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Gaceta Sanitaria

Print version ISSN 0213-9111

Gac Sanit vol.22 n.6 Barcelona Nov./Dec. 2008

 

CARTAS AL DIRECTOR

 

La violencia contra las mujeres como problema de salud. ¿Un asunto cuestionable?

Violence against women as a health problem. A debatable topic?

 

 

Sr. Director:

En esta revista se ha publicado el artículo «El personal sanitario no percibe la violencia doméstica como un problema de salud»1, en el cual los autores se plantean evaluar la opinión del personal sanitario del Hospital Clínico de Barcelona sobre la violencia contra las mujeres. Su principal conclusión se refleja explícitamente en el título del estudio: los profesionales de la salud no consideran que la violencia contra las mujeres sea un problema de salud. Consideramos que estos resultados podrían tener un importante impacto en la comunidad sanitaria y de Salud Pública. En este sentido, nos parece necesario discutir algunos aspectos relacionados con las características y resultados del citado estudio.

Cabría hacer una primera reflexión sobre la resistencia a denominar al problema, utilizando conceptos consolidados en el ámbito de la Salud Pública, como «violencia contra las mujeres en la pareja» o «violencia del compañero íntimo contra las mujeres», que es, según el primer Informe sobre Violencia y Salud de la Organización Mundial de la Salud, «cualquier comportamiento dentro de una relación íntima presente o anterior que causa daño físico, psíquico o sexual» de hombres contra mujeres2. El concepto utilizado en el artículo en cuestión, violencia doméstica, hace tan sólo referencia al ámbito en que tienen lugar los actos violentos, sin especificar qué miembros de la familia están implicados y cuáles son los motivos por los que tiene lugar este tipo de suceso2.

En relación con los resultados y las principales conclusiones del estudio, proponemos la discusión en torno a la posible generalización de las siguientes afirmaciones que se realizan en el primer párrafo de la discusión del artículo: a) que la violencia contra las mujeres no es considerada por los profesionales sanitarios como un problema de salud; b) que según la experiencia de los profesionales participantes en el estudio, este problema afecta a pocas mujeres, y c) que el papel de los servicios médicos ante este problema no es relevante.

Consideramos que la generalización de los resultados de este estudio podría suponer un paso atrás para la investigación sobre violencia de género en Salud Pública. Actualmente, se cuenta con un volumen importante de investigaciones empíricas que no sólo ponen de manifiesto que la violencia contra las mujeres es un problema de salud y una causa componente de la mortalidad femenina, sino que también han llevado a que se considere un determinante de las desigualdades de género en salud3.

El hecho de que sean pocos los casos atendidos por los profesionales participantes en el estudio citado contrasta con los resultados de otro estudio realizado en España, que indica que aproximadamente un 20% de las mujeres que acuden al médico presenta este problema4. En este sentido, la discrepancia de estos resultados puede deberse a: a) los problemas de validez externa del estudio, que se basa en una muestra de profesionales que trabajan en un hospital concreto, y b) el estudio con que se contrastan los resultados se ha realizado en ámbito de atención primaria y no hospitalaria.

Todavía falta por definir el papel de los profesionales sanitarios en el abordaje de la violencia de género. Además, la evidencia empírica en torno a la efectividad, el nivel de aceptación y la capacidad de reducción del riesgo de recurrencias y mortalidad por esta causa de las pruebas de detección precoz es escasa5. Sin embargo, las propias consecuencias de este problema para la salud de las mujeres afectadas dan a los profesionales sanitarios la responsabilidad y la oportunidad de participar en las intervenciones en torno a la violencia contra las mujeres6. La Ley Orgánica 1/2004 de Protección Integral contra la Violencia de Género en España, en consonancia con las leyes de otros países7, cuentan con el sector sanitario para el desarrollo de las respuestas al problema.

Una vez se ha conseguido el objetivo de que el sector sanitario se incorpore en la lucha contra la violencia hacia las mujeres, resulta prioritario que la investigación y la acción en torno a este tema estén orientadas a la identificación de los factores promotores del papel de los servicios sanitarios y de sus profesionales en la detección, el tratamiento y la coordinación con otros agentes e instituciones implicados en las respuestas al problema. Poner en cuestión la violencia contra las mujeres como un problema de salud constituye retroceder en el tiempo en los avances que se han realizado en España y en otros países.

 

Carmen Vives-Cases, Diana Gil-González

Área de Medicina Preventiva y Salud Pública, Universidad de Alicante, Alicante, España.

 

Bibliografía

1. Coll-Vinent B, Echeverría T, Farrás U, Rodríguez D, Millá J, Santiñà M. El personal sanitario no percibe la violencia doméstica como un problema de salud. Gac Sanit. 2008;22:7-10.        [ Links ]

2. Krug EG, Dahlberg LL, Mercy JA, Zwi AB, Lozano R, editors. World report on violence and health. Geneva: World Health Organization; 2002.        [ Links ]

3. Commission of Social Determinants of Health. A conceptual framework for action on social determinants of health. Geneva: World Health Organization; 2007.        [ Links ]

4. Blanco P, Ruiz-Jarabo C, García de Vinuesa L, Martín-García M. La violencia de pareja y la salud de las mujeres. Gac Sanit. 2004;18:182-8.        [ Links ]

5. Vives-Cases C, Gil-González D, Carrasco-Portiño M, Álvarez-Dardet C. Detección temprana de la violencia del compañero íntimo en el sector sanitario. ¿Una intervención basada en la evidencia? Med Clin (Barc). 2006;126:101-4.        [ Links ]

6. Velzeboer M, editor. Violence against women: the health sector responds. Washington DC: Panamerican Health Organization; 2003.        [ Links ]

7. Annual review of the population law. Domestic violence laws of the world 1974-2004 [citado 12 Feb 2008]. Disponible en: http://www.law.harvard.edu/programs/annual_review/        [ Links ]

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