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Revista de Bioética y Derecho

versão On-line ISSN 1886-5887

Resumo

REY HUERGA, Núria. El TJUE reafirma que las bebidas vegetales no pueden llamarse ""leche"" en base a las normas de protección del mercado lácteo, pero ¿qué hay del interés del consumidor?. Rev. Bioética y Derecho [online]. 2017, n.41, pp.197-208. ISSN 1886-5887.

El pasado 14 de junio, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió en cuestión prejudicial que la denominación "leche" y otras denominaciones de "productos lácteos" deben reservarse a productos de origen animal. El fallo responde a la cuestión prejudicial planteada por un Tribunal alemán durante el litigio entre VSW, asociación empresarial alemana y TofuTown, productora y distribuidora de alimentos vegetarianos/veganos.

El fallo del Tribunal señala que designar un producto puramente vegetal como "leche de..." vulnera el derecho de la Unión por ser contrario a la normativa de protección del sector lácteo. Pero la sentencia no analiza si estas denominaciones ponen en jaque la protección del derecho del consumidor a una información alimentaria clara, objetiva y contrastada científicamente.

Palavras-chave : bebidas vegetales; cuestión prejudicial; derechos del consumidor; leche; organización común de mercados.

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