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Index de Enfermería

versión On-line ISSN 1699-5988versión impresa ISSN 1132-1296

Index Enferm vol.23 no.3 Granada jul./sep. 2014

https://dx.doi.org/10.4321/S1132-12962014000200012 

MISCELÁNEA

ARCHIVO

 

Influencia del género en la formación de las matronas en el siglo XX

Influence of gender on midwifery training in the Twentieth Century

 

 

Natalia Emilia Rodríguez Portilla1, Ma Ángeles Castaño Molina2 y Ma Emilia Martínez Roche2

1 Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca. Murcia, España.
2 Facultad Enfermería, Universidad de Murcia. Murcia, España

Dirección para correspondencia

 

 


RESUMEN

Objetivo principal: analizar la influencia del género en la formación de las matronas durante el siglo XX. El punto de inflexión será el Decreto de 18 de enero de 1957.
Metodología: este trabajo es un estudio cualitativo con enfoque fenomenológico. Realizamos entrevistas en profundidad a 13 matronas y el análisis de textos legislativos.
Resultados principales: el Decreto de 1957 que estableció la especialización de matronas para las Ayudantes Técnicos Sanitarios femeninas supuso un cambio, ampliando las enseñanzas de estas profesionales y exigiéndoles un mayor esfuerzo en sus vidas. La capacitación percibida por las matronas no fue suficiente para que se les reconociera como profesión autónoma hasta el siglo XXI.
Conclusión principal: el género será determinante en la formación de las matronas. Como mujeres inmersas en una profesión femenina se les ha exigido una serie de requisitos legislativos desiguales a otros profesionales.

Palabras clave: Matrona, Formación, Mujer, Género.


ABSTRACT

Objective: analyze the influence of gender in midwifery training in Twentieth Century. The turning point is the Decree of January 18, 1957.
Methods: this work is a qualitative study using a phenomenological approach. Thirteen in-depth interviews were conducted to midwives and some laws were analyzed.
Results: the 1957 decree that established the specialization of midwives for female Sanitary Technical Assistant will be a change, will expand the learnings of these professionals and will require more effort in their lives. Although midwives felt themselves well-trained it was not enough to be recognized as an autonomous profession until the XXI century.
Conclusion: gender will be decisive in midwives training. Women immersed in a female profession have been demanded unequal legislative requirements to other professionals.

Key words: Midwife, Training, Woman, Gender.


 

Justificación

A lo largo de la historia se han visto representadas las desigualdades de género en las sociedades. Así, profesiones representadas por mujeres, se han visto influidas por los roles que cada cultura y sociedad ha atribuido a hombres y a mujeres. En la formación de las matronas se refleja cómo otros oficios o gremios han ejercido influencia sobre ellas movidos por multitud de intereses. Las concepciones de género estarán presentes desde los primeros pasos en la regularización de la asistencia a los partos y, en definitiva, en todo el trayecto de su formación hasta obtener la titulación que las acreditara para el ejercicio de su profesión.

Según Colliere, a los individuos por el hecho de pertenecer a una profesión, se les asignará una determinada clase social que ocupará un lugar concreto dentro de la jerarquía social,1 es decir, a través de la actividad laboral que realizan las personas como miembros de las comunidades, adquieren un reconocimiento y estatus por parte del resto de miembros de su comunidad.2 La división sexual del trabajo por la que la tarea de cuidar es asignada a las mujeres dentro del ámbito doméstico dificultará su profesionalización.3 Las matronas, como colectivo exclusivamente femenino durante siglos, han tenido que sobrellevar durante un largo tiempo la negación del reconocimiento a su autonomía como profesión, ya que, a pesar de compartir un conjunto de saberes de un valor incalculable, el control de su formación y la regulación de su actividad ha estado en manos de otros profesionales y no en las de ellas mismas. Foucault afirmó que existen multitud de poderes que impregnan la sociedad, entre los que se encuentra el discurso especializado de los profesionales, capaces de influir en las percepciones y conductas de las personas.4

Pero en el caso de las matronas, la idea de Foucault que defiende la existencia de una relación directa entre saber y poder ha sido rebatida5 por algunos autores que sostienen que al conjunto de conocimientos y experiencias de las matronas a lo largo de la historia se les ha otorgado un valor menor con respecto al saber de otros profesionales que ha sido catalogado de saber superior.

