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Archivos de la Sociedad Española de Oftalmología

versão impressa ISSN 0365-6691

Arch Soc Esp Oftalmol vol.82 no.9  Set. 2007

 

CARTA AL DIRECTOR

 

O nos protocolizamos o nos protocolizan: la judicialización de la oftalmología

Or we protocolize ourselves or they protocolize us: the judicialization of the ophthalmology

 

 

Desde Montesquieu sabemos (aunque algunos ya lo hayan fulminado) que la democracia se sustenta en tres poderes cuyo equilibrio garantiza el Estado de Derecho: el poder ejecutivo, el judicial y el legislativo.

Clásicamente hemos atendido a la lucha entre estos poderes y las disputas surgen entre «políticos» y «jueces» provocándose lo que se conoce como la «judicialización de la política» y su recíproco «politización de la justicia».

La falta de leyes (o normas o protocolos) en algunos ámbitos ha convertido a los jueces (y no por su voluntad) en intérpretes o eruditos que les obligan a dictar sentencias para impartir justicia en temas que les son ajenos. Y así han irrumpido en la medicina y, en lo que nos compete, en la oftalmología, con sentencias muy alejadas de la realidad científica asesorados por peritos, escasamente peritos (permítaseme la redundancia), que emiten sus propias opiniones.

Por ejemplo hemos visto sentencias condenatorias por no hacer profilaxis antibiótica en un caso de endoftalmitis en cirugía de catarata. Es decir un aspecto de larga polémica en la oftalmología y en la política microbiológica-antibiótica, viene un juez y de un plumazo lo resuelve. Es posible que de ese mismo plumazo alguno de ellos pudiera sacarnos de las dudas sobre la etiología de la degeneración macular, sobre el factor vasoproliferativo de la retinopatía diabética o, lo que es una incógnita todavía mayor: las causas íntimas del glaucoma.

Igualmente peligrosas son otras condenas recientes, por ejemplo sobre una demanda de un hipermétrope operado con lasik. Desconozco todo el texto de la sentencia y me limito a los datos aportados por Diario Médico. En ella se destaca que la cirugía refractiva se acerca a un contrato de obra, es decir «de resultados» y se basa, y para mi es lo más escandaloso, en que la cirugía refractiva es una cirugía estética. Que un juez pueda afirmar eso, significa, como es lógico, que ha hablado con pocos miopes. Imaginemos lo que puede suceder, y ya está comenzando a pasar, si un paciente considera que su visión próxima no es la que esperaba cuando se la ha puesto una lente intraocular tan cara (a la sazón de las multifocales).

Estas sentencias van creando jurisprudencia en cuanto a considerar distintos actos médico-quirúrgicos como un contrato de obra, y son los propios jueces lo que deciden la categoría del acto médico sin consultar a las autoridades científicas (porque no les hemos ofrecido esa posibilidad). Algunos pacientes, asesorados por leguleyos avariciosos, se aprenderán la sintomatología, la recitarán de memoria y nos acusarán de que «eso no era lo prometido».

Por ello o somos valientes y nos establecemos las reglas o dejamos que nos las hagan a base de judicializar la oftalmología. O establecemos criterios acordes con la medicina basada en la evidencia o nos imponen los criterios basados en sentencias de tipo mercantil... y la culpa será nuestra por dejación.

O NOS PROTOCOLIZAMOS O NOS PROTOCOLIZAN (y permítaseme el barbarismo).

 

Fernández-Vigo J.

Catedrático de Oftalmología. Universidad de Extremadura. 
Campus Universitario. Badajoz (España).E-mail: Vigoa@unex.es

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