En una visión panorámica internacional de esta disciplina enfermera, la formación de los especialistas en Enfermería del Trabajo muestra diferencias. En este contexto, diferentes asociaciones profesionales en el ámbito de la Unión Europea tienen definidas las competencias específicas de la Enfermería del Trabajo. De igual manera, países como Argentina1,2, Australia3,4,5,6, Brasil7,8,9,10, Canadá11,12,13, Estados Unidos14,15,16,17,18,19,20,21,22, Japón23,24,25,26, Reino Unido27,28,29,30 y Nueva Zelanda31 entre otros, han realizado idéntico cometido. Con carácter diferenciado, las asociaciones norteamericanas poseen la facultad de acreditar como especialistas a aquellos profesionales que superen un examen establecido. En este supuesto, el cumplimiento de dos requisitos previos resulta indispensable: certificar tres mil horas de experiencia laboral desarrollando funciones como Enfermera del Trabajo y haber cursado una determinada formación en el ámbito de la especialidad, resultando preceptivo acreditar ambos requisitos en los cinco años previos a solicitar el reconocimiento como especialista.
Del análisis y desarrollo de las atribuciones profesionales de la Enfermería del Trabajo en los países citados se pueden extraer algunos aspectos relevantes. En unos casos es el periodo de formación de postgrado y la forma de acceso al mismo, en otros la definición, estructura y desarrollo de las propias competencias de la especialidad, y en los más, su acreditación y los órganos reguladores de la profesión son los que difieren con respeto a la Orden SAS/1348/2009 donde se definen las competencias transversales y específicas de Enfermería del Trabajo en España32. En este supuesto, el proceso de adquisición de competencias profesionales de los futuros especialistas denota algunas especificidades. Si bien en muchos países de nuestro entorno se ha optado por distintas modalidades, actualmente la capacitación se realiza como Enfermero Interno Residente (EIR) a través de un sistema de residencia en unidades docentes multidisciplinares acreditadas para la formación especializada. Un sistema al que se accede a través de una convocatoria anual de carácter estatal, siendo la duración establecida del periodo formativo de dos años en base a un programa consensuado por la Comisión Nacional de la especialidad de Enfermería del Trabajo(i).
En las conclusiones del primer estudio realizado por la Federation of Occupational Health Nurses within the European Union (FOHNEU, 2004) donde se analizan los distintos programas de estudios de la especialidad impartidos y las competencias de mayor desarrollo en los quince estados participantes destacan las siguientes: la promoción de salud en los centros de trabajo, la prestación de primeros auxilios, la realización de exámenes de salud, la prevención de los accidentes laborales, la evaluación de los riesgos profesionales y el desarrollo de tareas administrativas33. La propia Federación publica un segundo informe (FOHNEU, 2012) donde participan seis países más que en la primera edición del trabajo, veintiuno en total. En su desarrollo, de nuevo describe las competencias de la especialidad en cada país y analiza los programas docentes que se imparten, observando una tendencia generalizada a que la formación especializada se realice a través de un máster universitario34.
En un mundo laboral cambiante, globalizado y en continua adaptación, FOHNEU evidencia que el envejecimiento de los especialistas, la aplicación de nuevas tecnologías y el estrés constituyen los tres riesgos más relevantes que destacan los profesionales34. El propio informe, en una descripción por países, señala que los estudios relacionados con la prevención y promoción de la salud son las principales áreas de investigación de la Enfermería del Trabajo en España; asimismo, alega como principal causa para desarrollar nuevos proyectos la falta de financiación.
Entre otras conclusiones de interés, el informe citado concluye que la presencia de servicios de prevención tanto en el ámbito público como privado está muy extendida dentro del área de estudio, la Unión Europea. Su existencia es obligatoria en países como Bélgica, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Holanda, Portugal, Eslovenia, España o Turquía, mientras que en Chipre y Rumanía solamente en el sector público. En otros países como Dinamarca, Irlanda, Malta, Suecia, Suiza y Reino Unido cuya constitución es voluntaria, disponen de una larga tradición en la presencia de este tipo de servicios. De forma concreta, Alemania, Bélgica, España, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Portugal y Turquía tienen una disposición normativa específica que exige contratar especialistas en Enfermería del Trabajo34.
Por último, este relato de la presencia internacional de la especialidad se describe en el primer estudio mundial publicado en 2005 sobre las competencias de los profesionales vinculados a la salud laboral y del que no constan actualizaciones35. Definidas cuatro categorías de análisis en función del tipo de competencia y grado de desarrollo de los países participantes: enfermeras, médicos, ergonómos e higienistas industriales, el proyecto analizó 118 competencias en 89 estados. Entre sus conclusiones señala que el 66,70% de los países desarrollados disponen de titulación oficial y programa formativo específico en Enfermería del Trabajo. En sintonía, el propio estudio aporta un dato concluyente, en el 77,20% de los países desarrollados se han constituido sociedades de afines vs. el 36,70% de aquellos en vías de desarrollo. Otro trabajo posterior donde participaron 450 especialistas en Enfermería del Trabajo procedentes de 17 países de los cinco continentes, eleva esta cifra hasta el 85,10%36.
La especialidad demuestra un compromiso con la formación continuada37. En España prácticamente el 81% de las Enfermeras del Trabajo han cursado el nivel superior en prevención de riesgos laborales, destacando que casi el 50% dispone de la titulación en todas las disciplinas preventivas contempladas en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales38, siendo la Ergonomía y Psicosociología aplicada aquella que suscita más interés (12,65%) frente al 35,30% de un trabajo presentado por el Col·legi Oficial d’Infermeres i Infermers de Barcelona39. En el referido estudio mundial realizado en colaboración con la Organización Mundial de la Salud, se cita un listado de las preferencias formativas en países desarrollados, entre ellas destacan los contenidos específicos relativos a la salud laboral y las normas que lo regulan. En el citado trabajo del Colegio profesional de Barcelona, la importancia se la conceden a los contenidos de patología laboral y gestión de la vigilancia de la salud; menor interés despiertan las áreas de informática, metodología de la investigación y estadística. Conclusiones que proporcionan una idea general de la motivación del especialista y que pudieran explicar el limitado desarrollo de la faceta investigadora en este campo por la escasa formación específica. No obstante, en un análisis pormenorizado de las competencias del colectivo enfermero muestra una circunstancia, los profesionales que han cursado formación superior en riesgos laborales, han contribuido en mayor medida a realizar comunicaciones científicas frente a quienes no disponen de esa acreditación formativa37. En esta misma línea, la Japan Society for Occupational Health apunta que casi el 19% ha publicado un artículo en los últimos cinco años en una revista específica y cerca del 74% realiza entre una y seis actividades formativas al año, asumiendo en el 32% de los casos su coste25. Finalmente, aunque esta inquietud de formación es elevada, el 25% de la profesión donde están representadas todas las especialidades, no considera prioritaria la formación específica para el desarrollo de sus competencias profesionales40. En este punto resulta significativa una de las conclusiones de un estudio donde establece que la mayor dificultad para asistir a este tipo de formación era de tipo de organizativo, relacionadas con la empresa contratante41, aspecto éste coincidente con otras especialidades enfermeras42.
El análisis panorámico de los distintos aspectos que determinan la formación del especialista permite una perspectiva global y puede resultar esclarecedor en un posible debate entre los agentes implicados, aspecto que quizá alumbre una armonización en los contenidos formativos generales y específicos considerando las particularidades de las distintas realidades sociolaborales y profesionales.