SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.78 issue3Evaluación económica en salud: de la investigación a la toma de decisionesNew initiatives to improve medication safety in hospitals author indexsubject indexarticles search
Home Pagealphabetic serial listing  

My SciELO

Services on Demand

Journal

Article

Indicators

Related links

Share


Revista Española de Salud Pública

On-line version ISSN 2173-9110Print version ISSN 1135-5727

Rev. Esp. Salud Publica vol.78 n.3 Madrid May./Jun. 2004

 

COLABORACIÓN ESPECIAL

 

REQUISITOS DE UNIFORMIDAD PARA LA REDACCIÓN Y EDICIÓN DE
 MANUSCRITOS PRESENTADOS A REVISTAS BIOMÉDICAS (*)
Actualización de noviembre de 2003

 

Comité Internacional de Directores de Revistas Médicas


(*) Esta es una traducción al español del documento elaborado por el Comité Internacional de Directores de Revistas Biomédicas, Requisitos de Uniformidad para trabajos presentados a revistas biomédicas. La traducción ha sido realizada por Cristina Pérez Andrés, coordinadora de redacción de la Revista Española de Salud Pública. Su contenido no ha sido revisado por el Comité Internacional de Directores de Revistas Biomédicas. La versión oficial del documento se puede encontrar en la dirección www.ICMJE.org.

 

 


CONTENIDO

I. Objetivo

I.A. Acerca de los requisitos de uniformidad

I.B. Posibles usuarios de los requisitos de uniformidad

I.C. Cómo utilizar los requisitos

II. Consideraciones éticas

II.A. Autoría y colaboraciones

II.B. Dirección

II.C. Revisión por pares

II.D. Conflictos de interés

II.E. Privacidad y confidencialidad

II.F. Protección de los sujetos participantes y de los animales de laboratorio

III. Aspectos editoriales relativos a la publicación en revistas biomédicas

III. A. Obligación de publicar estudios con resultados negativos

III.B. Correcciones, retractaciones y de- claraciones

III.C. Derechos de autoría

III.D. Solapamiento de publicaciones.

III.E. Correspondencia

III.F. Suplementos, monográficos y series especiales

III.G. Edición electrónica

III.H. Publicidad

III.I. Revistas médicas y medios de comunicación

IV. Preparación y presentación del trabajo

IV. A. Preparación del manuscrito para su presentación a la revista

IV.B. Presentación del trabajo a la revista

V. Referencias

A. Referencias citadas en este documento

B. Otras fuentes de información relativas a revistas biomédicas

VI. Acerca del Comité Internacional de Directores de Revistas Biomédicas

VII Revistas y organizaciones que participaron en la redacción del presente documento

VIII. Utilización, distribución y traducción de los requisitos de uniformidad

IX. Consultas.


 

 

 

I. OBJETIVO

I.A. Acerca de los requisitos de uniformidad

En 1978 un pequeño grupo de directores de revistas médicas, se reunió informalmente en Vancouver (Columbia Británica) para establecer las pautas relativas al formato de los manuscritos enviados a sus revistas. Este grupo llegó a ser conocido como el Grupo de Vancouver. Sus requisitos de uniformidad para los manuscritos fueron publicados por primera vez en 1979, e incluían el estilo para las referencias bibliográficas desarrollado por la Biblioteca Nacional de Medicina de los Estados Unidos. El Grupo de Vancouver creció y evolucionó hasta convertirse en el Comité Internacional de Directores de Revistas Médicas (CIDRM), el cual se reúne anualmente y ha ido ampliando los temas tratados.

El CIDRM ha elaborado diferentes ediciones de los Requisitos de Uniformidad para manuscritos presentados a revistas biomédicas. Con el tiempo han ido surgiendo aspectos que van más allá de la elaboración de los manuscritos. En el documento se tratan ya algunos de estos aspectos; otros son objeto de informes específicos. Cada uno de estos informes se ha publicado en una revista de carácter científico.

El documento fue revisado de forma completa en 1997. En mayo de 1999 y en mayo de 2000 fueron actualizadas algunas de sus secciones. En mayo de 2001 el Comité revisó las secciones relacionadas con los posibles conflictos de interés. Para la presente edición el Comité revisó y reorganizó el documento completo, incorporando las recomendaciones dentro del texto.

Su contenido puede ser reproducido totalmente con propósitos educativos sin ánimo de lucro. El comité anima a la distribución del documento.

A las revistas que estén de acuerdo en utilizar los requisitos de uniformidad se les recomienda informar de ello en sus instrucciones para los autores y citar esta versión.

 

I.B. Uusuarios de los requisitos de uniformidad

La primera intención del CIDRM al elaborar los requisitos fue la de ayudar a los autores/as y a los directores/as a que sus respectivas tareas de creación y difusión fueran realizadas correctamente, así como hacer accesibles los resultados de las investigaciones biomédicas. Las secciones iniciales están dirigidas a los principios éticos relacionados con el proceso de evaluación, mejora, y publicación de trabajos en revistas biomédicas y a las relaciones entre las revistas y los autores/as, las personas que evalúan los trabajos y los medios de comunicación. Las secciones posteriores se refieren a los aspectos más técnicos de la preparación y presentación de los manuscritos. El CIDRM cree relevante el documento en su totalidad tanto para los autores/as como para los directores/as.

Los requisitos de uniformidad pueden ser útiles también para el proceso de revisión por pares, para las casas editoriales, los medios de comunicación, los pacientes y sus familiares, así como para los lectores en general, aunque siempre destacando su importancia para el proceso editorial.

 

I.C. Cómo utilizar los requisitos

Los requisitos de uniformidad respaldan los principios éticos del desarrollo de la investigación y la información sobre ella, y proporcionan recomendaciones relativas a los elementos específicos de la edición y redacción de los trabajos científicos. Estas recomendaciones están basadas en experiencias compartidas de un número moderado de directores/as y autores/as, recogidas durante años a partir de los resultados de investigaciones rigurosamente planificadas y que intentan basarse en la evidencia. Siempre que es posible, las recomendaciones van acompañadas por los fundamentos que las justifican. Con ello el documento alcanza un objetivo formativo.

Los autores encontrarán útil seguir las recomendaciones de este documento siempre que sea posible ya que, como se describe en las explicaciones, mejoran la calidad y claridad de los informes de resultados en los trabajos presentados a cualquier revista, además de facilitar su edición. Al mismo tiempo, dado que cada revista tiene sus propios requisitos según sus objetivos, los autores/as necesitan familiarizarse con las instrucciones específicas publicadas por la revista que eligen en cada ocasión para enviar su trabajo. Por ejemplo, los temas de interés de la revista y el tipo de trabajos que publica (originales, revisiones, o informes de casos). La Biblioteca Mulford del Colegio de Médicos de Ohio mantiene un útil compendio de instrucciones para los autores en la dirección www.mco.edu/lib/instr/libinsta.html.

 

II. CONSIDERACIONES ÉTICAS SOBRE EL DESARROLLO DE UNA INVESTIGACIÓN Y SU PUBLICACIÓN

II.A. Autoría y colaboraciones

II.A.1. Firmantes de un trabajo

Generalmente se considera autor o autora a quien en un estudio ha realizado una contribución intelectual de consideración. La autoría biomédica continúa teniendo importantes implicaciones académicas, sociales y económicas1. En el pasado los lectores/as raramente eran informados de las contribuciones a los estudios de las personas que figuraban tanto como autores/as como en los agradecimientos2. Actualmente algunas revistas requieren y publican información acerca del tipo de contribución de cada persona nombrada en un estudio, al menos para las investigaciones originales. Las revistas deberían desarrollar y cumplimentar una política de contribuciones, así como una política de identificación de quien es responsable de la integridad del trabajo en su totalidad.

Mientras que las políticas de contribuciones y garantías resuelven la mayor parte de las ambigüedades, dejan pendiente la cuestión de la cantidad y la calidad de las mismas. El CIDRM ha recomendado los siguientes criterios para la autoría. Éstos son apropiados para aquellas revistas que distinguen entre autor/a y otro tipo de colaborador/a.

- La autoría de una publicación debería estar basada en 1) la contribución sustancial durante la investigación, ya sea en la concepción, el diseño, la recogida de los datos o el análisis e interpretación de los mismos. 2) la elaboración del borrador del artículo o de su revisión crítica desde el punto de vista de su contenido intelectual; y 3) la aprobación final de la versión que va a ser publicada. Para ser considerado como autor/a se deben reunir las tres condiciones.

- Cuando la investigación ha sido desarrollada por un grupo amplio y multicéntrico se debería identificar a los individuos que en él aceptan la responsabilidad directa del manuscrito3. Estos deberían reunir completamente los criterios de autoría definidos antes y las revistas deberían solicitarles que rellenaran los formularios relativos a la autoría y a los conflictos de interés. En el caso de un trabajo con un grupo como autor, el autor/a responsable debería indicar claramente la citación preferida e identificar al resto, así como el nombre del grupo. El resto de autores/as deberían aparecer en el apartado de agradecimientos. La Biblioteca Nacional de Medicina de EEUU indiza tanto el nombre del grupo como el de los individuos que el grupo ha identificado como responsables directos del manuscrito.

- Por sí solas no justifican la consideración como autor/a la adquisición de fondos, la recogida de la información, o la supervisión general del grupo de investigación.

- Todas las personas que aparezcan como autores/as deberían estar cualificados/as para figurar como tales.

- Cada autor/a debería haber participado suficientemente en el trabajo como para asumir públicamente la responsabilidad del contenido que le corresponda.

