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Anales del Sistema Sanitario de Navarra

versión impresa ISSN 1137-6627

Anales Sis San Navarra vol.27 no.1 Pamplona ene./abr. 2004

 

RÉPLICA DEL AUTOR

Sr. Director:
Agradezco el interés que muestra la Dra. Ibáñez por mi artículo sobre la utilización de fármacos en la osteoporosis1, a la vez que me gustaría comentar aquellos aspectos que juzga más controvertidos del mismo.

En primer lugar quisiera hacer constar que en mi artículo se hace referencia preferentemente a ensayos clínicos aleatorizados y controlados o a metaanálisis. No se consideran las evidencias desprendidas de “guías y recomendaciones”, a las que alude la Dra. Ibáñez, ni de opiniones de expertos, ya que la evidencia científica que se deriva de ellas está considerada de bajo nivel, muy inferior a la desprendida de los tipos de estudios antes mencionados y de otros diseños como estudios de cohortes, casos-controles, transversales, epidemiológicos, series de casos, notificaciones de casos aislados, etc2.

Respecto a la indicación de fármacos en la osteoporosis en pacientes sin otros factores de riesgo, no existe ninguna evidencia desprendida de estudios correctamente diseñados que apoye la prevención primaria de fracturas en estos casos. (La Dra. Ibáñez no cita ningún trabajo original que justifique su pronunciamiento sobre este punto). Las personas que más se beneficiarían del tratamiento de la osteoporosis son aquéllas con fractura vertebral previa, ya que en ellas se ha demostrado una reducción, si bien discreta, de las fracturas de cadera. También se beneficiarían las mujeres postmenopáusicas con osteoporosis (DMO £2,5 DE) sin fractura previa y con presencia de factores de riesgo de fractura, en las que únicamente se ha demostrado una reducción de fracturas vertebrales pero no de cadera.

Este artículo se encuadra en el contexto de un monográfico sobre osteoporosis y no tiene por objeto la descripción detallada de los factores de riesgo de fracturas. Este aspecto ha sido reservado para otros capítulos del mismo número de la revista, como advierte la Dra Ibáñez, donde, por cierto, también se insiste en que los factores de riesgo “han de ser tenidos en cuenta para poder abordar adecuadamente la prevención, el diagnóstico y el tratamiento de la osteoporosis“3.

Comprendo que el hecho de plantear dudas sobre la efectividad de las estrategias de prevención de la osteoporosis puede sorprender a más de uno. Sin embargo, todavía no se ha demostrado que la farmacoterapia contribuya a una disminución de fracturas en la práctica clínica habitual. Comparto con la Dra. Ibáñez el razonamiento de que el envejecimiento de la población es un sesgo que debe ser tenido en cuenta a la hora de hacer valoraciones en este sentido. En el año 1998, el número de personas mayores de 65 años en Navarra era de 95.322, cifra que aumentó hasta 97.921 en 2.002. Con objeto de minimizar el sesgo de la edad, podríamos considerar la proporción de fracturas de cadera respecto a la población de más riesgo (mayores de 65 años). En este caso, tampoco se encuentran diferencias significativas entre 1998 y 2002 (0,63% frente a 0,62%, p= 0,789), cuando la cantidad de fármacos utilizados para la osteoporosis se duplicó durante ese periodo. Por tanto, la hipótesis de que la farmacoterapia actual de la osteoporosis es poco o nada efectiva en la prevención de fracturas de cadera es razonable. Evidentemente, tal como se apunta en el artículo, deberían realizarse estudios adecuadamente diseñados para confirmar o descartar dicha hipótesis.

La Dra. Ibáñez afirma que “si se quiere evaluar la eficacia de la prevención que realizamos hoy día en función de la incidencia de fracturas de cadera, habrá que analizarla en los próximos 10-15 años”. Evidentemente la eficacia de las estrategias preventivas hay que evaluarla en términos de reducción de incidencia de fracturas, ya que éste es el objetivo real de la prevención. No se entiende bien la afirmación de que haya que esperar 10-15 años para poder evaluar la efectividad de estas intervenciones. En primer lugar, los ensayos clínicos que miden incidencia de fracturas tienen una duración del orden de 3 años en algunos casos y, en este tiempo, se puede observar si hay o no diferencias significativas en la variable principal del estudio. Por otro lado, dudo seriamente que haya muchos pacientes que consigan tomar fármacos para la osteoporosis durante 10 ó 15 años de forma ininterrumpida ya que hay una alta tasa de abandonos entre ellos, tal como se detalla más adelante.

