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Gaceta Sanitaria

versão impressa ISSN 0213-9111

Gac Sanit vol.31 no.6 Barcelona Nov./Dez. 2017  Epub 30-Nov-2020

https://dx.doi.org/10.1016/j.gaceta.2017.05.009 

Debates

Contra la llamada gestación subrogada. Derechos humanos y justicia global versus bioética neoliberal

Against so-called surrogacy. Human rights and global justice against neoliberal bioethics

María José Guerra-Palmero1 

1Sección de Filosofía, Facultad de Humanidades, Universidad de La Laguna, Campus de Guajara, La Laguna (Tenerife), España

El debate sobre la denominada gestación subrogada está arreciando en España de la mano de una campaña política a favor de su regulación. En 2016, en Suecia, sin embargo, se avanzó hacia la prohibición de la gestación subrogada1. No se admite la versión comercial, el modelo californiano2, que es la que responde al boom del turismo reproductivo ‒una forma de outsourcing a países empobrecidos‒, pero tampoco se permite la modalidad altruista, cuyo referente es el Reino Unido ‒donde se garantiza que la madre tome las decisiones en todo el proceso, incluso pudiendo negarse a entregar al bebé‒. Países como India, México y Tailandia han revisado sus legislaciones en direcciones restrictivas en 2015. El Informe Wendel mantiene que el altruismo genuino no puede garantizarse dada la magnitud de las presiones a las mujeres por parte de una demanda creciente3 (tabla 1).

Tabla 1 Comparación de países y legislaciones 

Elaboración propia a partir de diversas fuentes consultadas en el mes de abril y mayo de 2017. Destaca: Lamm E. Gestación por sustitución. Realidad y derecho. Indret. 2012; 1-49. No obstante, es un panorama cambiante y difícil de capturar en una foto fija. Un mapa casi actualizado de la situación en el mundo de la gestión subrogada con intención de informar a futuros clientes sobre facilidades y ventajas comerciales se puede encontrar en: http://www.surrogatebaby.com/wp-content/uploads/2012/11/surrogacyintheworld2-1024×509.jpg

Voy a exponer sucintamente argumentos éticos, deontológicos y consecuencialistas para demostrar que la gestación subrogada es moralmente indeseable y, en consecuencia, a mi juicio, debería estar prohibida. A casi 30 años del controvertido Caso Baby M, y tras décadas de leyes diversas en distintos países ‒a modo de gran experimento biomédico y socioeconómico‒, constatamos que, impulsada por la globalización, la gestación subrogada se ha consolidado en un modelo mayoritariamente mercantilista que atenta no solo contra los derechos humanos, sino que constituye una inmensa injusticia global. La vulnerabilidad y la precariedad, dada la asimetría entre las partes concernidas, no pueden ser descontadas de una estimación ética y política de la gestación subrogada. Demostraremos, asimismo, en clave bioética, que los defensores de la gestación subrogada se sirven de un planteamiento anómalo y errado de la autonomía.

Autonomía y no maleficencia

El argumento de los defensores de la gestación subrogada radica en la autonomía de la mujer que va a quedar embarazada, en su voluntariedad, junto a otras consideraciones relativas a la libertad reproductiva y a la propiedad del cuerpo. Sin embargo, constatamos una paradoja: un supuesto libre consentimiento, vía contrato o acuerdo, que anula, con respecto al futuro inmediato, la misma autonomía reproductiva de la mujer. Invocar la autonomía para luego, acto seguido, suspenderla, es lógicamente contradictorio, y desde el punto de vista de la ética, simplemente aberrante, pues liquida la propia autonomía como principio. Kant nos explicó que ceder la libertad y someterse a la tutela y los fines de otros no es una opción en la medida en que atenta contra la dignidad y degrada la humanidad en cada uno de nosotros. No es una cuestión interpretable: la autonomía no puede cancelarse temporalmente; debe actualizarse en cada momento porque el consentimiento informado es un proceso y no un mero resultado. En otros ámbitos, como en la experimentación con seres humanos o los trasplantes de vivo a vivo, la opción de retirarse o negarse está disponible siempre, precisamente para no cancelar la autonomía de quien, voluntariamente, se presta a estos procedimientos. En la gestación subrogada, la versión que se da de la autonomía de las mujeres es una anomalía bioética de gran calado, porque la autonomía no es nunca hipotecable. Ningún contrato o acuerdo puede cancelarla. Desdecirse debería ser siempre una opción legítima y, por tanto, ningún acuerdo o contrato puede prescribir obligatoriamente la entrega del bebé.