En la actualidad algunas revistas exigen que uno o más autores o autoras aparezcan como garantes, y se identifiquen como las personas que se responsabilizan de la integridad del trabajo en su totalidad desde su comienzo, así como publicar esta información.

Cada vez más frecuentemente la autoría de ensayos clínicos multicéntricos es atribuida a un grupo. Todos los miembros del mismo que aparezcan nombrados como autores o autoras deberían reunir todos los criterios definidos anteriormente.

El orden de aparición debe decidirse entre ellos y poder justificase.

 

II.A.2. Personas que deberían aparecer en los agradecimientos

Las personas que no reúnen los criterios para aparecer como autores/as deberían relacionarse en el apartado de agradecimientos, incluyendo a aquéllas que han prestado ayuda técnica, asistencia durante la redacción o los jefes/as de departamento que haya prestado exclusivamente un apoyo general. Los soportes financieros y materiales también deberían figurar en los agradecimientos.

Los grupos de personas que han contribuido materialmente al artículo pero cuyas contribuciones no justifican aparecer como investigadores clínicos o investigadores participantes, deberían figurar, por ejemplo, como asesor/a científico que ha revisado críticamente el objetivo del estudio, la recogida de información, o proporcionado el cuidado y participación de los pacientes en el estudio.

Todas las personas que figuren en los agradecimientos deberían dar previamente su autorización por escrito, con el fin de que los lectores/as puedan deducir su respaldo a los resultados y conclusiones.

 

II.B. Dirección de la revista

II.B.1. El papel de la persona que dirige la revista

La persona que dirige una revista es la responsable de su contenido. Los empresarios/as y las revistas médicas tienen una obligación común: la publicación de una revista fiable y legible, producida con el debido respeto a los objetivos declarados por la revista y a sus presupuestos económicos. Las funciones de los empresarios/as y de los directores/as son, sin embargo, diferentes. Los primeros tienen el derecho de nombrar y cesar a los directores/as y de tomar las decisiones comerciales de importancia en las que los últimos deberían implicarse lo más posible. Los directores/as deberían tener plena autoridad para determinar el contenido editorial de la revista. Este concepto de libertad editorial debería ser resueltamente defendido por ellos/as incluso arriesgando su permanencia en el puesto. Para asegurar esta libertad la persona que dirija la revista debería tener acceso directo a los más altos niveles de gestión, no sólo a un gestor delegado.

Los contratos de las personas que dirigen revistas médicas deberían especificar claramente sus derechos y obligaciones, además de los términos generales del compromiso y la definición de los mecanismos necesarios para resolver posibles conflictos.

Sería útil que esta persona tuviera el apoyo de un comité editorial que le ayude a establecer y mantener la política editorial.

 

II.B.2. Libertad editorial

El Comité adopta la definición de la Asociación Mundial de Directores Médicos sobre libertad editorial (http://www.wame. org/wamestmt.htm). Esta definición establece que la libertad o independencia editorial incluye que la persona que dirige una revista tenga plena autoridad sobre su contenido editorial. Los empresarios/as no deberían interferir en la evaluación o en la selección de los artículos, ni directamente ni creando un ambiente que influya en las decisiones. Las revistas deberían basar las decisiones sobre un trabajo en su validez y en su importancia para los lectores/as, no en su éxito comercial. Deberían sentirse libres de expresar críticamente pero con responsabilidad los puntos de vistas de todos los aspectos de la investigación sin miedo a las consecuencias, incluso si estos puntos de vista entran en conflicto con los objetivos comerciales de la editorial. Las personas que dirigen una revista y sus organizaciones tienen la obligación de mantener el concepto de libertad editorial y de informar de las principales transgresiones de esta libertad, en atención a las comunidades internacionales médicas, académicas, e incluso a las personas legas.

 

II.C. Revisión por pares

La evaluación crítica, independiente y sin sesgos es una parte intrínseca de todo trabajo académico, incluido el proceso científico. La revisión por pares es la valoración crítica del trabajo por personas expertas que no son parte interesada del comité editorial. La revisión por pares puede ser vista, por lo tanto, como una extensión del proceso científico. Aunque su valor ha sido poco estudiado y está ampliamente debatida, ayuda a las personas que dirigen la revista a decidir qué manuscritos son idóneos y a los autores/as a mejorar la calidad de un artículo. Una revista con revisión por pares remite la mayoría de sus trabajos a personas externas a la revista para que lo evalúen. El número y tipo de manuscritos enviados para evaluar, el número de personas que evalúan cada trabajo, el proceso de revisión y el uso de la opinión de los revisores/as puede variar de unas revistas a otras. En interés de la transparencia, cada revista debería explicitar su política respecto a la revisión por pares en sus instrucciones para los autores/as.

 

II.D. Conflictos de interés

La confianza del público en el proceso de la revisión por pares y la credibilidad de los trabajos publicados dependen en parte de cómo se manejan los conflictos de interés durante la redacción, la revisión y la toma de decisiones editoriales. Estos conflictos existen cuando un autor/a (o la institución en la que trabaja), un revisor/a o el director/a, tiene relaciones personales o financieras que pueden influir inapropiadamente en sus acciones (tales relaciones son conocidas como compromisos recíprocos, competencia de intereses, o competencias de lealtad). Estas relaciones varían desde aquéllas que tienen consecuencias insignificantes y las que tienen gran posibilidad de influir en las decisiones, aunque no todas las relaciones representan verdaderos conflictos de interés. La posibilidad de conflicto puede existir o no si un individuo cree que la relación puede afectar a su opinión científica. Las relaciones financieras (tales como empleo, consultorías, acciones, honorarios, revisión retribuida) son los conflictos de interés más fácilmente identificables y los que más probablemente afectan de forma negativa a la credibilidad de la revista, de los autores/as, e incluso de la propia ciencia. Sin embargo los conflictos pueden surgir por otras razones, como las relaciones personales, la competitividad académica y la postura intelectual.

Tanto las personas que participan en el proceso de evaluación como en el editorial deben declarar todas las relaciones que pudieran representar un posible conflicto de interés. Esta declaración es también importante para los artículos editoriales y los de revisión, ya que puede ser más difícil detectar influencias en este tipo de publicaciones que en las de los resultados de investigaciones originales. La persona que dirige la revista debería comunicar la información declarada en conflicto y la declaración de los intereses financieros como base de sus decisiones editoriales. El director/a debería publicar esta información si cree que es importante al juzgar la publicación de un manuscrito.

 

II.D.1. Posibles conflictos de interés relativos a compromisos individuales

Cuando los autores/as presentan un ma- nuscrito, tanto si es un artículo como una carta, son responsables de declarar todas las relaciones personales y financieras que podrían estar sesgando su trabajo. Con el fin de prevenir la ambigüedad, los autores/as deberían explicitar si existen o no conflictos de interés. Deberían hacerlo en el manuscrito mediante una notificación en la página siguiente a la portada, proporcionando detalles adicionales si fuera necesario en una carta adjuntada al manuscrito (Ver sección IV.A.3. Declaración de conflictos de interés).

Los investigadores/as deberían declarar posibles conflictos con los/as participantes en el estudio y manifestar en el manuscrito si lo han hecho. Las personas que dirigen una revista también deben decidir cuándo publicar este tipo de declaraciones realizadas por los autores/as sobre posibles conflictos de interés. En caso de duda es mejor equivocarse por publicar que por dejar de hacerlo.

 

II.D.2. Posibles conflictos de interés relativos al soporte del proyecto

Cada vez más frecuentemente, los estudios reciben fondos de firmas comerciales y de fundaciones privadas o gubernamentales. Las condiciones de esta financiación conllevan un posible sesgo y el descrédito de la investigación.

Los científicos/as tienen obligación ética de presentar resultados que sean acreditables. Además, al ser directamente responsables del trabajo, los investigadores/as no deberían tener acuerdos que interfieran con su acceso a los datos ni con su capacidad de analizarlos independientemente al preparar manuscritos. Si hubiera existido deberían describir el papel de los financiadores en el diseño del estudio, en la recogida de información, en el análisis o en la interpretación de los datos, en la redacción del informe y en la decisión de presentarlo para su publicación. Si la fuente de financiación no tuviera este tipo de implicación los autores/as deberían hacerlo constar así. Los sesgos posiblemente introducidos cuando los financiadores están directamente implicados en la investigación son análogos a cualquier otro tipo de sesgo metodológico. Por ello algunas revistas prefieren incluir esta información en la sección de metodología.

A los autores/as de un estudio financiado por una agencia privada o con intereses financieros en los resultados las revistas les podrían requerir que firmen una declaración semejante a: «Tuve pleno acceso a todos los datos de este estudio y acepto la entera responsabilidad de su integridad y de la rigurosidad de su análisis». Las revistas deberían revisar las copias de los protocolos y/o los contratos asociados con este tipo de estudios antes de aceptar valorar su publicación. Y no deberían considerar un artículo si un financiador ha tenido control sobre los derechos de autor a la hora de publicar.

 

II.D 3. Posibles conflictos de interés relativos a los compromisos de los directores/as, el personal de la revista o los evaluadores/as

Los directores/as deberían evitar seleccionar revisores/as externos con evidentes posibilidades de conflictos de interés, como los/as que trabajen en el mismo departamento o institución que cualquiera de los autores/as del artículo en cuestión. A menudo los autores/as proporcionan los nombres de personas de las que piensan que no deberían evaluar su trabajo a causa de posibles conflictos de interés frecuentemente profesionales. Cuando sea posible, se debería solicitar que expliquen o justifiquen sus motivos, lo que es importante para que las revistas decidan si respetar este tipo de solicitud. Los revisores/as deberían manifestar a las revistas cualquier conflicto de interés que pudiera sesgar su opinión sobre el manuscrito, y rechazar la revisión de un determinado trabajo si lo creen oportuno. Como en el caso anterior, el silencio por parte de los revisores/as sobre posibles conflictos de interés podría indicar tanto que tales conflictos existen como que no. A los evaluadores/as, por tanto, se les debe solicitar que lo expliciten. Otro aspecto a tener en cuenta es que los evaluadores no deberían utilizar en su propio interés el contenido de un trabajo evaluado por ellos antes de su publicación.

