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FEM: Revista de la Fundación Educación Médica

On-line version ISSN 2014-9840Print version ISSN 2014-9832

FEM (Ed. impresa) vol.20 n.1 Barcelona Feb. 2017  Epub Aug 16, 2021

https://dx.doi.org/10.33588/fem.201.876 

EDITORIAL

¿Qué opinan los expertos en educación médica sobre la sentencia de la troncalidad?

Arcadi Gual1  , Jordi Palés-Argullós2  , Felipe Rodríguez de Castro3 

1Secretario de SEDEM

2Director de FEM

3Presidente de SEDEM

Desde hace años –nuestra memoria se remonta a los años ochenta y noventa– ha sido una constante justificar la necesidad de modificar el sistema de formación especializada para hacerlo más plástico y más adaptable a los requerimientos del Sistema Nacional de Salud (SNS). Poco a poco, esta reforma, universalmente deseada, fue tomando cuerpo al proponerse la necesidad de definir espacios comunes entre las diferentes especialidades con la idea no sólo de mejorar la formación, sino también de optimizar los recursos del SNS. No es fácil recordar cuándo o quién utilizó por primera vez el término ‘troncalidad’ para referirse a todo este proceso, pero fue en sus primeras etapas cuando esos deseados espacios comunes entre las especialidades se transformaron en lo que hoy conocemos como ‘troncos’. El bautismo oficial del término ‘troncalidad’ lo dio la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS) en su artículo 19, apartado 2: ‘Las especialidades en ciencias de la salud se agruparán, cuando ello proceda, atendiendo a criterios de troncalidad. Las especialidades del mismo tronco tendrán un período de formación común de una duración de dos años’.

¡Troncos de dos años! ¡Qué sagacidad la del legislador que fue capaz de precisar la duración exacta de los espacios comunes de las especialidades (actualmente 59) sin haber definido previamente ni sus competencias ni sus programas formativos! Primer error.

Pero sigamos el hilo sociológico del proceso de la troncalidad. Transcurrida la primera fase, en la que esos teóricos espacios comunes eran visualizados por casi todos con no poco entusiasmo, nos adentramos en una segunda etapa en la que, una vez publicada la LOPS, estos espacios comunes tendrían que dejar de ser composiciones teóricas para convertirse en estructuras reales. La actitud general, explicitada sólo en algunos ámbitos pero interiorizada en una gran mayoría, se transformó de forma manifiesta y la troncalidad comenzó a contemplarse como un problema cuando no como un peligro. Nos atreveríamos a decir que, en la primera década de este siglo, la opinión general que se tenía en el país sobre la troncalidad se podría resumir con esta frase: ‘la troncalidad está muy bien para la mayoría de las especialidades, pero para mi especialidad no es lo mejor’. Ese runrún, más o menos evidente, no pasó de rumor durante el largo período transcurrido entre la publicación de la LOPS (año 2003) y el Real Decreto de troncalidad (año 2014). Aun aceptando la complejidad del proceso, once años para poner en marcha la troncalidad –¡más de una década!– parece un período demasiado largo en el que es fácil avivar rumores e incitar la defensa espuria de intereses. Segundo error.

Pero llega el RD 639/2014 y hay que ponerse en marcha. Hacer dos cosas a la vez no es tarea sencilla, pero simultanear tres o más debe ser aún más difícil. Esa es precisamente la ingente tarea a la que nos hemos enfrentado en los últimos dos años: definir las competencias transversales, las troncales y las específicas; precisar metodologías de evaluación y hacer que el nivel competencial de las especialidades sea homologable con el de nuestros socios europeos; estructurar nuevas unidades docentes –ha de subrayarse lo de ‘nuevas’– donde adquirir no sólo las competencias establecidas, sino donde se agrupen profesionales que proceden de diferentes grados (licenciaturas) y que desarrollarán distintas especialidades; formar tutores para los troncos y pa­ra las especialidades, y otras muchas tareas y modificaciones a las que la troncalidad obliga y cuya pormenorización no es el objetivo de este editorial.