A pesar de esto, las matronas supieron hacerse imprescindibles para las mujeres hasta que a finales del Siglo XVII se inicia un proceso identificado como el punto de partida de la pérdida de autonomía de las matronas.6 Los cirujanos y médicos dotan de carácter científico la asistencia al parto y adquieren potestad para formar y examinar a las matronas. A partir del siglo XIX surgen numerosas leyes y decretos que irán regulando tanto el proceso como las instituciones donde las matronas deben formarse. En 1857 se publica la Ley de Instrucción Pública7 que dará lugar cuatro años más tarde a la Real Orden que recogerá el Reglamento para la enseñanza de ambas titulaciones.8 Los requisitos que se les exigía en el caso de las matronas era tener 20 años cumplidos, ser viuda o casada previo consentimiento de su marido, llevar una vida ejemplar y además haber finalizado los estudios elementales.

Aunque los caminos hasta obtener la titulación como matronas han sido muy heterogéneos de acuerdo a la legislación vigente en cada momento, se mantiene un punto común y es que por tratarse de una profesión femenina las matronas han sufrido una serie de desigualdades tanto en la formación recibida como en la finalidad y valor otorgado a dicha formación. La publicación en 1957 del Decreto de 18 de enero por el que se establece la especialización de matronas para los Ayudantes Técnicos Sanitarios femeninos9 supondrá un gran cambio en cuanto a las exigencias para la obtención de dicho título.

El objetivo de este trabajo es conocer, describir y analizar la influencia del género en los requisitos legislativos e itinerarios formativos para la obtención del título que habilitó a las matronas para el ejercicio de la profesión durante el siglo XX marcando como punto de inflexión el Decreto de 18 de enero de 1957.

 

Metodología

Esta investigación se enmarca dentro de la metodología cualitativa y el paradigma interpretativo. La orientación teórico-metodológica del estudio será la fenomenología hermenéutica a través del cual pretendemos comprender las vivencias de las matronas a partir de la visión de ellas mismas.

El primer paso de la investigación fue una revisión bibliográfica tanto en fondos de bibliotecas como en las bases de datos disponibles en la red. Asimismo se ha identificado la legislación y reglamentos sobre los itinerarios y requisitos legislativos para la obtención del título de matrona en las correspondientes Gacetas de Madrid y Boletines oficiales del Estado desde los inicios del siglo XX hasta los años 70.

Realizamos entrevistas en profundidad a 13 matronas que ejercieron su profesión en la Región de Murcia y se formaron durante las décadas centrales del siglo XX (1945-1976).

El análisis de los textos legislativos seleccionados de mayor relevancia en cuanto a los itinerarios y requisitos para la obtención del título, nos servirá para contextualizar los testimonios de las entrevistadas. Del mismo modo la combinación del análisis de las fuentes orales con las fuentes escritas nos permite la triangulación de los resultados.

 

Resultados

Antes de la Especialidad. En 1904 mediante Real Decreto10 se establecieron las bases para la formación de practicantes y matronas. Este Real Decreto ofrecía la opción de obtener el título de matrona de forma oficial y no oficial tras dos cursos académicos. Era necesario para acceder a la formación ser mayor de edad (según Código Civil de 1889 se fijaba en esos momentos en 23 años), tener aprobada la enseñanza primaria superior y la autorización del marido en el caso de ser una mujer casada. Frente a los requisitos exigidos a las matronas debemos señalar que resulta paradójico como en el artículo 11 se permitía el acceso a las mujeres a la carrera de practicante exigiéndoles, igual que a los aspirantes varones, solamente haber cumplido los dieciséis años.

En 1924 abrió sus puertas en Madrid la Casa de Salud de Santa Cristina, donde figurará la primera escuela de matronas de España.6 Las alumnas debían tener entre 18 y 30 años, ser solteras o viudas, buena salud, garantía suficiente de moralidad, autorización en caso de ser menores y una instrucción elemental y suficiente.11

A partir del 1 de Septiembre de 194012 y como consecuencia de la reforma de la enseñanza media, se les exigirá haber cursado los 3 años de Bachillerato así como la asignatura de Ciencias Naturales en la parte que afecta a Fisiología e Higiene. De acuerdo a esta legislación se formó la matrona de mayor edad de nuestras entrevistadas (Entrevistada 5). Tras el Bachillerato cursó durante dos años (1943-1945) sus estudios como matrona en régimen de internado en la Escuela de Santa Cristina. Cuando ingresó en la Escuela tenía veinte años.