Asimismo, la indicación médica de una gestación subrogada frente a la infertilidad, agotadas otras vías, pero no la de la adopción, enfrenta el núcleo duro de la ética médica: la no maleficencia, el no dañar. En la gestación subrogada se «indica» un embarazo a un tercero, una mujer que no es, en principio, una paciente del especialista médico, y que va a correr con los riesgos psicofísicos derivados de un embarazo y un parto. De hecho, la controvertida cuestión terminológica ha desembocado en la despersonalización de la mujer, al ser denominada en las propuestas de regulación como «la gestante»4, mientras que incluso se apela a su donación de «una capacidad reproductiva» cuando los hechos crudos, no enmascarados por los eufemismos, nos enseñan que lo que se entrega, tras un embarazo y un parto, es un bebé.

Finalmente, si ponemos en el punto de mira la demanda, podemos preguntar lo siguiente: ¿es moralmente lícito pedir a una mujer que se convierta en un medio para el fin reproductivo, con los riesgos que implica, existiendo, además, otras vías como la adopción? Anderson5 responde a nuestra pregunta: «(….) hay algunas maneras de tratar a las personas que son moralmente objetables, incluso si ellas consienten en ser tratadas de esas formas. Uno no debe convertir el abuso físico o emocional de otra persona en respeto por su autonomía y dignidad diciendo tan solo: «Tú consentiste en ser tratada de esta manera» ‒incluso si la otra persona consiente‒. Algunas obligaciones para los otros no están condicionadas a su consentimiento».

La actual deriva neoliberal de la bioética ha sacralizado indebidamente el contrato, con lo cual ha pervertido el sentido originario y genuino de la autonomía, ha esquivado el imperativo de la no maleficencia y ha apuntalado las bases para una práctica abusiva, la gestación subrogada, que no es percibida como tal en lo que podría ser un ejemplo de «ceguera moral».

Injusticia global: el negocio transnacional de la gestación subrogada

En países como India, Tailandia, Ucrania e incluso México, la llamada gestación subrogada se ha implementado como explotación reproductiva6 organizada por las agencias y clínicas beneficiarias. Dickenson7 ha denunciado que la subrogación ha quedado subsumida en la tendencia global que fomenta la mercantilización de los cuerpos y compromete derechos humanos básicos en los sectores más vulnerables: «El bando a favor del alquiler de vientres enfatiza los beneficios de la práctica, entre los cuales se cuentan la diversidad de opciones reproductivas y concesiones para el pluralismo sexual. Pero aunque esas puedan ser consideraciones genuinas e importantes, no se las puede poner por encima de la necesidad de evitar la explotación de algunas de las mujeres más vulnerables del mundo». Es más, ella denuncia cómo el Reino Unido, sumándose a la ola neoliberal de la desregulación, ha desmantelado los comités éticos relativos a la bioética de la reproducción. Valora, en cambio, la deriva francesa de optar por evitar que los mercados fomenten la comercialización de los procesos corporales. Los intermediarios ‒agencias y clínicas‒ se lucran en lo que numerosas organizaciones internacionales, como StopSurrogacyNow, Center for Bioethics and Culture en los Estados Unidos y Early Institute en México, denuncian como trata reproductiva y tráfico de bebés.

Ergas8 expone dos pendientes resbaladizas: la creación de un mercado de bebés por encargo, de un lado, y del otro, dada la disparidad de las legislaciones nacionales, el fenómeno de los bebés apátridas. El caso Baby Gammy9 nos permite abrir los ojos a las realidades ocultas del negocio transnacional de la gestación subrogada. Una pareja australiana rechazó al bebé «defectuoso» ‒con síndrome de Down‒ como si fuera mercancía averiada que se puede devolver.

Suele pensarse que puede frenarse la transnacionalización mercantilista de la gestación subrogada con una regulación suficientemente restrictiva, pero el caso del Reino Unido avala lo contrario10. No hay una nómina suficiente de mujeres que se ofrezcan como «gestantes» y la demanda se traslada al extranjero ‒se deslocaliza la reproducción‒. Los partidarios de la regulación niegan las evidencias de la explotación reproductiva, o bien, sin ningún argumento que lo avale, postulan que una regulación dudosamente altruista puede frenar un historial de abusos y explotación en el cual los intermediarios, los brokers, han consolidado un exitoso modelo de negocio que ya incluso organiza ferias para promocionar los destinos del turismo reproductivo11.

Conclusión

En un mundo atravesado por desigualdades de clase, de género12 y de raza, así como gobernado por relaciones neocoloniales recreadas por la globalización neoliberal, resulta improcedente hablar, de forma abstracta y descontextualizada, de autonomía irrestricta o de contratos de gestación subrogada que suspenden el derecho de autodeterminación sobre el propio cuerpo y los mismos derechos de filiación. La bioética neoliberal se ha impuesto, sin apenas oposición, legitimando, en el caso de la gestación subrogada, la despersonalización de las mujeres contempladas como meros medios para resolver la infertilidad al margen de toda consideración de justicia. La autonomía como principio irrenunciable no admite alquileres ni hipotecas. La autonomía no debe ser cancelada temporalmente bajo ninguna circunstancia.