Las personas que toman la decisión final sobre un manuscrito no deberían tener implicaciones personales, profesionales ni financieras en ninguno de los aspectos sobre los que deban opinar. Si otros miembros de la editorial participan en las decisiones deberían proporcionar una descripción de sus intereses (si tienen que ver con el juicio editorial) y abstenerse de intervenir en cualquier decisión en la que pueda haber conflictos de interés.

El personal de la editorial no debería utilizar en su propio beneficio la información obtenida a causa de su trabajo sobre el contenido de los manuscritos. Las revistas deberían publicar declaraciones acerca de los posibles conflictos de interés relativos a los compromisos del personal de la editorial.

 

II.E. Privacidad y confidencialidad

II.E.1. Participantes en los estudios

El derecho a la privacidad que tienen las personas que participan en un estudio no debería ser infringido sin su consentimiento informado. La información relativa a la identificación, incluyendo los nombres o número de historial, no debería publicarse en descripciones escritas, fotografías ni certificados a menos que dicha información sea esencial para los objetivos de la investigación y que la persona afectada (o, en su caso, sus padres o tutores) diera un consentimiento informado por escrito autorizando la publicación. Este tipo de consentimiento requiere que el manuscrito le sea mostrado a la persona cuya identificación esté en juego.

Los detalles sobre la identificación deberían ser omitidos siempre que no sean esenciales. El anonimato completo es difícil de conseguir, sin embargo debería obtenerse el consentimiento informado siempre que exista cualquier duda. Por ejemplo, enmascarar los ojos en las fotografías de los pacientes es una protección inadecuada del anonimato. Si los datos son cambiados para proteger este anonimato los autores/as deben garantizar que las alteraciones no distorsionan el significado científico. La revista debe incluir siempre la exigencia del consentimiento informado en las instrucciones para los autores. Al publicar el artículo debería indicarse que se dispone del mismo.

II.E.2. Autores/as y revisores/as

Los manuscritos deben ser revisados respetando la confidencialidad de las personas que los firman. Al presentar los manuscritos para su revisión los autores/as confían a las revistas los resultados de su trabajo científico y de su esfuerzo creativo, de los cuales depende su reputación y carrera. Los derechos de los autores podrían ser violados si se revelan detalles confidenciales de la revisión de su trabajo. También los evaluadores tienen derecho a la confidencialidad, la cual debe ser respetada por la revista. La confidencialidad podría ser desvelada exclusivamente si se alega falta de honestidad o fraude, en caso contrario siempre debe ser respetada.

Las revistas no deben revelar información sobre el manuscrito a ninguna otra persona más que a los autores (incluyendo su recepción, contenido, estado del proceso de revisión, juicio de los revisores o conclusión). Esto incluye la exigencia de utilizar los materiales para procedimientos legales.

Las revistas deben dejar claro a los revisores/as que los manuscritos que reciben para evaluar son comunicaciones reservadas y propiedad privada de los autores/as. Por lo tanto, los revisores/as y miembros de la editorial deben respetar estos derechos no discutiendo públicamente el trabajo o apropiándose de las ideas que contiene antes de que sea publicado.

A las personas que evalúan un manuscrito no se les debería permitir archivar copias del mismo y debe estar prohibido compartirlos con otras personas, excepto con el permiso de la revista. Tras remitir su informe, los revisores/as deben devolver o destruir las copias que recibieron. Las revistas tampoco deberían conservar copias de un manuscrito que haya sido rechazado.

Los comentarios de los revisores no deben ser publicados ni revelados de cualquier otra manera sin el permiso del revisor/a, del autor/a y del director/a de la revista.

Sobre el anonimato de las personas que evalúan un trabajo existen diferentes opiniones. Los autores/a deben consultar la información dirigida a ellos en cada revista si desean conocer este aspecto. Cuando los comentarios no están firmados la identidad del revisor/a no debe ser revelada a nadie sin su autorización expresa.

Algunas revistas publican los comentarios de los revisores/as junto con el manuscrito. Tal proceder no debería ser adoptado sin el consentimiento tanto del autor/a como de los revisores/as. Sin embargo los comentarios pueden ser enviados a otros revisores/as del mismo manuscrito, lo cual puede ayudar a conocer el procedimiento de la anterior revisión, decisión que debería ser notificada a los primeros.

 

II.F. Protección de los sujetos participantes y de los animales de laboratorio

Al comunicar los resultados de experimentos con personas los autores/as deberían indicar si se respetaron las normas éticas del comité responsable sobre experimentación humana (tanto a nivel institucional como nacional) así como la Declaración de Helsinki de 1975 revisada en el año 20005. Si existen dudas sobre si la investigación fue realizada de acuerdo a esta Declaración los autores/as deben explicar sus fundamentos, y demostrar que la revista aprobó explícitamente los aspectos dudosos del estudio. Al comunicar los resultados de los experimentos realizados con animales debe solicitarse a los autores/as que indiquen si fueron observadas las normas institucionales y nacionales para el cuidado y uso de los animales de experimentación.

 

III. ASPECTOS EDITORIALES RELATIVOS A LA PUBLICACIÓN EN REVISTAS BIOMÉDICAS

III.A. Obligación de publicar estudios con resultados negativos

Las revistas deberían considerar seriamente para su publicación cualquier estudio que haya sido rigurosamente realizado sobre cuestiones que sean importantes y relevantes para los lectores/as, tanto si los resultados son negativos (aquéllos que permiten de forma convincente aceptar la hipótesis nula) como si son positivos (aquéllos que permiten rechazar la hipótesis nula). La publicación de estudios con resultados negativos, en particular, contribuyen a evitar sesgos de publicación. Algunos estudios que pretenden ser negativos son, de hecho, poco concluyentes. La publicación de este tipo de estudios es problemática, ya que añaden poco conocimiento biomédico y consumen recursos de las revistas. La Biblioteca Cochrane suele estar interesada en ensayos clínicos no concluyentes (www.cochrane.org).

 

III.B. Correcciones, retractaciones y declaraciones

Las revistas inicialmente deben asumir que están informando resultados basados en trabajos realizados honestamente. Sin embargo, pueden surgir dos tipos de dificultades. Primero, podrían ser detectados errores en artículos ya publicados, lo cual exige la inclusión en un número posterior de una fe de erratas o de partes corregidas del trabajo. Las correcciones deberían aparecer en página numerada, incluirse en el índice, con la citación original completa, y si existe publicación electrónica hacer un enlace con el artículo original y viceversa. Aunque es improbable, un error puede ser tan serio como para invalidar completamente el trabajo. Cada corrección debe ser manejada de forma individualizada por la revista y por los autores/as. Este tipo de errores no debería ser confundido con las exposiciones que se vuelven inadecuadas por el surgimiento de informaciones científicas nuevas en el curso normal de la investigación, lo cual no requiere correcciones ni rectificaciones.

El segundo tipo de dificultad tiene que ver con el fraude científico. Si existen dudas fundadas acerca de la honestidad o integridad de un trabajo tan solo presentado o ya publicado, es responsabilidad de la revista asegurar que la cuestión sea perseguida de manera apropiada, generalmente por la institución responsable de los autores. Sin embargo no es normalmente la tarea del director/a llevar a cabo una investigación completa o tomar una determinación. La responsabilidad recae sobre la institución donde se haya realizado el trabajo o sobre la fuente financiadora. La revista deberá ser informada urgentemente de la decisión final y publicar una retractación en el caso de que un artículo fraudulento haya sido difundido. Si este método no conlleva una conclusión satisfactoria la dirección de la revista puede llevar a cabo su propia indagación. Como alternativa a la retractación la revista podría publicar una declaración concerniente a los aspectos sobre la relación o integridad del trabajo.

La retractación o declaración podría aparecer en una página numerada de una sección destacada de la revista tanto en su versión impresa como en la electrónica, incluyéndose en el índice y haciendo referencia en su cabecera al título del artículo original. No debería tratarse simplemente de una carta al director. Idealmente, el primer autor/a de una retractación debería ser el mismo que el del artículo, aunque en ciertas circunstancias la revista podría aceptarlas de otras personas responsables. Su texto debería explicar por qué el artículo está siendo retractado e incluir la referencia original completa del mismo.

La validez de otros trabajos previos del autor/a de un artículo fraudulento no puede ser asumible por las revistas que los hayan publicado, por lo que se debería exigir a la institución que respalda al autor/a que las garantice o en caso contrario la institución deberá publicar nuevas retractaciones. Si no se consiguiera, las revistas podrían publicar una advertencia relativa a que puede ser incierta la validez de los trabajos del mismo autor publicados previamente.

 

III.C. Derechos de autoría

Algunas revistas biomédicas exigen a los autores/as que les cedan los derechos de autor. Sin embargo un número cada vez mayor de revistas de acceso gratuito no lo hacen así. Las revistas deberían aclarar su posición al respecto tanto a los autores como a otras personas que pudieran estar interesadas en el contenido editorial.