Respecto a la heterogeneidad de criterios de prescripción en la osteoporosis según los distintos especialistas, en ningún momento se apunta la sugerencia de que deba realizarse un “consenso entre especialistas” tal como interpreta la Dra. Ibáñez. Ya hemos mencionado que los documentos de consenso suelen ser considerados como el nivel más bajo de evidencia científica. Está claro que existe gran presión por parte de la Industria Farmacéutica para manipular Sociedades Científicas y condicionar el resultado de este tipo de “consensos”. Recientemente se publicó un artículo que recogía estos hechos en relación con el intento de realizar un consenso en España sobre el abordaje de la osteoporosis precisamente4 La mejor forma de homogeneizar el tratamiento de cualquier patología es que los prescriptores fundamenten sus prácticas en una medicina basada en la evidencia y adopten una actitud crítica en la lectura de la literatura científica.

La Dra. Ibáñez afirma textualmente: “contrariamente a lo indicado en el artículo, tanto el alendronato como el risedronato han demostrado disminución del riesgo de fractura de cadera”. Para justificar esta aseveración aporta 5 referencias bibliográficas para el caso del alendronato y 2 para el risedronato. Pues bien, por lo que respecta al alendronato, de los 5 trabajos científicos aportados, dos de ellos se refieren a ensayos que ni siquiera evalúan la incidencia de fracturas de cadera5,6; otros dos, son ensayos que concluyen que no existen diferencias significativas entre el placebo y alendronato en la reducción de la incidencia de fracturas de cadera7,8 y, tan solo en uno de ellos, se obtienen diferencias significativas a favor del alendronato, si bien en el límite de la significación estadística9. Podríamos decir que, con la bibliografía que la propia Dra Ibáñez aporta, habría que concluir precisamente lo contrario de lo que afirma. Además, se olvida referenciar un metaanálisis que recoge los tres ensayos en los que hay datos de incidencia de fracturas de cadera y que concluye que no hay diferencias significativas entre el alendronato y el placebo10.

En uno de los dos artículos que se citan sobre el risedronato11 se incluyeron mujeres con DMO £-3-4 DE y edad >70 años, o bien mujeres >80 años con un factor de riesgo añadido de fractura de cadera. A pesar de seleccionar un grupo de tan alto riesgo (muy distinto al perfil habitual de usuarias de estos medicamentos), sólo se observan diferencias significativas a favor del fármaco en el subgrupo de pacientes con fractura vertebral previa. También se cita otro trabajo en el que se encontraron diferencias significativas a favor del risedronato en pacientes con fractura vertebral previa12. Este ensayo clínico se realizó en EEUU y también en otros países fuera de EEUU. Los datos que cita la Dra. Ibáñez corresponden al estudio realizado en EEUU y omite la existencia de un artículo que se refiere a los resultados obtenidos fuera de EEUU, según los cuales, no se encontraron diferencias significativas entre el risedronato y el placebo en la reducción de la incidencia de fracturas de cadera13.

Recientemente se ha publicado un metaanálisis sobre la eficacia del risedronato en la prevención y tratamiento de la osteoporosis postmenopáusica14. En lo referente a la prevención de fracturas no vertebrales, no se observó eficacia hasta alcanzar los tres años de tratamiento. Las pacientes tratadas durante 3 ó 4 años registraron una ligera disminución del riesgo de fracturas no vertebrales, si bien ello se observó exclusivamente en el grupo de mujeres con fractura vertebral previa (NNT = 63). Por tanto, se puede decir que para prevenir una fractura de cadera en mujeres con fractura vertebral previa es necesario tratar ininterrumpidamente a unas 60 pacientes durante, al menos, 3 años.

Desgraciadamente, el papel de los bifosfonatos en la prevención de fracturas de cadera es muy pobre y desesperanzador. Además, las tasas de abandono por parte de los pacientes son muy altas (en los principales ensayos con risedronato se situaron sobre el 40%)11-13, lo cual nos hace pensar que en la práctica diaria podrían ser aun mayores, por lo que, sumado a la limitada eficacia demostrada en los ensayos clínicos, hace razonable cuestionar su efectividad.

