SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.23 issue3A firm court resolution against malpractice in the treatment of obesity author indexsubject indexarticles search
Home Pagealphabetic serial listing  

My SciELO

Services on Demand

Journal

Article

Indicators

Related links

  • On index processCited by Google
  • Have no similar articlesSimilars in SciELO
  • On index processSimilars in Google

Share


Nutrición Hospitalaria

On-line version ISSN 1699-5198Print version ISSN 0212-1611

Nutr. Hosp. vol.23 n.3 Madrid May./Jun. 2008

 

EDITORIAL

 

Respaldo de la justicia a la medicina científica

Support of justice to scientific medicine

 

 

G. Varela Moreiras

Catedrático de Nutrición y Bromatología. Universidad CEU San Pablo. Presidente de la Fundación Española de la Nutrición (FEN). Presidente de la Sociedad Española de la Nutrición (SEN). Madrid. España.

Dirección para correspondencia

 

 

En el presente número de la revista "Nutrición Hospitalaria" se publica un artículo especial de los Doctores Clotilde Vázquez Martínez, Susana Monereo Mejías y Basilio Moreno Esteban1, que por su contenido supone sin duda un "antes y un después" en las buenas prácticas y la lucha contra el fraude en nutrición,  concretamente en el tratamiento de la obesidad. En el mencionado artículo se exponen los antecedentes que llevaron a formular una denuncia por parte de un supuesto compañero hacia las Dras. Susana Monereo y Clotilde Vázquez, así como la primera sentencia absolutoria contra la primera y las conclusiones de la misma.

Estamos desgraciadamente rodeados de mitos y magia en la temática de nutrición, hasta el punto de que se puede afirmar rotundamente que en estos todavía inicios del siglo XXI existen más, comparativamente con los que había en el pasado siglo, dos generaciones atrás. Este fenómeno es especialmente preocupante para nuestra ciencia, y no ocurre en otras ciencias en lasque el desarrollo científico se acompaña normalmente de menor credibilidad en falsas creencias, mitos, falacias, etc. Sin duda, cuando en numerosas ocasiones senos pregunta sobre las supuestas bondades de una determinada dieta de adelgazamiento o combinación de alimentos, a menudo respondemos que tienen que ver poco con la nutrición y más con el fraude. También es cierto, y debe reconocerse, que desde las diferentes Administraciones públicas se ha hecho un esfuerzo considerable en los últimos años en la persecución de clínicas y centros que se caracterizan por las malas prácticas y el no respeto a la evidencia científica de la nutrición. Hoy, como se expone en el artículo especial mencionado, la justicia reconoce que hay una barrera muy importante entre los profesionales éticos y los que han decidido dejar de serlo. Debemos congratularnos y continuar en este camino, por el bien de la nutrición, como ciencia multidisciplinar que es, y sobre todo por lo que supone de protección hacia los pacientes, los más vulnerables y nuestro objetivo prioritario.

Escribir esta editorial produce sentimientos encontrados: por un lado, constata una vez más la triste realidad de la mala praxis profesional en el tratamiento de la obesidad en muchos ámbitos y que, aunque no afecta a una gran número de profesionales de ciencias de la salud, sí tiene un gran impacto mediático y en los propios y sufridos pacientes; por otro lado, supone albergarla esperanza de que las cosas están cambiando y lo van a seguir haciendo.