Los derechos de autor de una determinada revista pueden variar: algunos contenidos pueden tener derechos de autor (por ejemplo, los artículos escritos por funcionarios en el desarrollo de su trabajo). En otros casos, las revistas pueden renunciar a los derechos de autor a favor de terceros. Y en otros casos, los derechos de autor podrían estar protegidos por los derechos de publicación de series por entregas (es decir, que estén permitidas publicaciones diferentes a la revista en cuestión, incluyendo la publicación electrónica).

 

III.D. Solapamiento de publicaciones

III.D.1. Presentación duplicada

La mayoría de las revistas biomédicas no considerarán manuscritos que estén siendo evaluados simultáneamente por otras revistas. Entre los principales motivos que han conducido a esta política están: 1) el posible desacuerdo cuando dos o más revistas reclaman el derecho a publicar un manuscrito que ha sido presentado simultáneamente a más de una; y 2) la posibilidad de que dos o más revistas lleven a cabo innecesariamente la revisión por pares y la edición del mismo manuscrito, así como su publicación. Sin embargo, excepcionalmente distintas revistas podrían decidir publicar conjunta o simultáneamente un artículo si creen que ello puede ser de interés para el público.

 

III.D.2. Publicación redundante 

Las publicaciones redundantes o ya publicadas consisten en la publicación de un artículo cuyo contenido se superpone sustancialmente con otro publicado previamente, ya sea de forma impresa o electrónica. Los lectores de las revistas que son fuentes primarias, ya sean impresas o electrónicas, deben poder tener garantías de que lo que están leyendo es original, a menos que haya una declaración expresa de que el artículo está siendo nuevamente publicado por elección del autor/a y de la revista. El fundamento de esta postura se encuentra en las leyes internacionales sobre derechos de autor, en la conducta ética y en la utilización coste efectiva de los recursos. Cuando se trata de una investigación original, la publicación duplicada es particularmente problemática, ya que puede producir un recuento doble de la misma o una inapropiada ponderación de los resultados de un mismo estudio, lo que distorsiona la evidencia disponible.

La mayoría de las revistas no desean recibir informes de resultados que ya han sido publicados en su mayor parte en artículos publicados o contenidos en otro artículo presentado o aceptado por cualquier otra publicación, ya sea en forma impresa o electrónica. Esta política no excluye la consideración por parte la revista de un artículo que haya sido rechazado previamente por otra o de un informe completo consecutivo a la publicación de uno preliminar, como un resumen o póster presentado a un congreso pero no publicado de forma completa o que esté siendo considerado para ser publicado en un formato similar. Los informes de prensa o de reuniones habitualmente no siguen estas normas, pero en ellos no deberían incluirse datos adicionales o copias de las tablas o figuras del manuscrito.

Al presentar un artículo su autor/a debería hacer siempre una declaración acerca de cualquier otra presentación o evaluación previa por otra revista que pudiera conllevar publicación redundante o duplicada del mismo trabajo o de una versión muy similar. El autor/a debería advertir si el manuscrito incluye materias acerca de las cuales ha publicado algún trabajo o ha presentado resultados relacionados a cualquier otra publicación. Cualquier informe en estas condiciones debe ser citado y referenciado en el nuevo artículo. Para ayudar a la revista a manejar el asunto se deberían incluir copias de este material al remitirle el artículo. Si se intenta o se realiza una publicación redundante sin dicha notificación los autores/as pueden esperar que la editorial lleve a cabo una acción legal contra ellos. Lo menos que puede pasar es el rechazo del manuscrito. Si el director/a no es consciente del asunto y el artículo ya ha sido publicado probablemente la revista editará una advertencia sin necesidad de solicitar una explicación o aprobación a los autores/as.

Los informes preliminares a los medios de comunicación, agencias gubernamentales, o a los fabricantes de la información científica contenida en un artículo o carta al director que haya sido aceptada pero todavía no esté publicada va en contra de las normas de algunas revistas. Dichos informes podrían estar justificados cuando el artículo o carta describe avances terapéuticos de importancia o hechos relacionados con la salud pública, como los efectos adversos de medicamentos, vacunas, otros productos biológicos, dispositivos medicinales o con enfermedades de declaración obligatoria. Esta información no debería ser incompatible con la publicación pero se debe acordar con la revista el modo de hacerlo.

 

III.D.3. Publicación secundaria aceptable

Cierto tipo de artículos, como las guías elaboradas por agencias gubernamentales y las organizaciones profesionales, podrían requerir la mayor distribución posible. En tales casos a veces las revistas eligen, con el acuerdo de los autores/as y de los diferentes directores/as, publicar deliberadamente material que ya está siendo publicado. La publicación secundaria en el mismo idioma que la primera o en otro distinto, especialmente cuando se trata de países diferentes, está justificada por diversas razones y puede ser beneficiosa siempre que se cumplan las siguientes condiciones.

1. Los autores/as disponen de la autorización por parte de ambas revistas; el director/a de la segunda publicación debe tener una copia de la primera versión.

2. La prioridad de la primera publicación será respetada por un intervalo de al menos una semana (salvo que se haya negociado otra cosa por ambas revistas)

3. La segunda publicación se justifica porque se hace para un grupo de lectores diferentes; en este caso podría ser suficiente una versión abreviada.

4. La segunda publicación debe reflejar completamente los datos e interpretaciones de la primera versión.

5. En la segunda versión una nota a pie de página vinculada con el título debe informar a los lectores, a los pares y a las agencias de documentación, que el artículo ha sido publicado total o parcialmente y contener la referencia a la primera publicación. El texto de la nota a pie de página puede ser del estilo: este artículo está basado en otro previamente publicado en: [especificar nombre de la revista y referencia completa].

El permiso para la segunda publicación debe ser gratuito.

 

III.D.4. Manuscritos contradictorios basados en un mismo estudio

La publicación de manuscritos procedentes de investigadores de un mismo equipo que no se ponen de acuerdo, puede llevar a la utilización innecesaria del espacio en la revista y confundir a los lectores. Por otra parte, si las revistas publican conscientemente un manuscrito redactado por una persona de un equipo el resto del mismo podría denegar su legitimidad o los derechos de autoría, así como el acceso a los lectores/as de la revista por diferencias de opinión acerca de la interpretación del estudio.

Se consideran dos clases de presentaciones contradictorias: las realizadas por colaboradores que disienten en el análisis e interpretación de su estudio y las realizadas por colaboradores que disienten sobre la metodología y los datos que deben ser publicados.

Las siguientes observaciones generales pueden ayudar a las revistas a solucionar el problema si continúa sin resolverse la propiedad de los datos.

 

III.D.4.a. Diferencias en el análisis e interpretación

En este caso los autores deberían escribir un manuscrito que presente de manera clara ambas versiones. La diferencia de opinión debería ser explicada mediante una carta adjunta. El proceso de la revisión por pares y de la edición del manuscrito podría ayudar a los autores a resolver sus diferencias.

Si el desacuerdo no puede ser resuelto y el estudio merece la pena deberían publicarse ambas versiones. Las opciones posibles consisten en publicar dos artículos del mismo estudio o uno con los dos análisis de las diferentes interpretaciones. En tal caso podría ser apropiado para la revista publicar una declaración sobre la existencia del desacuerdo y su intento por resolverlo.

 

III.D.4.b. Diferencias respecto a la metodología y los resultados

Si el desacuerdo se centra en las diferentes opiniones sobre qué se hizo u observó realmente durante el estudio, la revista debería rechazar la publicación hasta que esté resuelto. No se debe esperar que la revisión por pares solucione este tipo de problemas. Si existieran alegaciones de falta de honestidad y fraude la revista debería informar a las autoridades competentes. Los autores/as deberían ser informados de la intención de denunciar una sospecha de investigación fraudulenta.

 

III.D.5. Conflictos entre manuscritos basados en la misma base de datos

A veces las revistas reciben manuscritos de diferentes grupos que han analizado por separado la misma base de datos, procedentes por ejemplo de informes públicos. Los manuscritos podrían diferir en sus métodos analíticos, en sus conclusiones o en ambos. Cada uno de ellos debería ser considerado de forma separada. Cuando las interpretaciones sean muy similares es razonable, aunque no necesario, dar preferencia al primero que se reciba. Sin embargo, podrían estar justificadas considerar los diferentes trabajos e incluso existir buenas razones para publicar más de un manuscrito a causa de que las distintas aproximaciones analíticas realizadas pueden resultar complementarias e igualmente válidas.

 

III.E. Correspondencia

Las revistas biomédicas pueden proporcionar a sus lectores/as un mecanismo para remitir comentarios, preguntas o críticas de los artículos publicados, así como breves informes y cuestiones no relacionados con artículos publicados previamente. Aunque no necesariamente, para ello se podría adoptar la forma de una sección de correspondencia. Los autores de los artículos discutidos en esta correspondencia deberían tener la oportunidad de responder preferiblemente en el mismo número. A los autores/as que inician la correspondencia se les debería exigir que declaren que no existen conflictos de interés.

La revista puede adaptar esta correspondencia antes de publicarla desde el punto de vista de la extensión y corrección de estilo. Alternativamente pueden elegir entre publicar correspondencia sin corregir previamente, como por ejemplo en una sección de respuesta rápida o de internet. La revista debería declarar su política editorial en relación con este aspecto. Los autores/as deberían aprobar los cambios editoriales que alteren el contenido o el tono de su carta de respuesta.

Aunque las revistas tienen la prerrogativa de encontrar irrelevante el material de correspondencia, o decidir que carece de interés o de suficientes fundamentos, también tienen la responsabilidad de permitir un amplio rango de opinión. La sección dedicada a la correspondencia no debería ser utilizada para promover sólo el punto de vista de la revista. En cualquier caso se deben eliminar las faltas de cortesía, las inexactitudes o las afirmaciones gratuitas, y no se deberían permitir argumentos malintencionados para desacreditar opiniones ni hallazgos.

