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Cuadernos de Medicina Forense

On-line version ISSN 1988-611XPrint version ISSN 1135-7606

Cuad. med. forense vol.17 n.2 Málaga Apr./Jun. 2011

 

BIBLIOFILIA MÉDICO LEGAL

 

A. Galnares

Académico Numerario. Real Academia de Medicina de Sevilla. E-mail: doctorgalnares@yahoo.es

 

 

 

El Tratado de la Prueba en Materia Criminal de Mittermaier es un libro de indudable cabida en esta sección de la revista a pesar de su carácter jurídico, en razón de que la prueba pericial supone el modo básico de actuar de la Medicina Forense ante los tribunales de justicia. El interés de este libro se basa en su antigüedad, que lo sitúa a sólo treinta años del denominado libro antiguo, y en su intencional internacionalidad, derivada del subtítulo de Exposición Comparada de Principios y Aplicaciones, con el consiguiente valor puramente histórico de legislaciones locales hoy inexistentes (Prusia, Baviera, Baden-Würtemberg). El volumen ahora comentado reúne además la curiosidad de haber pertenecido a dos bibliotecas de los jesuitas de la provincia tarraconense (Residencia Barcinonensis y Collegium Barcinonense SJ) y de no constar el nombre del traductor, el cual figura solamente como un abogado del ilustre colegio de la Corte.

El mayor interés del texto se encuentra en los capítulos que tratan del examen pericial en España (que figura en un apéndice), de las reglas que deben seguirse cuando ha lugar el examen pericial y de los modos del examen pericial según las diferentes especies de crímenes.

Se citan las reglas enumeradas en número de catorce, entre las que destacan las que se corresponden con el llamamiento de los peritos, con la elección o la recusación de los mismos, con los exigibles conocimientos profesionales (es mejor que comadres elegir un hombre especial de mucha práctica y familiarización con la Obstetricia para los casos de infanticidio), con la preferencia para los envenenamientos de un químico o farmacéutico en lugar de un médico ordinario, con el número de profesores que conviene llamar, con la eventual obligatoriedad de actuar como perito, con garantía del juramento o de estar previamente juramentado, con la pertinencia o impertinencia de la presencia del juez en el examen pericial, con la vinculación de las pericias, con la evitación de la lentitud y repeticiones en los actos periciales, con los casos en que hubiera dudas de causalidad de daños con tratamientos precedentes médicos o quirúrgicos y con la conveniencia de consignar por escrito los resultados de las observaciones de autopsia. También se relacionan las diferencias del examen pericial según los casos sean de homicidio, infanticidio (docimasias), heridas (número, extensión y profundidad), discernimiento del inculpado y necesidad de comprobación de los hechos. En todo lo anterior, la antigüedad del texto en su modo de estar redactado no se contradice en ningún punto con lo que hoy podía haber sido escrito.

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