En 1945 se publica el Reglamento del Consejo General de Colegios Oficiales de Auxiliares Sanitarios de España, donde se recoge en su artículo 12: "Las matronas están autorizadas por su título para asistir a los partos y sobrepartos normales pero no a los distócicos. Tan pronto como el parto o sobreparto dejen de mostrarse normales, quedan obligadas las Matronas a avisar sin pérdida de tiempo bajo su responsabilidad, a un Médico. Como auxiliar de los Médicos, puede asistir a las embarazadas y parturientas, siguiendo las indicaciones del Facultativo".13

De nuevo se especificaba que para poder ejercer, las matronas además de poseer el título y estar colegiadas, debían tener veintiún años o veinte en caso de mujeres viudas o casadas, a las que se les continuaba solicitando una autorización marital, además de ser de buena vida y costumbres.

A partir de 1951 se exigió a los aspirantes a practicante, además de los tres años de Bachillerato, realizar un examen de ingreso en la Universidad.14 La formación continuó siendo de dos cursos y los alumnos que se formaban mediante enseñanza libre debían presentar los certificados de prácticas correspondientes al curso del que iban a examinarse. Aunque la Orden de 1951 solo recogía las normas para el examen de ingreso de los practicantes, un par de meses más tarde se hizo extensiva también a los estudios de matrona.15

Esto supondrá un cambio importante, como nos relata la entrevistada 3, que se presentó a examen para obtener el título de matrona en Cádiz en 1952, con la intención de aprobar antes de que entrara en vigor. No teniendo éxito, tuvo que realizar posteriormente el examen de ingreso en la Universidad: "fue el primer año, en el 53 cuando empezó la Universidad que hubo ya que hacer el ingreso (...) y luego hacer los dos años de la carrera, fui la primera vez, claro y no me aprobaron (...), quise ir antes de que empezará la Universidad, dijeron que iba a empezar al año siguiente" (Entrevistada 3).

Una vez aprobado el examen, la formación la realizó de un modo libre haciendo las prácticas en la Cruz Roja de Cartagena. Desde 1928 las escuelas de Matronas pudieron establecerse en todas las Clínicas de Obstetricia,16 tanto públicas como particulares, que reunían unos requisitos como llevar tres años de funcionamiento y garantizar la asistencia a un mínimo de 300 partos al año, aunque, en condiciones especiales, podían autorizarse aquellas clínicas donde se asistieran nunca menos de cien. Una vez realizadas las prácticas y certificadas por el Jefe de la Clínica, la alumna podía solicitar el examen teórico- práctico en la Facultad de Medicina correspondiente.

Las matronas fueron una profesión independiente hasta que el 4 de diciembre de 1953 mediante Decreto del Ministerio de Educación, se unificaron los estudios de Matronas, Practicantes y Enfermeras en una única titulación que pasó a denominarse Ayudante Técnico Sanitario (ATS).17

De las trece entrevistadas, seis de ellas obtuvieron el título de matrona antes de la unificación, cuatro en la modalidad no oficial realizando los exámenes en Cádiz (entrevistada 3) y en Valladolid (entrevistada 6, 12 y 13) y las prácticas en la Cruz Roja, Casa de la Madre de Madrid, Hospital Provincial de Murcia y en el Hospital de maternidad de la Calle Mesón de Paredes de Madrid.

En algunos casos la modalidad no oficial les permitió continuar en casa y acudir a la Universidad solo para realizar los exámenes. Algunas de ellas, como es el caso de la entrevistada 13, finalizaron su formación antes de la mayoría de edad, que en esos momentos estaba fijada en 21 años:18 "yo terminé pronto porque me acuerdo que terminé antes de cumplir los veintiún años y no se podía sacar el título hasta ser mayor de edad, y entonces se era mayor de edad a los veintiún años, y entonces estuve con un resguardo que me dieron" (Entrevistada 13).

Las otras dos informantes se acogieron a la enseñanza oficial, una interna en la Escuela de Santa Cristina (entrevistada 5) y la otra en Zaragoza (entrevistada 8). De estas seis matronas, tres de ellas (entrevistada 6, 8 y 13), además obtuvieron el título de practicante, pensando que quizás la doble titulación les reportaría mayores oportunidades laborales, aunque para ello como fue el caso de la entrevistada 13, se vio obligada a formarse en la modalidad no oficial: "yo me fui a Madrid derecha a Santa Cristina, pero cuando se dieron cuenta las monjas que yo llevaba lo de hacer practicante y matrona, me dijeron que no, que tenía que dejar lo de practicante si quería hacerlo oficial y entonces dije: `Yo no, yo por lo menos ser practicante y matrona'" (Entrevistada 13).