En interés de la claridad y para mantener la sección de correspondencia dentro de proporciones manejables, las revistas pueden limitar el tiempo de respuesta a los artículos y la correspondencia sobre ellos, así como el dedicado a debatir sobre un tema determinado. También pueden optar por informar a los autores sobre si la correspondencia relativa a su trabajo va a aparecer de forma estándar o en la sección de respuesta rápida. Y deberían establecer unas normas en relación al archivo de la correspondencia que aparezca sólo a través de internet. Estas normas deberían estar publicadas tanto en la versión impresa como en la electrónica de la revista.

 

III.F. Suplementos, monográficos y series especiales

Los suplementos son recopilaciones de artículos que tratan de temas relacionados entre sí, se publican de forma separada del resto de los números de la revista o como parte de uno de ellos y, generalmente, son financiados por fondos diferentes a los de la revista. Pueden servir a diferentes objetivos: educativos, intercambio de información, facilitar el acceso a determinados contenidos y mejorar la cooperación entre entidades académicas y corporativas. A causa de que las fuentes de financiación pueden sesgar el contenido de los suplementos a través de la elección de los temas y de sus puntos de vista, las revistas pueden tener en cuenta los siguientes principios, que también se pueden aplicar cuando se trate de series o de números especiales que tienen financiación externa y/o directores invitados.

1. La revista debería asumir la plena responsabilidad sobre las políticas, las prácticas y el contenido de los suplementos, incluyendo el control total de la decisión de publicar todas las partes del mismo. La edición por parte de las organizaciones financieras debería estar prohibida.

2. La revista debería conservar la autoridad para solicitar la evaluación externa por pares de los manuscritos dirigidos al suplemento. Estas condiciones deberían ser conocidas por los autores y directores externos de los suplementos antes de comenzar el proceso editorial.

3. La revista debe conocer y aprobar los compromisos de cualquier director/a externo del suplemento y asumir la responsabilidad del trabajo del mismo.

4. Las fuentes de financiación de la investigación, de la publicación y de los productos considerados en el suplemento deberían declararse claramente en un lugar destacado del mismo, preferiblemente en cada página. Siempre que sea posible, la financiación debería proceder de más de un patrocinador.

5. La publicidad incluida en los suplementos debería seguir las mismas normas que el resto de los números de la revista.

6. Las revistas deben facilitar que los lectores sean conscientes de la diferencia entre los números ordinarios y los suplementos.

7. Ni los directores/as de la revista ni los directores/as invitados deben aceptar favores personales o remuneraciones de los patrocinadores del suplemento.

8. Las publicaciones secundarias en los suplementos (publicación de artículos previamente publicados) deberían estar claramente identificadas mediante la citación del artículo original. Los suplementos deben evitar las publicaciones redundantes o duplicaciones. No deberían reeditar resultados salvo cuando procedan de guías u otro material de interés público.

9. A los suplementos se les debe aplicar los principios sobre autoría y posibles conflictos de interés redactados anteriormente en este documento.

 

III.G. Edición electrónica

Actualmente, la mayoría de las revistas son publicadas tanto en versión impresa como electrónica y algunas incluso sólo se editan en esta última forma. La edición electrónica (incluyendo internet) debe considerarse publicación desde todos los puntos de vista. En interés de la claridad y la consistencia, la información médica y de ciencias de la salud publicada en la red debe seguir, siempre que sea posible, las recomendaciones contenidas en este documento.

La naturaleza de la publicación electrónica requiere algunas consideraciones especiales. Los sitios web deben indicar como mínimo, lo siguiente: el nombre, las credenciales, la afiliación y los conflictos de interés relevantes del director/a, los autores/as y otros colaboradores/as; documentación y atribución de referencias y fuentes para todo el contenido. Información sobre los derechos de autor, declaración de la propiedad del sitio web, de los patrocinadores, de los anuncios y de la financiación comercial.

Los enlaces de un sitio web de contenido sanitario a otro sitio deben poder ser percibidos como recomendación de la calidad del segundo. Las revistas deben tomar precauciones en los enlaces a otros sitios. Cuando los usuarios los utilizan debería proporcionárseles un mensaje explícito de que abandonan la página web de la revista.

Si los enlaces son establecidos como resultado de consideraciones financieras se deberá indicar convenientemente. Ni en las versiones electrónicas ni en las impresas se deben mezclar la publicidad y los mensajes de promoción con el contenido editorial, y el contenido comercial debe estar claramente identificado como tal.

Teniendo en cuenta que la publicación electrónica es dinámica, las revistas deben desarrollar y cumplimentar normas de exclusiva aplicación a este tipo de edición. Éstas incluirán las formas de archivo, de fe de erratas, del control y elección de la versión impresa o electrónica como registro de la revista, la publicación de material secundario y la publicación electrónica.

 

III.H. Publicidad

La mayoría de las revistas médicas llevan anuncios que generan ingresos económicos para los anunciantes pero no deberían influir en las decisiones editoriales. Tanto en su versión impresa como en la electrónica las revistas deben dar a conocer su política sobre publicidad. Los sitios web que la contengan deben hacerlo de forma tan similar como sea posible a la versión impresa. Las revistas deben tener la responsabilidad plena y última para aceptar anuncios y diseñar su política de publicidad. Cuando existan instancias independientes para la revisión de los anuncios los directores/as de las revistas deben poder opinar.

Los lectores deben poder distinguir entre el material publicitario y el científico. Se debe evitar la yuxtaposición de ambos. Intercalar las páginas de los anuncios entre las de los artículos desanima a los/as lectores/as porque interrumpe la lectura del contenido científico, por lo que se aconseja no hacerlo. Los anuncios no deben ser contratados en condiciones que les permitan aparecer en el mismo número que un artículo en particular.

Las revistas no deberían estar dominadas por la publicidad, y deben vigilar que no haya anuncios de uno o dos anunciantes solamente, ya que los lectores pueden interpretar que están influyendo sobre el director/a.

No se deben incluir anuncios de productos de los que esté probado que son dañinos para la salud, como el tabaco. Se debe garantizar el cumplimiento de las normas generales o específicas que existan en cada país, o desarrollar normas propias. El interés de las organizaciones o agencias no debería controlar los anuncios clasificados o no, excepto cuando se requiera legalmente. Finalmente, las revistas deben tener en cuenta todas las opiniones sobre la publicación de anuncios.

 

III.I. Revistas médicas y medios de comunicación

El interés del público en las noticias sobre los resultados de las investigaciones médicas ha conducido a los medios de comunicación a competir fuertemente por ofrecer la información tan pronto como sea posible. Los investigadores y las instituciones a veces promocionan la información de resultados en medios no médicos antes de su completa publicación en una revista científica, convocando ruedas de prensa o concediendo entrevistas.

El público tiene derecho a la información médica importante sin retraso injustificado y las revistas tienen un papel que jugar en este proceso. En principio las revistas biomédicas se publican para lectores especializados, pero el interés de la población general en su contenido es igualmente legítimo. Por consiguiente, en la interacción de las revistas con los medios de comunicación debería primar un equilibrio apropiado entre estos intereses. Los clínicos necesitan disponer de información detallada antes de que puedan advertir a los pacientes sobre las conclusiones de las investigaciones. Además, los informes en los medios de comunicación de los resultados de las investigaciones científicas antes de que el trabajo haya sido evaluado y plenamente publicado podrían conducir a la divulgación de conclusiones inexactas y prematuras.

En algunos países se ha establecido un sistema para prevenir la publicación de noticias médicas en los medios de comunicación antes de que se publique un artículo original sobre el mismo tema. Esta prohibición crearía la posibilidad de competir en igualdad de condiciones para ambas partes, algo que la mayoría de los reporteros aprecian ya que minimiza la presión que sufren para publicar noticias que no tienen tiempo de preparar cuidadosamente. La consistencia en el tiempo de la información biomédica publicada es también importante a la hora de minimizar el caos económico, ya que algunos artículos contienen información con grandes influencias en los mercados financieros. Por otra parte, esta prohibición ha sido denunciada por estar al servicio de los intereses de la revista, impidiendo con ella la rápida divulgación de la información científica.

Las siguientes recomendaciones podrían ser útiles para las revistas a la hora de establecer la política editorial:

1. Las revistas pueden favorecer la divulgación ordenada de la información médica procedente de las investigaciones a través de la revisión por pares. A ello se puede llegar por un acuerdo con los autores/as consistente en que no publicarán su trabajo mientras el manuscrito esté siendo evaluado o esperando ser publicado, y un acuerdo con los medios de comunicación consistente en no redactar las noticias antes de su publicación en la revista. En contrapartida la revista cooperará con ellos en la preparación de noticias seguras.

2. Los directores o directoras deben ser conscientes de que un sistema de prohibición es útil para que se respete el acuerdo, aunque no existan acuerdos formales. La decisión de no respetarlo por parte de un número significativo de medios de comunicación o de revistas biomédicas podría conducir a su rápida desaparición.

3. Muy poca investigación médica tiene consecuencias clínicas claras y urgentes para la salud, de forma que se justifique que las noticias tengan que ser distribuidas antes de su publicación en una revista. En circunstancias excepcionales, sin embargo, las autoridades responsables de la salud pública deberían decidir y responsabilizarse de la difusión de la información a los clínicos y a los medios de comunicación.