Desde la Sociedad Española de Educación Médica (SEDEM) y desde la Fundación Educación Médica (FEM) ya hemos manifestado en diversos ámbitos, entre ellos en la Escuela de Salud Pública de Menorca en su edición del año 2015, que la troncalidad transformaría el SNS. Entonces fuimos calificados no sólo de exagerados, sino de alarmistas, pero hoy tenemos mucho más claro si cabe que un cambio en la formación de profesionales sanitarios que contemple el uso de nuevos espacios, donde se busque la intersección entre especialidades y entre profesiones, y donde el paciente emerja como eje del sistema, sin duda conllevará una transformación en el SNS. Y aquí viene el tercer y mayor error: ¿cómo un cambio tan sustancial, que afecta directamente a profesionales, a los 17 sistemas autonómicos de salud, a las sociedades científicas, a los colegios profesionales, a los estudiantes y a otros muchos agentes sociales, no fue trabajado, informado y consensuado convenientemente? La tentación de señalar a la Administración como única responsable es lo más fácil, pero hacerlo sería injusto. Todos los agentes son responsables en mayor o menor medida y, en consecuencia, son todos ellos los que han de garantizar el éxito o responder del fracaso del proyecto.

Resulta chocante, incluso simpático, que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (sentencia 2569/2016) haya declarado la nulidad del RD 639/2014 por ser ‘palmariamente insuficiente’ la memoria del análisis de impacto normativo en cuanto al impacto económico y presupuestario de la reforma que aquella disposición entraña; fíjense que la sentencia no cuestiona en ningún momento el contenido técnico del RD. Desde nuestro punto de vista es irrelevante que el RD no adjuntara una adecuada memoria económica –que en cualquier caso suponemos necesaria–. Lo que sí nos preocupa palmariamente es la inconsistencia de unos y otros, que sólo claman a santa Bárbara cuando la tormenta ya está encima. No acusaremos a la Administración central, que bastante tiene con afrontar la compleja situación en la que la sentencia ha dejado todo el proceso. Y no lo haremos porque sería lo más fácil y lo menos oportuno. Sin embargo, sí denunciaremos que buena parte de los agentes implicados hayan esperado a verlas venir confiando irresponsablemente en la ‘suerte’. Y, efectivamente, ‘suerte’ ha sido para algunos la sentencia del Tribunal Supremo, ‘alivio’ por un problema que se avecinaba para otros, y la oportunidad de seguir haciendo lo de siempre para muchos, porque ¿para qué vamos a modificar lo que funciona?

Sociedades científicas y colegios profesionales, administraciones sanitarias –central y autonómicas–, instituciones sanitarias públicas y privadas, asociaciones de pacientes, facultades de medicina y de ciencias de la salud, estudiantes, ¿no es posible ponernos de acuerdo en cómo formar mejores profesionales?, ¿no era clamorosa la necesidad de encontrar espacios comunes para la formación?, ¿qué prefiere la sociedad civil, ayudar a la Administración a resolver problemas o poner palos a las ruedas?

No nos arrogaremos la voz de la verdad –faltaría más–, pero por responsabilidad asumiremos la voz de los expertos en educación médica. Tanto la SEDEM como la FEM han aportado, como técnicos, todo aquello que saben, han estado al servicio de unos y de otros cuando han sido requeridos, y han trabajado codo con codo, con unos y con otros, en aspectos específicos como la definición de competencias. Pero la revisión de la formación de los profesionales de las ciencias de la salud, y por ende del propio SNS, es de una complejidad tal que requiere cimientos sólidos que solamente puede proporcionar un equipo multiprofesional de expertos y con responsabilidades en distintos ámbitos del sector sanitario.

No todo se ha hecho mal, pero el problema no está en los programas formativos por competencias, ni en el momento en que se elige especialidad, ni en la duración de ésta, ni en el número de troncos que debe haber, ni si el último año del grado es el enlace adecuado para conseguir el continuo educativo, ni si hay o no especialidades no troncales. El problema reside en los cimientos del edificio. Es necesario un trabajo de expertos (profesionales en activo, gerencias sanitarias, tutores de formación especializada, estudiantes, administraciones sanitarias, gestores universitarios y técnicos en educación médica) que sean independientes, sin ningún conflicto de intereses, capaces de diseñar un proyecto consistente, firme y equilibrado que permita a las administraciones sanitarias seguir el mejor rumbo y cimentar el mejor edificio. Es momento de construir y resulta ineludible recuperar el tiempo perdido en este proceso reformador. No verlo así y procurar una salida fácil a la situación creada por la sentencia es para nosotros, los técnicos en educación médica, un motivo de preocupación.

E-mail: jpales@ub.edu

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