En este sentido debemos señalar que años antes, tras la solicitud de matronas interesadas en conmutar sus estudios por los de practicante, apareció publicada en 1928 una Real Orden donde se recogía la imposibilidad de realizar tal conmutación ni total ni parcialmente, alegando que tanto los conocimientos básicos como la finalidad de ambas carreras eran diferentes. Además se especificaba que el programa de formación de practicantes incluía cuestiones de Medicina y Cirugía general no contempladas en el programa de las matronas, siendo obligatorio para estos realizar las prácticas en Clínicas de Cirugía mientras que a las matronas "solo se les impone la asistencia práctica a clínicas de maternidad".19

En el momento de la unificación en 1953, mientras que la profesión de practicante era mayoritariamente masculina, matronas y enfermeras estaban ocupadas por mujeres de un modo exclusivo. Pero esta unificación supuso una segregación total de la formación de varones y mujeres, de manera que los estudios se separaron; los ATS varones cogieron el testigo de los practicantes cursando una formación mayoritariamente teórica y de corte técnico en las Facultades de Medicina. En el caso de las ATS femeninas la formación, eminentemente práctica, se impartió en escuelas integradas en los hospitales20 en régimen de internado. La formación duraba tres años y las alumnas debían ser presentadas por dos personas de solvencia moral reconocida y elaborar una carta donde se explicaran los motivos por los que querían cursar los estudios de ATS.20

Después de la Especialidad. El día a día de las matronas en las escuelas. El 18 de enero de 19579 se creó la especialidad de asistencia obstétrica (matronas) para las ATS femeninas menores de 45 años que obtenían el título tras un año de formación en régimen de internado. A partir de ese momento era requisito indispensable tener aprobados los tres años de la carrera de ATS para poder acceder a los estudios como matrona. A partir de esta Orden comienza un proceso mediante el cual se van autorizando progresivamente algunas de las escuelas de ATS femeninas para impartir la especialidad de matrona.

De las trece matronas entrevistadas, siete obtuvieron el título de matrona tras formarse como ATS femeninas de acuerdo a la nueva legislación. Cinco de ellas en la Escuela de Matronas de Santa Cristina (Facultad de Medicina de Madrid), una en la Casa de Salud de Valdecilla de Santander (Facultad de Medicina de Valladolid) y otra en la Maternidad de Barcelona (Facultad de Medicina de Barcelona).

Este nuevo requisito para obtener el título de matrona en algunas ocasiones era desconocido por nuestras informantes, llegando incluso a viajar para solicitar el acceso a las escuelas de matronas, siendo rechazadas al no estar en posesión del título de ATS: "Angelita, la madre de Ana, nos envió a Santa Cristina, dicen: `Usted es muy joven', digo: `He estado un año esperando', porque había un año de diferencia y dice: `No, no, usted es muy joven, porque ahora ha cambiado todo y usted tiene que hacer enfermera y luego matrona'" (Entrevistada 11).

Algunas de las informantes nos relataron que ya durante la formación como ATS, las alumnas que mostraban interés en continuar la especialidad como matronas eran iniciadas de algún modo facilitándoles el paso por las plantas de maternidad más tiempo que al resto: "todas las que íbamos a hacernos matronas pasábamos mucho tiempo por la maternidad" (Entrevistada 9); e informándolas de los pasos a seguir para especializarse: "Ya te explicaban cuando empezabas la clase de su asignatura cómo se hacía matrona (...) del mismo curso de enfermería nos fuimos tres o cuatro" (Entrevistada 7).

Las matronas se formaron en régimen de internado dentro de estas escuelas que se convirtieron en sus hogares, el curso se iniciaba en octubre y finalizaba el 30 de septiembre del año siguiente.9 La formación incluiría ocho meses teórico-prácticos y cuatro meses solo de prácticas. El primer día las alumnas ocupaban las habitaciones de la residencia que en ese momento abandonaban las matronas recién tituladas: "Así que nada, me aceptaron en Santa Cristina y allí que me fui, me fui con otra compañera de Murcia (...), me llevaron mis padres, como mi padre estaba jubilado, nos llevaron a las dos, nos dejaron allí, Santa Cristina era un sitio, como del siglo anterior" (Entrevistada 1).

La distribución de la formación teórica y la práctica de las alumnas no serán homogéneas, dependiendo tanto de la Escuela en la que se formaron como del régimen interno vigente en cada época.

