI, 10% de IPP y 30% de IPT.

En la valoración de cada estamento en el grado de secuela se observa gran similitud entre la mutua y el INSS, las LPNI son las más frecuentes (74,88% para la Mutua y el 68,20% para el INSS) pero no es exclusivo ya que hay también hay el resto de los posibles grados de secuelas. En los Juzgados de lo Social y en los Tribunales Superiores de Justicia también son las LPNI lo más frecuente (39,02 para los JS y el 60% para los TSJ), hay diferente porcentaje en el resto de grados y tampoco hay exclusividad de un grado de secuela.

1.3 La profesión de fabricación de productos metálicos

MC-Mutual valora 127 casos, proporcionalmente se distribuyen las propuestas en los siguientes grados: 6% de sin secuelas, 80% de LPNI, 2% de IPP y 11% de IPT y 1% de GI.

El INSS valora 129 casos y resuelve los siguientes grados: 6% resoluciones de sin secuelas, 73% de LPNI, 6% de IPP, 13% de IPT, 1% de IPA y 1% de GI.

Los Juzgados de lo Social, valoran 21 casos. Las sentencias fallan los siguientes grados: 14% sentencias de sin secuelas, 38% de LPNI, 14% de IPP, 29% de IPT y 5% de IPA.

Los Tribunales Superiores de Justicia valoran 6 casos. Las sentencias fallan los siguientes grados: 50% sentencias de LPNI, 33% de IPP y 17% de IPA.

En esta profesión lo más frecuente es lesiones permanentes no invalidantes para los cuatro estamentos, aunque no es exclusivo, ya que también hay el resto de los grados de secuelas.

1.4 La profesión de hostelería

MC-Mutual valora 112 casos, proporcionalmente se distribuyen las propuestas en los siguientes grados: 8,93% de sin secuelas, 78,57% de LPNI, 5.36% de IPP y 7,14% de IPT.

El INSS valora 118 casos y resuelve los siguientes grados: 11,86% resoluciones de sin secuelas, 64,49% de LPNI, 5,93% de IPP y 12,71% de IPT.

Los Juzgados de lo Social, valoran 25 casos. Las sentencias fallan los siguientes grados: 16% sentencias de sin secuelas, 44% de LPNI, 20% de IPP y 20% de IPT.

Los Tribunales Superiores de Justicia valoran 7 casos. Las sentencias fallan los siguientes grados: 14,29% de sin secuelas, 57,14% de LPNI y 28,57% de IPP.

Lo único coincidente para los cuatro estamentos es que no hay casos de gran invalidez ni de incapacidad permanente absoluta, aunque sí el resto de los grados, siendo el más frecuente el de lesiones permanentes no invalidantes.

Lo único común es que no hay casos de gran invalidez ni de incapacidad permanente absoluta aunque sí el resto de los grados, siendo el más frecuente el de lesiones permanentes no invalidantes.

1.5 Valorando el resto de profesiones que presentan más de 25 casos

Al cruzar los datos de los diferentes grados de secuelas se comprueba que hay una gran heterogeneidad y no hay exclusividad de ningún grado de secuela.

Por lo tanto se puede concluir que en la contingencia de accidente de trabajo, una misma profesión puede dar lugar a diferentes grados de secuela y con diferentes valoraciones por cada estamento.

2. Relación de los grados de secuelas con la profesión en la enfermedad profesional

En la contingencia de enfermedad profesional se constata que hay 151 casos que se reparten entre 35 profesiones diferentes. Vamos a estudiar que grados de secuelas hay para las profesiones más frecuentes por parte de cada uno de los cuatro estamentos. Como se mencionaba en la introducción de este capítulo se van a considerar los dos primeros dígitos del código CNAE para evitar la excesiva dispersión de los datos.

Las profesiones más frecuentes en la enfermedad profesional que sobrepasan los 10 casos son: Fabricación de otros productos de minerales no metálicos (código CNAE 26) con 17 casos que representa en 10,75%, seguido de la construcción (código CNAE 45) con 13 casos que representa el 8,22% y la profesión de fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques (código CNAE 34) con 11 casos, representando el 6,96%. El resto no se considera representativo por el escaso número de casos.

