Introducción
La Real Academia de la Lengua define huelga como: “Interrupción colectiva de la actividad laboral por parte de los trabajadores con el fin de reivindicar ciertas condiciones o manifestar una protesta”.1 En España, el derecho a la huelga es un derecho fundamental reconocido por la Constitución en su artículo 28.2: “Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad”.2 No obstante, no existe regulación legal postconstitucional. Años después, el Pleno del Congreso aprobó un Proyecto de Ley Orgánica de Huelga en la reunión del día 18 de febrero de 1993, que no llegó a publicarse por la disolución de las Cortes Generales.3
En consecuencia, podría decirse que la regulación del derecho a la huelga en España se inserta en un marco legal difuso, que sigue estando regulado por el preconstitucional Real Decreto sobre Relaciones Laborales de 4 de marzo de 1977, 4 solo vigente en algunos de sus apartados y conforme a la interpretación constitucional realizada por la sentencia del Tribunal Constitucional 11/1981, de 8 de abril de 1981, y la jurisprudencia posterior.5 El Tribunal considera que el derecho de huelga no es absoluto y por ello, en su ejercicio puede requerir ciertas condiciones y restricciones que podrían incluso imponer, en determinados supuestos, la prohibición total del ejercicio de huelga, siempre teniendo en cuenta que las limitaciones no pueden ser arbitrarias y han de quedar sujetas a la legalidad constitucional.6
El derecho al trabajo debe garantizar un doble equilibrio entre la racionalidad económica y social, así como un equilibrio entre los poderes empresariales y sindicales, la negociación colectiva y la huelga.7 El derecho a huelga está reconocido para todos los trabajadores. Es el mecanismo más efectivo en los conflictos laborales, pero a la vez el más radical, lo que hace que tenga, como hemos dicho anteriormente, una serie de condiciones y restricciones.8 El Tribunal Constitucional considera que el derecho de huelga no es absoluto y por ello, en su ejercicio puede requerir ciertas condiciones y restricciones que podrían incluso imponer, en determinados supuestos, la prohibición total del ejercicio de huelga.
Se dan situaciones especiales en las que el ejercicio de este derecho queda supeditado al mantenimiento de los servicios que resulten esenciales para la comunidad, ya que la misión principal de los funcionarios es el servicio a los ciudadanos y a los intereses generales.8 El Real Decreto de Relaciones Laborales establece los requisitos y garantías que aseguran el funcionamiento de dichos servicios. La actividad sanitaria se cuenta entre los servicios esenciales, lo que imposibilita su suspensión absoluta, solo se permite su reducción; la convocatoria de una huelga debe ser previamente anunciada en un plazo prefijado; la autoridad gubernativa es la encargada de fijar el nivel de servicios mínimos que debe prestar el colectivo en huelga para garantizar la atención imprescindible de la población sin restringir el derecho a la huelga reconocido en la Constitución. De manera que la intensidad y extensión de la huelga quedan impuestas por la Administración.7
Entre los profesionales de enfermería no existe tradición de huelgas, sino que es un fenómeno de implantación relativamente reciente, nacido en la segunda mitad del siglo pasado.9,10 Un fenómeno que plantea dilemas éticos derivados del abandono de las funciones laborales de los profesionales sanitarios. El ejercicio del derecho a la huelga por parte de las enfermeras comporta una alteración grave de la vida cotidiana de las instituciones sanitarias que afecta, de manera importante, a los usuarios de esos servicios esenciales.11
En este sentido, en la actualidad, el código deontológico de las enfermeras españolas ante la disyuntiva o atención al enfermo o huelga propone en los artículos 78 y 79 la opción conjunta de una y otra: suspensión y continuidad simultánea de los cuidados: “Aun en el caso de conflictos laborales y de suspensión organizada de los servicios profesionales, la Enfermera/o tendrá presente que su primera responsabilidad es atender a los intereses de los pacientes. La Enfermera/o que participe en un conflicto laboral, tiene el deber de coordinar y comunicar las medidas adoptadas para garantizar la continuidad de los cuidados que necesitan sus pacientes”.12
Por tanto, la huelga del personal de enfermería entre 1979 y 1980 se dio en una época de transición política y social, dentro de un marco legal difuso definido principalmente por la Constitución, que contempla el derecho a la huelga, y el código deontológico de enfermería de la época,13 que señalaba la responsabilidad de velar por los intereses de los pacientes.
El objetivo de este trabajo es analizar el proceso de huelga del colectivo de profesionales de enfermería, de nuestro país, a través de los medios de comunicación escrita en el periodo anterior a la instauración del curso de nivelación de la formación de ATS, a la formación universitaria de Diplomado en Enfermería. El análisis de este proceso tiene una importancia capital dado que la huelga en ese instante tuvo un impacto masivo en el sistema sanitario y hasta la actualidad no se ha vuelto a producir una movilización tan mayoritaria de los profesionales en nuestro país.
