Navarra cuenta con el primer y más exhaustivo Registro de trabajadores expuestos laboralmente a amianto de las CCAA del país. En 1996 se constituyó un Registro sanitario con la cohorte de trabajadores con exposición documentada (Fichas de control ambiental) de los Servicios de Prevención. Tras la jubilación o abandono de la empresa, se comunican al Servicio Navarro de Salud_Osasunbidea (SNS_O) para la vigilancia de patología neumológica relacionada con la exposición a amianto.
Con una importante industria del motor, fundición y carrocería de trenes y autobuses, Navarra alcanzó en los años 70 y 80 un relevante efectivo de trabajadores expuestos, a crocidolita (amianto azul) en los primeros años y crisotilo (amianto blanco) después. A partir de su prohibición en 2001 existía una población que, en parte, permanecía en sus empresas, se había cambiado a otra, jubilada o la empresa había sido absorbida por multinacionales. De no haber implementado un registro poblacional, a pesar de la obligación de la empresa de conservar 40 años la información, podría haberse perdido.
En la actualidad en el Registro constan un total de 2858 trabajadores, 395 mujeres y 2463 hombres. La práctica totalidad ya no ocupan puestos de riesgo1. Simultáneamente, se estableció un sistema de vigilancia epidemiológica para la comunicación de casos de sospecha (patología pulmonar y mesoteliomas) de patología profesional2. Además, para mejorar el reconocimiento y la prestación como contingencia profesional se firmó un Convenio con el INSS para valorar previamente los casos por un grupo técnico mixto. Su trabajo ha hecho posible el reconocimiento de muchos casos. Otros han sido recurridos judicialmente. A continuación se describe uno cuestionado.
En mayo de 2016 recibimos la comunicación de un caso de patología pulmonar relacionada con la exposición a amianto. El trabajador estaba incluido en el Registro, con datos de mediciones higiénicas y de seguimiento sanitario. Había trabajado desde 1990 hasta 2007 en una empresa navarra de fabricación de frenos para automóviles y trenes que utilizó amianto hasta el año 1999. Constaba el puesto de "mezclas y materias primas", con exposición promedio de 0,25 fibras/cm3 (máximo de 0,31 fibras/cm3) lo que, consideraba al trabajador como "potencialmente expuesto" y obligaba a realizar reconocimientos médicos anuales. Posteriormente a su jubilación, se remitió al SNS_O.
El caso fue abordado en el Grupo técnico y el INSS declaró una Incapacidad Laboral Absoluta por enfermedad profesional y solicitó recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo. La empresa lo rechazó. El 30 de octubre de 2017 falleció a causa de un cáncer pulmonar con patología pulmonar intersticial previa. Había sido fumador.
En el acto del juicio, la empresa y entidad gestora aportaron como prueba para desestimar el origen profesional del daño y del pago de las prestaciones impuestas, el resultado de una necropsia en la que se encontró 425CF/gr de tejido seco de pulmón (CF cuerpos ferruginosos). La magistrada valoró la evidencia aportada: el efecto sinérgico del tabaco con la exposición, sobretodo en casos con asbestosis3) y la interpretación del resultado de la necropsia, y rechazó la demanda. Estos fueron los argumentos:
Los cuerpos de asbesto se forman a partir de fibras depositadas en el tracto respiratorio inferior que son revestidas con ferroproteina por macrófagos y forman cuerpos ferruginosos de apariencia, al microscopio óptico, como palillos de tambor (Figura 1).
A partir de muestras pulmonares necrópsicas o procedentes de piezas quirúrgicas, en BAL (lavado broncoalveolar) o esputo, se realiza un contaje. Resultados expresados como cuerpos de amianto (CA) o CF por gramo de tejido seco nº>1000 CA/g se consideran niveles causantes de la enfermedad4.
Esta técnica se ha estudiado en los últimos años para valorar la exposición de trabajadores y población general al amianto ambiental. Se ha propuesto cuando los datos de exposición laboral no son precisos y para estudio en población general.
En el primer estudio en población trabajadora española5, con enfermedad relacionada, se encontraron en 29 de los 30 varones de astilleros de Ferrol valores superiores a 1000 CA/g pulmón seco. Sin embargo, muchos otros estudios de ámbito internacional no han sido concluyentes, el rápido aclarado del crisotilo en los pulmones explica la ausencia de CF/CA incluso a los pocos meses del cese de la exposición.
Estas evidencias se han considerado en guías de referencia "Guidelines ERS Working Group" de 1998 primero6) y en los "Criterios de Helsinki" de 2014 después7.
Aunque conocemos casos recientes en los que que afortunadamente el resultado de la autopsia ha ayudado a su reconocimiento8, a modo de conclusión, con este caso ilustramos que es necesariasu interpretación correcta:
Los resultados positivos pueden confirmar exposición pasada pero los negativos NO han de tenerse en cuenta cuando la exposición ha sido fundamentalmente a crisotilo dada la conocida baja persistencia a lo largo del tiempo en tejidos.
Así, un resultado NEGATIVO no permite excluir una exposición, máxime si existe una historia laboral conocida o referida por el trabajador.
Es necesario difundir esta evidencia científica y trasladar al poder judicial que el resultado negativo de que una autopsia y pasados años, no es probatorio de que no hubiera habido exposición, sobre todo a crisotilo.
Cuando existan, los Registros sanitarios de trabajadores avalan la exposición y han de servir de ejemplo a los países que aún no han prohibido su utilización (Brasil, Mexico, antigua URSS, asiáticos… )
Hay que reforzar y mejorar la calidad de los Registros laborales poblacionales en España9,10.