Algunas de las entrevistadas que se formaron en Santa Cristina, como es el caso de la matrona 1, se organizarán en turno rodado de mañana, tarde y noche compaginando teoría y práctica, mientras que en la maternidad de Barcelona, la matrona 7 trabajará en turno de doce horas asistiendo a clase unos determinados días: "teníamos prácticas todas las mañanas y por las tardes, las clases (...), había un turno rotatorio, hacíamos mañanas, tardes, noches, las clases se iban adaptando" (Entrevistada 1). "Nosotras estábamos internas allí, y trabajábamos doce horas, desde las ocho de la mañana (...), algún día teníamos alguna clase..." (Entrevistada 7).

Si hay algo en común en el testimonio de todas ellas es que la formación recibida fue buena, sintiéndose al finalizar capacitadas para atender partos normales gracias a las enseñanzas de profesores y matronas, al gran volumen de trabajo al que hacían frente y a la asunción temprana de responsabilidades por parte de las alumnas dentro de las maternidades, enfrentándose a la asistencia de los partos desde el primer día de su llegada a la escuela: "El primer día hice cuatro partos, ¿cómo los hice? Pues como Dios me dio a entender, pero los hice. Desde luego la matrona estaba allí detrás, si había algún problema supongo que lo hubiera resuelto" (Entrevistada 1).

Sin embargo, el papel de la matrona como auxiliar del médico continuará apareciendo una y otra vez en las leyes promulgadas durante la segunda mitad del siglo XX. De este modo el Estatuto del Personal Auxiliar de la Seguridad Social de 1973 suscribe que las matronas deben "Ejercer las funciones de auxiliar del Médico cumplimentando las instrucciones que reciba del mismo".22 De este modo las matronas siguieron bajo la autoridad médica, lo que unido al carácter femenino de la profesión hará que el discurso legislativo no cambie en este sentido hasta 2003 con el Estatuto Marco,23 que derogará los artículos por los que se les denominaba "auxiliares" y "no facultativos" pasando a ser Diplomados Sanitarios Especialistas, independientemente del sexo biológico.

 

Conclusiones

Las matronas, como mujeres inmersas dentro de una profesión femenina se les ha exigido una serie de requisitos legislativos desiguales con respecto a otros profesionales; tanto la edad mínima, como la necesidad de una autorización marital y las cualidades de orden moral para el acceso a la formación como matronas, continuará apareciendo en los textos legislativos que se irán sucediendo a lo largo del siglo XX. El saber de los practicantes fue considerado además de diferente, superior al de las matronas quizás por dos motivos: los practicantes eran una profesión mayoritariamente masculina y además recibían una formación a pequeña escala en Medicina y Cirugía que le otorgaba cierta similitud con la clase médica. La unificación de practicantes, matronas y enfermeras en 1953 supondrá el cierre de la opción que hasta entonces habían tenido las mujeres en general y las matronas en particular de formarse como practicantes. A cambio, mientras la formación de los varones quedaba integrada en las universidades, la de las mujeres quedaba dentro de los hospitales en régimen de internado. Es decir, mientras que a los hombres se les formaba en una institución académica a las mujeres se les integraba en una institución eminentemente práctica.

Aunque las exigencias académicas para acceder a la formación como matrona hasta la aparición del Decreto de 1957 cada vez fueron mayores, la posibilidad que hasta entonces tuvieron de formarse en la modalidad no oficial facilitó el acceso y la titulación de muchas mujeres que de haber tenido que abandonar su casa quizá nunca lo hubieran logrado. Mientras que antes del Decreto el título podía obtenerse tras dos años de formación acudiendo a la Universidad solo para realizar los exámenes y haciendo las prácticas sin apenas salir del entorno familiar, a partir de ese momento las mujeres deberán formarse durante cuatro años internas, tres para obtener el título de ATS femenino y uno más para especializarse como matronas, situación que amplió las enseñanzas de estas profesionales pero también supuso una mayor inversión de esfuerzo en sus vidas, si bien es cierto que la formación como ATS femeninas en algunos casos se convirtió en una especie de antesala para las alumnas que querían convertirse en matronas.

Aunque el Decreto de 1957 especificaba la duración del periodo práctico y teórico de la formación de matronas, la distribución y engranaje de las guardias y clases en el día a día será diferente en cada escuela y en cada época. El general las matronas al salir de las escuelas se sintieron capacitadas para ejercer la profesión. Sin embargo esta capacitación percibida por las propias matronas, no será suficiente para que la legislación las respalde y reconozca como profesión autónoma hasta entrado el siglo XXI.

 

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Dirección para correspondencia:
Natalia Emilia Rodríguez Portilla
naropo@hotmail.com

Manuscrito recibido el 18.8.2013
Manuscrito aceptado el 17.10.2013

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