2.1 La profesión más frecuente es la de la fabricación de otros productos de minerales no metálicos

Esta profesión abarca desde fabricación de vidrio, productos cerámicos, azulejos baldosas, cemento, cal, yeso y piedra así como otros.

MC-Mutual valora 17 casos, proporcionalmente se distribuyen las propuestas en los siguientes grados: 25,53% de sin secuelas, 17,65% de LPNI, 52,94% de IPT, y 5,88% de IPA.

El INSS valora 17 casos y resuelve los siguientes grados: 11,76% resoluciones de sin secuelas, 17,65% de LPNI, 52,94% de IPT y 17,65% de IPA.

Los Juzgados de lo Social, valoran 6 casos. Las sentencias fallan los siguientes grados: 33,33% de LPNI y 66,67% de IPT.

A los Tribunales Superiores de Justicia no llega ningún caso.

Se evidencia que no hay ninguna incapacidad permanente parcial ni gran invalidez en ningún estamento. No hay ningún caso que haya llegado a los Tribunales Superiores de Justicia. El grado más frecuente es el de incapacidad permanente total para todos los estamentos.

2.2 En la profesión de la construcción

MC-Mutual valora 9 casos, proporcionalmente se distribuyen las propuestas en los siguientes grados: 66,67% de LPNI y 33,33% de IPT.

El INSS valora 13 casos y resuelve los siguientes grados: 46,15% de LPNI, 46,15% de IPT y 7,69% de IPA.

Los Juzgados de lo Social, valoran 3 casos siendo todas las sentencias de IPT.

Los Tribunales Superiores de Justicia valoran 2 casos. Las sentencias fallan los siguientes grados: 50% sentencias de LPNI y 50% de IPT.

No hay ni grandes inválidos, ni incapacidad permanente parcial ni sin secuelas en ningún estamento.

2.3 En la profesión de la fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques

MC-Mutual valora 10 casos, proporcionalmente se distribuyen las propuestas en los siguientes grados: 30% de sin secuelas, 40% de LPNI, 20% de IPP y 10% de IPT.

El INSS valora 11 casos y resuelve los siguientes grados: 18% de sin secuelas, 36% de LPNI, 37% de IPT y 9% de IPA.

Los Juzgados de lo Social, valoran 4 casos siendo todas las sentencias de IPT.

Los Tribunales Superiores de Justicia valoran 3 casos. Las sentencias fallan los siguientes grados: 25% de sin secuelas, 50% de IPP y 25% de IPT.

Se observa que no hay grandes inválidos en ningún estamento.

En el resto de las profesiones el número de casos es menor de 10 por lo que es mucho menos valorable.

Por lo tanto la única coincidencia que hay en las tres profesiones más frecuentes es que no hay gran invalidez, para comprobar si esto sucede en todas las profesiones en esta contingencia de enfermedad profesional, se filtra este grado de secuela y se observa que no hay ninguna enfermedad profesional en ninguna profesión que produzca gran invalidez.

Por todo esto se puede concluir que en enfermedad profesional una misma profesión puede dar lugar a diferentes grados de secuela y con diferentes valoraciones por cada estamento y lo único coincidente es que no hay ninguna profesión que por enfermedad profesional produzca gran invalidez en los casos estudiados.

 

Discusión y conclusiones

En el estudio de la relación de la profesión del paciente con el grado de secuela se ha comprobado que hay 62 profesiones diferentes, estudiando las que presentan más de un 5% de casos, para tener un número representativo, se observa en accidente de trabajo que para cada profesión hay posibilidad de todos los grados posibles de secuela para cada uno de los estamentos. Lo único coincidente es en la profesión de hostelería, que para ninguno de los cuatro estamentos hay incapacidad permanente absoluta ni gran invalidez.

Los casos de enfermedad profesional que han tenido secuelas se corresponden a 35 profesiones diferentes. Cada profesión puede dar lugar a diferentes grados de secuela. Lo único coincidente en enfermedad profesional es que no hay ninguna profesión en la que la enfermedad profesional produzca gran invalidez.

 

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