Como ocurre en todos los países desarrollados, la nutrición está de máxima actualidad. Como decía ya entonces el Profesor Grande Covián "es evidente que la sociedad contemporánea muestra un interés creciente por los problemas de la nutrición y la alimentación del hombre. Desgraciadamente, este plausible interés se acompaña de la aparición constante de una serie de falacias, mitos, dietas mágicas, que constituyen hoy en día un grave problema al que, necesariamente debemos hacer frente, puesto que llega a poner en peligro nuestra salud". Me permito hacer unas consideraciones en cuanto a las dietas de adelgazamiento, que nos son ni más ni menos que un breve recordatorio de la evidencia científica, en las que se deben basar los profesionales encargados del tratamiento de la obesidad. Así, el estado actual de la ciencia nos indica que una dieta de adelgazamiento ha de ser la consecuencia de un menor consumo calórico en relación con el gasto y hoy se sabe que debe conseguirse mediante una serie de condiciones: 1) que esta disminución ha de hacerse hasta alcanzar el peso adecuado y luego mantenerlo durante toda la vida; 2) que el menor aporte calórico vaya acompañado de un incremento en la densidad de nutrientes, es decir, que la disminución de las calorías no suponga una concomitante disminución del resto de nutrientes, lo que originaría verdaderas carencias; 3) que la planificación de una dieta de adelgazamiento se realice sobre las bases del conocimiento de la ingesta energética previa habitual del individuo al que va destinada; 4) que la dieta programada esté de acuerdo, hasta donde sea posible, con los hábitos alimentarios del individuo a quien va dirigida y produzca placer o, al menos, no debe producir rechazo, y 5) que el protocolo de cualquier intervención, en caso de exceso de peso, debe establecer una metodología ordenada de trabajo con el fin de obtener datos suficientes de la persona, y hacer un tratamiento adecuado a su situación clínica y personal. El objetivo debe ser perder y mantener el peso meta, adaptar la alimentación a su estilo de vida y diseñar la dieta a posibles alteraciones o patologías asociadas.

Por todo lo anterior, el tratamiento más eficaz consiste en una dieta personalizada, ayudado de una terapia psicológica conductual y de la educación dietética para el fomento de unos hábitos alimenticios y de un estilo de vida saludables. De los datos que se nos exponen relativos a los tratamientos objeto de la denuncia y posterior sentencia, se deduce fácilmente que los principios básicos expuestos en el tratamiento de la obesidad no se cumplen, más bien al contrario, son manifiestamente opuestos y pueden poner en peligro, incluso a corto plazo, la salud de los pacientes. Los efectos adversos más comunes en las dietas de muy bajo valor calórico son los siguientes: alteraciones gastrointestinales, malestar general, mareos, intolerancia al frío, sequedad de la piel, pérdida de cabellos, contracturas musculares, amenorrea en mujeres, insomnio, ansiedad, irritabilidad y depresión, etc. Además, las dietas muy restrictivas en energía, aunque consiguen que el peso disminuya a corto plazo, constituyen un riesgo inaceptable para la salud ya que pueden: provocar deficiencias de proteínas, vitaminas y minerales por la falta de consumo con los alimentos; producir efectos psicológicos negativos; desencadenar, incluso, trastornos del comportamiento alimentario (anorexia y bulimia), a veces de mayor gravedad que el exceso de peso que se pretendía corregir; favorecer el efecto "rebote" o "yo-yo"; al abandonar estas dietas, las personas que siguen estas dietas no han aprendido a comer saludablemente y vuelven a las costumbres que les hicieron engordar.

En definitiva, la importancia moral y profesional que supone esta victoria en la batalla emprendida por profesionales de tan reconocida trayectoria, debe animarnos a continuar denunciando en los diferentes ámbitos y por parte de todos los profesionales responsables, las malas prácticas que con una frecuencia mayor a la que nos gustaría existen todavía en nuestro país. Sin duda, estamos todavía ante una revolución pendiente, larga pero que merece la pena.

 

Referencias

1. Vázquez Martínez C, Monereo Mejías S, Moreno Esteban B. Una sentencia firme contra la mala práctica en el tratamiento de la obesidad. Nutr Hosp 2008; 23(3):177-82.        [ Links ]

 

 

Dirección para correspondencia:
Gregorio Varela Moreiras.
Facultad de Farmacia. Universidad CEU San Pablo.
Urb. Montepríncipe, ctra. Boadilla km 5,3.
28668 Boadilla del Monte (Madrid).
E-mail: gvarela@fen.org.es/gvarela@ceu.es

Recibido: 2-IV-2007.
Aceptado: 17-IX-2007.

Creative Commons License All the contents of this journal, except where otherwise noted, is licensed under a Creative Commons Attribution License