La singularidad histórica y el hecho de que han transcurrido más de cuarenta años hacen merecedora a esta situación de un análisis, pormenorizado, que permita extraer enseñanzas desde una perspectiva profesional y conocer unos acontecimientos que tuvieron una importante trascendencia en el desarrollo y la consideración actual de la profesión de enfermería en nuestro país.
Metodología
Se procedió a realizar una revisión bibliográfica, mediante el vaciado de los medios de comunicación escrita en la Hemeroteca de la Diputación de Valencia, así como en las hemerotecas digitales, buscando todas aquellas noticias, artículos y cartas al director del periódico en relación con la huelga llevada a cabo por profesionales de enfermería, entre enero de 1979 y diciembre de 1980. La búsqueda se realizó según las palabras clave: ATS, enfermería, conflicto, huelga, curso de nivelación, homologación.
Se realizó la búsqueda en los periódicos Las Provincias y Levante, revisando uno a uno los ejemplares de la versión impresa y realizando fotocopias de los artículos seleccionados. Los diarios ABC, El País y La Vanguardia disponen de hemeroteca digital, por lo que se realizó la búsqueda de artículos y su impresión, a través de su sitio web, seleccionando los artículos que cumplían los criterios de inclusión. Tras la recolección de los documentos se realizó su organización cronológica y clasificación registrando las reivindicaciones y actuaciones por parte de los profesionales de enfermería, así como las respuestas proporcionadas por parte de las instituciones sanitarias.
Resultados
La búsqueda según los criterios indicados arrojó un total de 203 artículos. Tras la lectura de ellos se comprobó que 77 de estos versaban sobre asuntos distintos a la temática de interés del presente trabajo (reivindicaciones locales, conflicto de Hospitales Clínicos, etc.) por lo que fueron desestimados. Ciento veintiséis documentos fueron seleccionados (Tabla1).
Año/Mes/Medio | ABC | EP | LE | LP | LVG | Total | |
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1979 | Enero | 1 | - | 1 | 1 | - | 3 |
Marzo | 1 | - | - | - | - | 1 | |
Junio | 3 | - | 1 | 9 | 1 | 14 | |
Agosto | 1 | - | - | - | - | 1 | |
Noviembre | 1 | - | 1 | 1 | - | 3 | |
Diciembre | - | - | - | 4 | - | 4 | |
1980 | Enero | 2 | - | 7 | 14 | 2 | 25 |
Marzo | 3 | - | - | 1 | - | 4 | |
Abril | 9 | - | 4 | 4 | 6 | 23 | |
Mayo | 14 | 12 | 7 | 5 | 9 | 47 | |
TOTAL | 35 | 12 | 21 | 39 | 19 | 126 |
En cuanto a la difusión de los artículos en prensa nacional o autonómica, el 62,6% (79) de los documentos fueron extraídos de prensa autonómica, mientras que el 37,3% (47) lo fueron de prensa con tirada nacional (Tabla 1). En la distribución mensual de los artículos relacionados con la huelga de enfermería (1979-1980), destaca, desde el comienzo del conflicto, el seguimiento llevado a cabo por Las Provincias (39 artículos) y ABC (35 artículos), doblando ambos en número de artículos a los medios que les siguen a continuación, véase Levante EMV (21 artículos) y La Vanguardia (19 artículos). Podemos destacar el recrudecimiento del conflicto en el mes de mayo de 1980, siendo este recogido por todos los periódicos, que publicaron noticias del conflicto todos los días.