La Dra. Ibáñez afirma que plantearse la influencia de la financiación del estudio en sus resultados es “poco serio y atrevido”. Sin embargo, este aspecto es algo tan obvio y aceptado que las publicaciones que cumplen el código ético de editores de revistas biomédicas exigen la aclaración del conflicto de intereses de los firmantes del artículo, pues hay claras evidencias documentadas de su importancia15. El hecho de que los fármacos sean autorizados en base a los informes de las agencias reguladoras como la FDA, EMEA o la AEM no significa que con su dictamen se haya acabado el trabajo de evaluación y selección de medicamentos. Debe aclararse que dichos organismos se limitan a evaluar la eficacia de un fármaco en una indicación concreta. A partir de ahí, nos queda un largo trabajo para determinar la relevancia clínica de los hallazgos de los ensayos, situar el papel del fármaco dentro de la terapéutica, considerando otras alternativas de tratamiento, valorar la efectividad y eficiencia de su uso, etc.

Respecto al papel del calcio, la Dra Ibáñez afirma que “no se ha probado que el calcio reduzca el riesgo de fractura”. Sin embargo, hay dos ensayos clínicos que demuestran que la asociación de calcio y vitamina D reduce la incidencia de fracturas de cadera16,17. Estoy de acuerdo con la Dra. Ibáñez que la suplementación con vitamina D se hace imprescindible en aquellas personas con déficit de dicha vitamina para prevenir la aparición de osteoporosis tipo II. Sin embargo, esta situación patológica no es tan frecuente como para justificar el empleo generalizado de vitamina D. Se calcula que bastaría con la exposición al sol de cara y brazos durante 15 minutos diarios para obtener vitamina D suficiente, por lo que es dudoso que se necesite aportar esta sustancia de forma exógena en personas con una mínima exposición al sol y que no tengan insuficiencia de hidroxilación hepatorrenal18.

La consideración de que la utilización de calcio podría ser más eficaz que el resto de las opciones no contradice las evidencias científicas, como dice la Dra. Ibáñez, sino que se deduce de la observación de que la disminución de riesgo de fractura de cadera observada en los ensayos clínicos mencionados16,17 es superior a la obtenida con otras opciones farmacológicas. Para afirmar este aspecto con seguridad sería necesario realizar algún ensayo comparativo entre calcio y otros fármacos que valorasen la eficacia de ambas opciones en la reducción de fracturas de cadera.

La Dra. Ibáñez hace una valoración de la bibliografía empleada en mi artículo en lo referente al calcio, adjetivando a los estudios como “antiguos y menos demostrativos”. En primer lugar debemos considerar que la validez interna y externa de los ensayos está en relación con la calidad del diseño y la implementación de los mismos. El año en que fueron realizados no puede ser un argumento que sirva para aceptar o rechazar las conclusiones de un trabajo. Desgraciadamente hay muchos trabajos recientes de mala calidad y, por otro lado, hay estudios que fueron realizados hace bastantes años y que presentan sólidas evidencias en las cuales se fundamentan prácticas clínicas habituales, como el empleo de penicilina en la faringoamigdalitis estreptocócica, el papel de los beta-bloqueantes y diuréticos como antihipertensivos o la relación entre la presencia de H. pylori y la aparición de úlcera gastroduodenal, por poner algunos ejemplos. El comentario de que en mi artículo se utilizan las evidencias de estudios “menos demostrativos” es grave y debería justificarse en términos de diseño y calidad, y no atribuir una afirmación gratuita de ese calibre para luego no ser capaz de demostrarla.

La Dra. Ibáñez afirma que en mi artículo “se pone en duda las evidencias existentes”. Pero ¿qué entendemos por “evidencia”? Me asombra este comentario ya que en mi trabajo todas las afirmaciones se respaldan con datos de riesgo relativo, riesgo absoluto, intervalos de confianza, significación estadística y NNT, mientras que ninguno de los comentarios de la Dra. Ibáñez los ha podido demostrar con números y tan solo ha referenciado “guías, opiniones y consensos”.

Por último, la Dra. Ibáñez sugiere que mi artículo está sesgado por una “óptica economicista”. Realmente es desconcertante el comentario cuando, como acabo de señalar, el trabajo se basa exclusivamente en el análisis de los datos de eficacia desprendidos de ensayos clínicos y metaanálisis. No obstante, los aspectos económicos son importantes en todos los ámbitos de nuestra sociedad y no podemos pensar que la sanidad sea una excepción. Todos tenemos un deber moral de trabajar con criterios de eficiencia y un buen profesional no puede eludir su responsabilidad de realizar un uso adecuado de los recursos. Y si introdujésemos valoraciones de tipo económico, aún deberíamos cuestionarnos más el abordaje actual que se está haciendo de la osteoporosis.

Juan Erviti López
Sº Prestaciones Farmacéuticas
Servicio Navarra de Salud-Osasunbidea
Plaza de la Paz s/n 4ª planta
31002 Pamplona

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