4. Si el autor/a y las autoridades competentes desean tener un artículo considerado por una revista en particular el director/a debería ser consultado antes de hacer pública cualquier noticia. Si acepta la necesidad de la urgencia de la publicación, la revista debería suspender para ese caso concreto las normas que limitan la publicación en los medios de comunicación.

Estas normas no se deberían aplicar a los medios de comunicación que asisten a las presentaciones de reuniones científicas o a los resúmenes procedentes de las mismas (ver publicación redundante). Los investigadores que presentan sus trabajos a reuniones científicas deberían sentirse libres de discutirlos con los periodistas, aunque sin ofrecer detalles acerca del estudio que no se hayan presentado en la conferencia.

Cuando un artículo está aceptado para ser publicado las revistas deberían ayudar a los medios de comunicación a preparar los reportajes sobre su contenido, proporcionando la redacción de la noticia, las respuestas, facilitando copias del trabajo o dirigiendo a los periodistas a la persona indicada. La mayoría de corresponsales responsables encuentran este tipo de asistencia útil para su trabajo de publicar noticias actualizadas coincidiendo con la publicación del artículo.

Las revistas, los autores/as y los medios de comunicación podrían aplicar estos principios al material publicado primero en las versiones electrónicas de las revistas.

 

IV. PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL TRABAJO

IV.A. Preparación del manuscrito para su presentación a la revista

Los directores/as y revisores/as pasan varias horas leyendo los manuscritos y por lo tanto agradecen que los trabajos que reciben sean fáciles de leer y editar. Mucha de la información en las instrucciones a los autores/as en las revistas están diseñadas para alcanzar estos objetivos manteniendo las necesidades editoriales de cada revista en particular. Las normas que siguen proporcionan instrucciones para preparar los trabajos en cualquier revista.

 

IV.A.1.a. Principios generales

El texto de los artículos redactados a partir de investigaciones observacionales y experimentales está generalmente, aunque no necesariamente, dividida en secciones denominadas introducción, métodos, resultados y discusión. Esta estructura llamada IMRAD no es arbitraria sino más bien el reflejo del proceso de la investigación científica. Debido a su amplitud, el texto de los originales requiere ser subdividido en secciones, especialmente las relativas a los resultados y la discusión, con el fin de clarificar su contenido. Otro tipo de artículos, como los informes de casos, las revisiones y los editoriales, necesitarán probablemente formatos diferentes.

La publicación electrónica ha creado la oportunidad de agregar detalles o secciones completas, añadiendo información, creando enlaces, quitando partes de artículos, etcétera. Los autores necesitan trabajar de forma cercana a las revistas para desarrollar y utilizar estos nuevos formatos de publicación y deberían facilitar el material para su posible utilización suplementaria durante la revisión por pares.

Utilizar márgenes amplios y escribir a doble espacio todas las secciones del manuscrito, incluyendo la portada, el resumen, el texto, los agradecimientos, las referencias, las tablas y leyendas, posibilita incorporar comentarios y preguntas directamente en la copia del artículo. Si el manuscrito se remite en versión electrónica los archivos deberían estar escritos también a doble espacio, ya que puede ser necesario imprimirlos para su revisión y edición.

Durante el proceso editorial los directores/as y los revisores necesitan a menudo referirse a partes específicas del manuscrito, lo que es difícil a menos que las páginas vayan numeradas. Los autores/as deben numerar consecutivamente todas las páginas del manuscrito empezando por la portada.

 

IV.A.1.b. Guía para el diseño de estudios especiales

Los informes de los resultados de las investigaciones a menudo omiten información que es importante. Los requisitos generales relacionados en la siguiente sección incluyen los elementos esenciales que se deben proporcionar de los diseños de estudios. Los autores/as deben consultar además las normas relevantes relativas a su diseño. Los informes para ensayos clínicos deberían referirse a la declaración CONSORT (www.consort-statement.org). Estas normas proporcionan un conjunto de recomendaciones que comprenden una lista de ítems y un diagrama de flujo por caso. Las guías han sido desarrolladas para diferentes tipos de diseños y algunas revistas pueden exigir que los autores las sigan. Los autores deberían consultar la información de la revista que hayan elegido.

 

IV.A.2. Portada

Debe llevar la siguiente información

1. Título del artículo. Los títulos concisos son más fáciles de leer que los largos y complejos. Sin embargo los títulos demasiado cortos podrían ofrecer poca información sobre el diseño del estudio, lo que es particularmente importante al identificar un ensayo clínico. En el título se debe incluir toda la información que haga posible la localización electrónica del artículo, por lo que se debe tener en cuenta tanto la sensibilidad como la especificidad de la información necesaria para las búsquedas.

2. Los nombres de los autores y las instituciones en las que trabajan. Algunas revistas publican el máximo grado académico de cada autor, mientras otras no lo hacen

3. El nombre del departamento y de las instituciones a las que se puede atribuir el trabajo.

4. Los rechazos anteriores del trabajo por otras revistas si los hubiera.

5. La dirección para correspondencia. El nombre, dirección postal, número de teléfono y de fax, y dirección electrónica del autor responsable para la correspondencia relacionada con el manuscrito. Éste no tiene por qué coincidir con el garante de la integridad del estudio, si es que alguien debe estar identificado como tal. El autor/a para la correspondencia debe indicar si se debe o no publicar su correo electrónico.

6. El nombre y la dirección para solicitar separatas o una declaración de que no se dispondrá de ellas.

7. Los recursos utilizados en forma de subvenciones, equipos, fármacos, o similares.

8. Un subtítulo. Algunas revistas lo utilizan a pie de página, generalmente escrito con no más de 40 caracteres incluyendo los espacios. Se publican en la mayoría de las revistas, pero a veces también se utilizan en las editoriales para archivar y localizar los trabajos.

9. Número de palabras. Solamente las contenidas en el texto, por lo que deben excluirse de este recuento el resumen, los agradecimientos, las tablas, las figuras y la bibliografía, lo que permite evaluar si la información contenida en el artículo cumple con la extensión permitida y el límite del número de palabras. También es útil especificar por separado el número de palabras del resumen.

10. El número de tablas y figuras. A menos que este dato figure en la portada, tanto para la revista como para los revisores es difícil saber si el número de tablas y figuras que deben acompañar al trabajo están realmente incluidas.

 

IV.A.3. Declaración de conflictos de interés

Para asegurar la información sobre posibles conflictos de interés de los autores/as es necesario que haya una página dedicada a ello. Debería por tanto incluirse inmediatamente después de la portada. Sin embargo algunas revistas señalan en qué lugar quieren que se proporcione esta información y no todas la envían a los revisores/as (Ver Sección II.D. Conflictos de interés)

 

IV.A.4. Resumen y palabras clave

Lo siguiente a la portada debería ser el resumen. Su longitud y estructura varía dependiendo de la revista. Deberá contener el fundamento del estudio y especificar los objetivos, la metodología básica (selección de las personas participantes o de los animales de laboratorio, y los métodos descriptivos y analíticos), los principales resultados (su valor en número y si es posible su significación estadística) y las principales conclusiones. En él se deben destacar los aspectos importantes del estudio o de sus observaciones.

A causa de que los resúmenes son la única parte del artículo indizada por algunas bases de datos electrónicas y lo único que algunos lectores leen, se debe cuidar que el contenido del mismo refleje fielmente el del artículo. Desafortunadamente algunos resúmenes no son coherentes con el artículo al que se refieren6. El formato de un resumen estructurado difiere de unas revistas a otras y algunas de ellas utilizan diferentes estructuras para los diferentes tipos de trabajos. Los resúmenes deben ser preparados, pues, según las indicaciones de la revista elegida.

Algunas revistas requieren que tras el resumen se proporcionen de tres a diez palabras clave o frases cortas que permitan localizar el artículo en las búsquedas bibliográficas. Ello ayuda también a las personas que indexan el artículo y suelen publicarse con los resúmenes. Los términos usados deben estar incluidos Medical Subject Headings (MeSH) o en el Index Medicus. Los términos de reciente introducción podrán ser utilizados aunque no estén disponibles todavía.

 

IV.A.5. Introducción

Proporciona el contexto y justificación del estudio, esto es, la naturaleza del problema y sus consecuencias. Contiene el objetivo específico de la investigación o las hipótesis estudiadas. El objetivo es a menudo más concreto cuando se trata de una pregunta. Deberían especificarse tanto los objetivos principales como los secundarios y describirse cualquier subgrupo específico de análisis. Debe contener estrictamente las referencias pertinentes y no incluir datos o conclusiones del trabajo que se presenta.

IV.A.6. Métodos

La sección de métodos debería incluir sólo la información disponible en el momento de escribir el artículo. Cualquier información obtenida durante la realización de la investigación corresponde a la sección de resultados.

 

IV.A.6.a. Selección y descripción de los
participantes

Hay que describir claramente la selección de los participantes en la investigación incluyendo a los controles, tanto si se trata de personas como de animales de laboratorio. Se deben especificar los criterios de inclusión y exclusión, así como la descripción de la población de origen. A causa de que la relevancia de variables como la edad y el sexo no está siempre clara para el objetivo del estudio, se debe explicar su uso si se incluyen. Por ejemplo, se debe justificar por qué fueron incluidos sólo sujetos de determinada edad o por qué fueron excluidas las mujeres. Deberían estar claros los principios acerca de cómo y por qué un estudio está hecho de una determinada manera. Cuando se utilizan variables como la raza o la etnia se debe definir cómo han sido medidas y justificar su relevancia.