La distribución de las noticias en el tiempo no fue uniforme, se observan tres etapas en las que se produce un mayor número de artículos (Grafico 1): La primera se extendería desde enero de 1979 a junio de 1979, produciéndose la primera huelga de ATS.14 Las noticias versan sobre las dudas existentes en torno a la forma en que se va a llevar a cabo la convalidación del título de ATS por el de diplomado en Enfermería y la oposición de los estudiantes, de la nueva titulación de enfermería, a la homologación.15-17
El segundo pico de noticias se produjo en enero de 1980 y estuvo marcado por las negociaciones entre el Consejo General y el Ministerio poniendo, este último, dificultades a la hora de la convalidación teórica y planteándose la posibilidad de realizar un curso de nivelación para el reciclaje de los ATS. En este mismo periodo se reivindicó el aumento salarial correspondiente al ser considerados técnicos de grado medio. Esta etapa tiene su conclusión con una nueva huelga que finaliza con la publicación en el BOE del decreto de homologación.18,19
El último pico de noticias, que es a su vez el mayor en cuanto a número y relevancia, con más de 40 referencias en un mes. Se extiende desde finales de abril hasta finales del mes de mayo de 1980. En esta etapa, a pesar de los acuerdos alcanzados en la etapa anterior, el conflicto se vuelve a abrir al tratar las características del curso de nivelación y el aumento salarial. Durante este periodo de nuevas huelgas, un conflicto que parecía que iba a finalizar, vuelve a brotar sobre todo porque se acusa al personal de enfermería de no cumplir con sus obligaciones al acudir a la huelga, llegando incluso a despedirse a trabajadores de forma indiscriminada, como es el caso del Hospital Marqués de Valdecilla. Este periodo finaliza con la readmisión del personal despedido y una nueva propuesta del Ministerio para la convalidación.20
Discusión
El presente trabajo muestra la relevancia de la huelga del personal de enfermería. Es un fenómeno reciente y puede alterar gravemente el funcionamiento de los servicios sanitarios, pudiendo repercutir en la sociedad en general. Hubo un exceso de autoridad de los dirigentes, tal y como parece ser el caso del Hospital Valdecilla, que abusaron, en ocasiones, del personal de enfermería bajo el juicio del incumplimiento de sus funciones, y obviando el derecho a la huelga de unos trabajadores que no desatendieron los servicios mínimos, ya que se respetaron las urgencias y las unidades de críticos.21,22 De hecho, en ningún momento los enfermeros fueron el centro de las críticas de la población ante los problemas de atención sanitaria de este período.
Es por ello que consideramos de extrema importancia la repercusión que la huelga ha tenido, posteriormente, tanto en la convalidación de títulos como en la legislación sobre la huelga de profesionales sanitarios, estableciéndose un marco legal más preciso que regula el derecho a la huelga de los profesionales de la salud.23
En cuanto al curso de nivelación, cabe destacar que a pesar de permitir el acceso a todo aquel que lo solicitó, no todos los ATS lo realizaron para convalidar el título. Un grupo considerable de titulados, por diversos motivos, no realizó el citado curso, lo que les impidió acceder, durante todo este tiempo, a toda formación universitaria, incluidas las nuevas Especialidades de Enfermería. La presión de la Organización Colegial para acabar con esta situación llevó al Ministerio de Educación a crear un nuevo proceso de homologación de títulos en el año 2003. En 2006 se estimaba en unos 15.000 el número de ATS españoles, para los cuales, desde los colegios de enfermería, se continuaban ofertando cursos de nivelación, gratuitos, y sin examen final. No obstante, con el cambio en el plan de estudios y el paso de titulación de Diplomado en Enfermería a Grado en Enfermería, el Ministerio aceptó la adaptación de título de diplomatura a grado sin realizar cursos ni examen, tomando una actitud distinta a la aplicada con la instauración de la diplomatura.24,25
Cabe destacar la importancia de los sucesos que tuvieron lugar en el entonces denominado Centro Médico Nacional Marqués de Valdecilla (hoy denominado Hospital Universitario Marqués de Valdecilla), durante la fase final del proceso de huelgas. En mayo de 1980, se produjo el despido indiscriminado de 36 ATS,26-30 lo que constituyó un factor significativo en las negociaciones entre el Consejo General de ATS y el Ministerio de Universidades. Por último, hemos de destacar que la equiparación del coeficiente de grado medio, con la consiguiente remuneración, a pesar de ser inicialmente aceptada por el Ministerio de Sanidad,31 no se llevó a cabo hasta 1982.
Conclusiones
El proceso de huelga de los ATS, entre 1979 y 1980, tuvo una repercusión muy importante en los medios de comunicación, alcanzando los 47 artículos en los medios de comunicación escrita, en el mes de mayo de 1980, lo que muestra la importancia de la que, hasta la fecha, ha sido la mayor movilización del personal de enfermería en nuestro país. El eco del conflicto en los medios hizo que la opinión pública fuese partícipe de los hechos acaecidos, quedando reflejado el criterio de los usuarios de los servicios de salud en algunos de los documentos recogidos.
Las huelgas del personal de enfermería tuvieron como consecuencia la consecución de varias de las reivindicaciones, tanto a nivel de la convalidación como de modificaciones en el curso de nivelación y, más a largo plazo, la modificación de la legislación que regula el derecho a la huelga de los profesionales de la salud.
El análisis de estos hechos, que tuvieron un impacto importante en los medios de comunicación de la época, es fundamental para extraer enseñanzas a nivel profesional y comprender la imagen del personal de enfermería en nuestra sociedad.