Margaret Atwood, en El cuento de la criada(13, que publicó en la década de 1980, imaginaba la servidumbre reproductiva en un país, Gilead. Hoy la distopía ha llegado porque el afán de lucro espoleado por la globalización neoliberal ha convertido a la maternidad en un negocio, un mercado tóxico14,15, sometido al marketing y a la publicidad ‒basta, para comprobarlo, teclear «gestación subrogada» en Google‒. La regulación de la gestación subrogada y sus variaciones va en la dirección de afianzar la injusticia global con una política de hechos consumados en diversos países y prestar un impulso a una mercantilización creciente de los cuerpos de las mujeres a escala transnacional, que se traduce en realidades análogas a la trata de personas y al tráfico de bebés. Debemos oponernos a los cantos de sirena de la bioética neoliberal que defiende la gestación subrogada como mera «novedad tecno-reproductiva», porque debemos abogar por el sentido genuino de la autonomía, por los derechos humanos, por la no maleficencia y por la justicia global.

Bibliografía

1. Bioethics Research Library: Sweden could ban surrogacy. (Consultado el 28/02/2017.) Disponible en: https://bioethics.georgetown.edu/2016/02/sweden-could-ban-surrogacy/Links ]

2. International Fertility Law Group: California Acts to Protect Surrogates, Families. (Consultado el 28/2/17.) Disponible en: https://www.iflg.net/california-acts-to-protect-surrogates-families/Links ]

3. Ekman KE. Being and being bought: prostitution, surrogacy & the split self. 2013. Spinifex. 223 p. (Consultado el 28/02/17.) Disponible en: https://www.theguardian.com/commentisfree/2016/feb/25/surrogacy-sweden-banLinks ]

4. Núñez R, Feito L, Abellán F. Propuesta de bases generales para la regulación en España de la gestación por sustitución. Grupo de Ética y Buena Práctica Clínica de la Sociedad Española de Fertilidad. 2015. 28 p. [ Links ]

5. Anderson E. Why commercial surrogate motherhood unethically commodifies women and children: reply to McLachlan and Swales. Health Care Analysis. 2000;8:19-26. [ Links ]

6. Bartolini Esparza M, Pérez Hernández C, Rodríguez Alcocer A. Maternidad subrogada: explotación de mujeres con fines reproductivos. México: Capricho Ediciones; 2014. p. 58. [ Links ]

7. Dickenson D. ¿El fin del alquiler de úteros en el extranjero? El País. 2016. (Consultado el 28/2/17.) Disponible en: http://elpais.com/elpais/2016/06/17/planeta_futuro/1466176902_291327.htmlLinks ]

8. Ergas Y. Babies without borders: human rights, human dignity, and the regulation of international commercial surrogacy. Emory International Law Review. 2013;27:117-88. [ Links ]

9. Callaghan S, Newson A. Surrogacy, motherhood and baby Gammy. BioNews. 2014;766. (Consultado el 28/2/17.) Disponible en http://www.bionews.org.uk/page_444683.aspLinks ]

10. Childless UK couples forced abroad to find surrogates. The Guardian. (Consultado el 28/2/17.) Disponible en: https://www.theguardian.com/lifeandstyle/2016/feb/20/childless-uk-couples-forced-abroad-surrogatesLinks ]

11. Guerra Palmero MJ. La mercantilización de los cuerpos de las mujeres. La gestación subrogada como nuevo negocio trasnacional. En: Impactos de los fundamentalismos políticos, económicos, religiosos y culturales en los derechos sexuales y reproductivos. Guipúzcoa: Medicusmundi; 2016. p. 137-52. [ Links ]

12. Nuño Gómez L. Una nueva cláusula del contrato sexual: vientres de alquiler. Isegoría, Revista de Filosofía Moral y Política. 2016;55:683-700. [ Links ]

13. Atwood M. El cuento de la criada. Barcelona: Seix Barral; 1987. [ Links ]

14. Anderson E. Why some things should not be for sale: the moral limits of markets. Debra Satz. New Political Economy. 2012;17:1-4. [ Links ]

15. Anderson E. Is women's labor a commodity? Philosophy and Public Affairs. 1990;19:71-92. [ Links ]

FinanciaciónProyecto de investigación «Justicia, ciudadanía y vulnerabilidad. Narrativas de la precariedad y enfoques interseccionales» (FFI2015-63895-C2-1-R), del Ministerio de Economía y Competitividad.

Recibido: 12 de Marzo de 2017; Aprobado: 25 de Mayo de 2017

Correo electrónico:mjguerra@ull.es

Contribuciones de autoría

M.J. Guerra Palmero ha redactado el manuscrito.

Conflictos de intereses

Ninguno.

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