 

IV.A.6.b. Información técnica

Hay que identificar los métodos, aparatos (figurando entre paréntesis los nombres de los fabricantes y su dirección), y todos los procedimientos con los detalles suficientes que permitan a otros investigadores reproducir el estudio. Se deben dar referencias de los métodos incluyendo los métodos estadísticos (ver más abajo). Proporcionar referencias y descripciones breves para aquéllos que aunque hayan sido publicados no sean bien conocidos. Describir sus modificaciones sustanciales, razonar por qué se han utilizado, y evaluar sus limitaciones. Se deben identificar de forma precisa todos los medicamentos y productos químicos utilizados, incluyendo su nombre genérico, las dosis y las vías de administración.

Se incluirá una sección en la que se describa la forma de localizar, seleccionar, extraer y sintetizar los datos. Estos métodos deben estar también en el resumen.

 

IV.A.6.c. Análisis estadístico

Los métodos estadísticos se deben describir con suficiente detalle como para permitir a un lector especializado el acceso a los datos originales para verificar los resultados. Cuando sea posible los hallazgos se deben cuantificar y presentarlos con los oportunos indicadores de medidas de error o incertidumbre (como el intervalo de confianza) se debe evitar utilizar un único test de hipótesis, como el uso de valores de la p, lo cual es erróneo para indicar información suficiente acerca del tamaño de la muestra. Las referencias sobre el diseño del estudio y los métodos estadísticos deberían ser estándar siempre que sea posible (incluyendo los números de página). Los términos estadísticos, las abreviaturas y los símbolos se deben definir, así como especificar el programa informático utilizado.

 

IV.A.7. Resultados

Los resultados se deben presentar de manera lógica en el texto, en las tablas y en las ilustraciones, proporcionando primero los principales hallazgos. No se deben repetir en el texto los datos de las tablas o de las figuras. Se deben resumir o destacar sólo las observaciones más importantes. Los detalles técnicos y materiales pueden ser descritos en un apéndice para que estén accesibles sin interrumpir la lectura. Una alternativa es publicarlos solo en la versión electrónica de la revista.

En la sección de resultados los datos se deben dar en forma numérica, pero no sólo como porcentajes sino en forma de valores absolutos de los cuales derivan; hay que especificar los métodos estadísticos utilizados para analizarlos. Las tablas y figuras se deben restringir a las necesarias para explicar el fundamento del artículo y evaluar su soporte. Se deben utilizar figuras como alternativa a las tablas de doble entrada, y no duplicar los datos en las figuras y tablas. Se debe evitar la utilización no técnica de términos estadísticos, como aleatorio (que implica randomización), normal, significativo, correlaciones y muestra.

Cuando esté científicamente indicado el análisis de los datos de variables como edad y sexo debe estar incluido.

 

IV.A.8. Discusión

Esta sección debe enfatizar los aspectos nuevos e importantes que aporta la investigación y las conclusiones que se derivan de ella. No se deben repetir en detalle los datos ni otro material ya descrito en la introducción o en los resultados. Para los estudios experimentales es útil comenzar la discusión resumiendo brevemente los principales resultados, explorando sus posibles explicaciones, compararlos y contrastarlos con los de otros estudios relevantes, establecer las limitaciones de la investigación y explorar las implicaciones de estos resultados para futuras investigaciones o aplicaciones clínicas.

Las conclusiones deben estar relacionadas con los objetivos del estudio para evitar hacer afirmaciones y conclusiones que no se fundamenten en los resultados. En particular se debe evitar hacer declaraciones sobre beneficios económicos y costes, a menos que el manuscrito incluya un adecuado análisis económico de los datos. No se deben reclamar prioridades ni hacer alusiones a que el trabajo no está completo. Cuando estén justificadas hay que establecer nuevas hipótesis pero denominándolas claramente como tales.

 

IV.A.9. Referencias

IV.A.9.a. Consideraciones generales sobre las referencias

Aunque las referencias a artículos de revisión pueden ser una manera práctica de dirigir a los lectores a un cuerpo de literatura, éstos no siempre reflejan adecuadamente el trabajo original. Siempre que sea posible se debe proporcionar la referencia original de un trabajo. Por otra parte, relaciones muy exhaustivas de referencias al trabajo original resultan excesivas. Un número pequeño de referencias para ubicar un artículo original a menudo será tan útil como un número mayor, particularmente teniendo en cuenta que las referencias pueden ser añadidas en la versión electrónica de publicaciones en papel, y las búsquedas electrónicas permiten a los lectores encontrar las publicaciones de forma rápida.

Se debe evitar utilizar resúmenes como referencias. Las referencias a trabajos aceptados pero no publicados todavía deben designarse como «en prensa» o «de próxima publicación». Los autores/as deberían tener autorización escrita para citar estos artículos, así como la confirmación de que están aceptados. La información sobre manuscritos presentados pero que no han sido aceptados debe ser citada en el texto como «observaciones no publicadas», con autorización escrita de la fuente.

En las referencias hay que evitar utilizar expresiones del tipo «comunicación personal», a menos que ello proporcione información esencial no disponible, en cuyo caso deben aparecer entre paréntesis el nombre de la persona y la fecha de la comunicación. Cuando se trate de artículos científicos se debe disponer de autorización escrita y confirmación de la idoneidad de la fuente de una comunicación personal para poder citarla.

Algunas revistas examinan la adecuación de todas las referencias, pero no todas lo hacen, dando lugar a la posibilidad de que la versión publicada de los artículos contenga errores de citación. Para minimizarlos, los autores/as deben verificar las referencias de los documentos originales.

 

IV.A.9.b. Estilo y formato de las referencias

El estilo de los requisitos de uniformidad está basado en los estándares ANSI adaptados por las bases de datos de la Biblioteca Nacional de Medicina (NLM)7. Los ejemplos de los formatos de referencias se pueden consultar en la dirección nlm.nih.gov/ bsd/uniform_requirements.html.

Las referencias se deben numerar consecutivamente según el orden de aparición en el texto. La identificación de las referencias, tablas y figuras debe realizarse con números arábigos entre paréntesis. Las referencias que sólo aparecen en tablas o figuras se numerarán de acuerdo con la secuencia establecida para la primera identificación en el texto de la tabla o figura que se trate. Los títulos de las revistas deben aparecer abreviados según el estilo utilizado en el Index Medicus. Se debe consultar la lista de revistas indizadas en el List of Journals Indexed in Index Medicus, publicado anualmente como una separata por la biblioteca e incluido como una relación en el número de enero del Index Medicus. También se puede consultar en la página web de la NLM (http://www.nlm.nih.gov).

La forma en que las revistas piden las referencias de versiones electrónicas varía de unas a otras, pudiendo ser entre paréntesis en el texto o numeradas consecutivamente tras el texto, por lo que se debe consultar cómo hacerlo en cada caso.

 

IV A.10. Tablas

Las tablas deben contener información concisa y hacerlo de forma práctica, proporcionando el nivel de detalle y precisión necesarios. Es preferible incluir los resultados en las tablas que hacerlo en el texto, pues permite reducir la extensión de un artículo.

Cada tabla debe aparecer en una hoja y estar diseñada a doble espacio. Debe numerarse consecutivamente según su citación en el texto e ir provista de un breve título.

No se deben utilizar líneas verticales u horizontales. Cada columna debe llevar una identificación o nombre. Las explicaciones necesarias se deben hacer en forma de nota a pié de página, nunca en las cabeceras. Cada nota y abreviatura debe llevar su explicación correspondiente. Para cada nota deben utilizarse los siguientes símbolos: *,†,‡,§,||, ¶,**,††,‡‡

Las medidas estadísticas como la desviación estándar, el error estándar o la media, así como sus variaciones, deben estar claramente identificadas.

Cada una de las tablas debe estar citada en el texto.

Si se utilizan resultados de una fuente no publicada se debe incluir la autorización correspondiente y expresarlo en los agradecimientos.

Aunque podría ser apropiado publicar tablas exhaustivas adicionales, es mejor hacerlo en la versión electrónica de la revista en forma de archivo o ponerlas a disposición de los lectores directamente, informando de ello convenientemente en el texto. Estas tablas deben remitirse con el artículo de manera que estén disponibles para la revisión por pares.

 

IV.A.11. Ilustraciones (figuras)

Las figuras deben estar elaboradas de forma profesional o ser remitidas en formato digital. Algunas revistas solicitan los ficheros electrónicos en un determinado formato (JPEG o GIF), lo que permite mayor calidad en las imágenes de la versión electrónica. Se deben revisar las imágenes de estos ficheros antes de remitirlas para asegurarse de que tienen la calidad apropiada.

De las imágenes de radiografías, escáneres, y otras técnicas diagnósticas por imagen, así como las fotografías de productos patológicos o las microfotografías se deben enviar copias nítidas, en blanco y negro o color. Las medidas de la imagen deben ser de 127x173 mm. Aunque algunas revistas vuelven a elaborar las figuras, no todas lo hacen. Las letras, los números o los símbolos sobre las figuras deben ser claros, uniformes y de tamaño suficiente para que cuando sean reducidas al ser editadas en la imprenta cada ítem permanezca legible. Las figuras deben autoexplicarse lo más posible, ya que algunas podrían ser utilizadas en presentaciones. Los títulos y las explicaciones de las leyendas no deben aparecer sobre las ilustraciones.

Las microfotografías deben indicar la escala utilizada. Los símbolos, flechas, o letras utilizados en ellas deben destacarse suficientemente del fondo.

Si se utilizan fotografías de personas éstas no deben ser identificables o, en caso contrario, ir acompañadas de la autorización escrita para su utilización (ver Sección III. D..4.a). Debe aportarse cualquier autorización que sea necesaria para la publicación.

