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Revista Española de Sanidad Penitenciaria

versión On-line ISSN 2013-6463versión impresa ISSN 1575-0620

Resumen

TALAVERA, P.. La objeción de conciencia sanitaria en el ámbito penitenciario. Rev. esp. sanid. penit. [online]. 2010, vol.12, n.1, pp.37-46. ISSN 2013-6463.

Lo más coherente con la doctrina constitucional es concebir la objeción de conciencia como una manifestación del derecho fundamental a la libertad ideológica del art. 16.1 CE (asumiendo, por tanto, la legitimidad de toda conducta objetora), pero entendida como un principio; es decir: cualquier conflicto entre el derecho fundamental del sujeto y el deber jurídico que se rehúsa debe ser resuelto por el juez realizando un juicio ponderativo de bienes y valores. Este derecho fundamental persiste y puede ser invocado y ejercido por reclusos y personal sanitario en el contexto penitenciario, frente a las previsiones de imposición coactiva de tratamientos médico previstas por la LOGP y el RP, sin más límite que el orden público.

Palabras clave : Prisiones; Prisioneros; España; Actitud del personal de salud; Responsabilidad Legal; Ética Profesional; Principios Morales; Legislación.

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