Las figuras deben ir numeradas de forma consecutiva según el orden en que han sido citadas en el texto. Si una figura ha sido publicada previamente se deben hacer las referencias oportunas a la fuente original e incluir la autorización escrita del poseedor de los derechos de autor para reproducir el material. También se requiere autorización de los autores/as o de las revistas, excepto si se trata de documentos de dominio público.

Las ilustraciones en color pueden ser solicitadas en forma de negativos, trasparencias o copias en papel. Será útil indicar la región que debe ser reproducida. Algunas revistas publican ilustraciones en color sólo si el autor paga los gastos que ello supone.

Se aconseja consultar las instrucciones de cada revista acerca de estos requisitos para las figuras remitidas en formato electrónico.

 

IV A.12. Leyendas de las ilustraciones (figuras)

Cada ilustración debe tener su título escrito a doble espacio, en página a parte y estar numerada con números arábigos. Cuando existan símbolos, flechas, números o letras para identificar diferentes partes de la ilustración se deben explicar cada uno de forma clara en la leyenda, así como su escala, e indicar el método utilizado en las microfotografías de color.

 

IV.A.13. Unidades de medida

Las medidas de longitud, altura, peso y volumen se deben expresar en unidades métricas (metros, kilogramos, o litros) o sus múltiplos y decimales.

La temperatura se debe expresar en grados Celsius. La presión sanguínea en milímetros de mercurio, a menos que una revista en particular especifique otras unidades.

Las unidades de las determinaciones hematológicas, bioquímicas y otras pueden variar dependiendo de la revista. Se aconseja consultar las normas en cada una de ellas y proporcionar información sobre las características del laboratorio en relación a los sistemas de unidades, tanto locales como internacionales (SI). Ya que las unidades SI no son universalmente utilizadas las revistas podrían exigir que se añadan las alternativas o unidades no-SI. Las concentraciones de fármacos pueden ser expresadas tanto en SI como en unidades de peso, pero cuando así se requiera la alternativa se proporcionará entre paréntesis.

 

IV.A.14. Abreviaturas y símbolos

Se deben utilizar únicamente las abreviaturas estándar. Lo contrario puede confundir durante la lectura. No se deben utilizar abreviaturas en el título. Salvo si se trata de unidades de medidas, cada abreviatura debe ir precedida por los términos completos a los que corresponden.

 

IV.B. Presentación del trabajo a la revista

Actualmente, un número creciente de revistas aceptan recibir los trabajos en formato electrónico, ya sea en disquete, como archivo adjunto en un correo electrónico o bajándolo directamente de internet. Este tipo de envío ahorra tiempo y gastos de correo postal, y permite disponer del manuscrito en versión electrónica para el proceso editorial (por ejemplo cuando se solicitan las evaluaciones). Al presentar un trabajo en este formato se deben consultar las instrucciones de la revista elegida.

Si un trabajo es remitido en forma impresa se deben enviar el número de copias necesarias para la revisión por pares y la edición sin esperar a que la editorial las solicite.

Se debe adjuntar un sobre que contenga la siguiente información:

- Una declaración completa acerca de cada presentación e informes previos que pudiera producir una publicación redundante del mismo trabajo u otro similar. Dicho trabajo debería estar referenciado específicamente en el que se está presentando. Debería incluirse una copia de cada material relacionado con el artículo con el fin de ayudar al director a tomar las decisiones oportunas.

- Una declaración de que el manuscrito ha sido leído y aprobado por cada uno de los autores/as, que son respetados los requisitos de autoría especificados anteriormente en este documento, y que cada autor/a cree que el manuscrito es fruto de un trabajo honesto, siempre que esta información no haya sido proporcionada de otra manera (ver más abajo), y

- Nombre, dirección y teléfono del autor/a designado para la correspondencia, quien será responsable de las comunicaciones con el resto de los autores/as sobre las revisiones y aprobación final de las pruebas de imprenta, si el manuscrito no incluye ya esta información.

La carta debe contener cualquier información adicional que pueda ser útil, como el tipo o formato del artículo en la revista a la que el manuscrito se presenta. Si el manuscrito ha sido evaluado previamente por otra revista sería útil incluir los comentarios del director/a y revisores/as anteriores, así como las respuestas de los autores/as a estos comentarios. Remitir estas comunicaciones anteriores acelerará el nuevo proceso de revisión.

Actualmente algunas revistas proporcionan un protocolo para revisar antes de la presentación del manuscrito todos los ítems requeridos, con el fin de asegurarse de que se cumplen. También algunas revistas requieren rellenar el protocolo para los informes de ciertos tipos de estudio (protocolo CONSORT para informes de ensayos clínicos controlados). Si la revista utiliza este tipo de protocolos se deben enviar junto con el manuscrito.

Deben adjuntarse copias de cualquier autorización para reproducir material ya publicado, ilustraciones o informaciones acerca de la identificación de personas, o de aquéllas cuyo nombre aparezca por haber colaborado en el trabajo.

 

V. REFERENCIAS

V A. Referencias citadas en este documento

1. Davidoff F for the CSE Task Force on Authorship. . Who's the Author? Problems with Biomedical Authorship, and Some Possible Solutions. Science Director. July-August 2000: Volume 23 - Number 4: 111-119.         [ Links ]

2. Yank V, Rennie D. Disclosure of researcher contributions: a study of original research articles in The Lancet. Ann Intern Med. 1999 Apr 20;130(8):661-70.         [ Links ]

3. Flanagin A, Fontanarosa PB, DeAngelis CD. Authorship for research groups. JAMA. 2002;288:3166-68.         [ Links ]

4. Peer Review in Health Sciences. F Godlee, T Jefferson. London: BMJ Books, 1999.         [ Links ]

5. World Medical Association Declaration of Helsinki: ethical principles for medical research involving human subjects. JAMA. 2000 Dec 20;284(23):3043-5.         [ Links ]

6. Pitkin RM, Branagan MA, Burmeister LF. Accuracy of data in abstracts of published research articles. JAMA. 1999 Mar 24-31;281(12):1110-1.         [ Links ]

7. Patrias K. National Library of Medicine recommended formats for bibliographic citation. Bethesda (MD): The Library; 1991.         [ Links ]

 

V. B. Otras fuentes de información relativas a revistas biomédicas

- World Association of Medical Directors (WAME) www.WAME.org

- Council of Science Directors (CSE)
www.councilsciencedirectors.org

- European Association of Science Directors (EASE) www.ease.org.uk

- Society for Scholarly Publishing (SSP) www.ssp.net

- Cochrane Collaboration www.cochrane.org

- The Mulford Library, Medical College of Ohio www.mco.edu/lib/instr/libinsta.html

 

VI. ACERCA DEL COMITÉ INTERNACIONAL DE DIRECTORES DE REVISTAS BIOMÉDICAS

El comité Internacional de Directores de Revistas Médicas es un grupo de directores/as de revistas de medicina general que se reúnen anualmente y fundamentan su trabajo sobre los requisitos de uniformidad para manuscritos. El CIDRM agradecerá recibir comentarios y sugerencias sobre este documento.

 

VII. REVISTAS Y ORGANIZACIONES QUE PARTICIPARON EN LA REDACCIÓN DEL PRESENTE DOCUMENTO

Las revistas participantes y las organizaciones a las que representan, que en junio de 2003 aprobaron la revisión del contenido de los requisitos de uniformidad son: Annals of Internal Medicine, Canadian Medical Association Journal, Croatian Medical Journal, Journal of the American Medical Association, Nederlands Tijdschrift voor Geneeskunde, New England Journal of Medicine, New Zealand Medical Journal, The Lancet, The Medical Journal of Australia, Tidsskrift for Den Norske Llegeforening, Ugeskrift for Laeger, y the U.S. National Library of Medicine.

 

VIII. UTILIZACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y TRADUCCIÓN DE LOS REQUISITOS DE UNIFORMIDAD

Los usuarios de este documento están autorizados a imprimirlo, copiarlo y distribuirlo siempre que sea con objetivos educativos y sin ánimo de lucro. El CIDRM no dispondrá de copias para distribuir.

La política del Comité es animar a las organizaciones interesadas a ver el documento original en idioma inglés en la dirección www.ICMJE.org. El Comité no lo enviará por correo postal ni colocará el documento en páginas webs diferentes a la suya.

El Comité agradece la traducción sin ánimo de lucro del documento a idiomas diferentes al inglés. El Comité no dispone de recursos para traducir o aprobar las traducciones del documento. Por ello, cualquier traducción debe incluir de forma visible la siguiente declaración «Esta es una traducción al (el nombre del idioma) de los Requisitos de Uniformidad del Comité Internacional de Directores de Revistas Biomédicas elaborada por (nombre de la entidad responsable de la traducción) financiada con (nombre de la fuente de financiación si la hubiera). El Comité Internacional de Directores de Revistas Biomédicas no ha aprobado el contenido de esta traducción. La versión oficial de los requisitos de uniformidad se puede encontrar en la dirección www.ICMJE.org.

 

IX. CONSULTAS

Las consultas acerca de los requisitos de uniformidad deben dirigirse a Christine Laine, MD, MPH a la secretaría del Comité Internacional de Directores de Revistas Biomédicas, American College of Physicians, 190 N. Independence Mall West, Philadelphia, PA 19106-1572, USA. teléfono, 215-351-2660; fax 215-351-2644; correo electrónico claine@acponline.org. Se solicita no dirigir consultas particulares acerca del estilo de cada revista o sobre las políticas de la secretaría oficial del Comité Internacional de Directores de Revistas Biomédicas.

Creative Commons License All the contents of this journal, except where otherwise noted, is licensed under a Creative Commons Attribution License