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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Condiciones precarias para el control de la epidemia del VIH]]></article-title>
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</front><body><![CDATA[ <FONT face=Arial size=2>    <P align="center"><B>EDITORIAL</B></P> <hr color="#000000"> </FONT>     <P align="center"><B><font face="Arial" size="4">Condiciones precarias para el control de  la epidemia del VIH</font></B></P> <table border="0" width="100%">   <tr>     <td width="50%" valign="top"></td>     <td width="50%" valign="top"><FONT face=Arial size=2><B>(Precarious conditions  for controlling the HIV epidemic)</B></FONT>     </td>   </tr> </table> <hr color="#000000">     <P><FONT face=arial,helvetica size=2>Los nuevos tratamientos antirretrovirales han tenido un impacto muy beneficioso  en la evolución de la epidemia del virus de la inmunodeficiencia humana  (VIH)/sida desde su comercialización en 1996. Entre otros efectos, han  prolongado el tiempo hasta el desarrollo del sida y la supervivencia, y se han  evitado casos de sida y muertes<SUP>1,2</SUP>. Como consecuencia de ello, la  incidencia de sida ha registrado descensos muy marcados en la segunda mitad de  los años noventa, hasta suavizar esta tendencia a partir del año 2000. La nueva  situación ha transmitido tranquilidad social, alivio y esperanza al sector de  las personas afectadas y cierta confianza al conjunto de la sociedad. Sin  embargo, el sida refleja estados de inmunodeficiencia avanzada, que sólo afectan  a las personas que ya están infectadas por el VIH hace años y no significa per  se que la epidemia del VIH esté totalmente controlada. De hecho, el descenso de  casos de sida secundario a los nuevos tratamientos registrado en Europa  occidental<SUP>3</SUP> no ha implicado necesariamente un descenso en los nuevos  casos de infecciones por el VIH; muy al contrario, ya se han detectado repuntes  en la incidencia de diagnósticos del VIH en países europeos<SUP>4</SUP> y  aumentos en la incidencia de infecciones de transmisión sexual en Europa y en  España<SUP>5-8</SUP>. También se han descrito aumentos de las prácticas sexuales  de riesgo en colectivos de varones homosexuales<SUP>9</SUP>, que han podido  contrastarse con aumentos en la incidencia del VIH incluso en  España<SUP>10,11</SUP>.</FONT></P>     <P><FONT face=arial,helvetica size=2>La notificación de nuevos diagnósticos del  VIH con base poblacional es el método de elección para la vigilancia  epidemiológica de la infección por el VIH y la herramienta más útil para la toma  de decisiones en materia de prevención y control de la epidemia<SUP>12-15</SUP>.  Como resultado, la notificación de nuevos diagnósticos del VIH se extendió en  Europa desde mediados de los años noventa<SUP>4,16,17</SUP>. Actualmente, España  es el único país europeo, entre los más afectados, del que no se cuenta con  datos sobre la infección por el VIH<SUP>16,17</SUP>. Como consecuencia, se  desconoce, con base poblacional, la incidencia y la evolución de los casos de  infección por el VIH y, paralelamente, los grupos de población y áreas  geográficas sobre los que se debiera estar actuando para evitar nuevas  infecciones.</FONT></P>     <P><FONT face=arial,helvetica size=2>Consciente de ello, el Ministerio de  Sanidad y Consumo, en consenso previo con las comunidades autónomas, consulta  con las organizaciones no gubernamentales (ONG) y con informe favorable de la  Agencia de Protección de Datos, años atrás declaró, mediante orden ministerial,  el nuevo fichero del Sistema de Información sobre Nuevas Infecciones por el VIH  (SINIVIH)<SUP>18</SUP>. El diseño de este sistema, realizado bajo el liderazgo  del Plan Nacional sobre el Sida, ha resultado ser un precedente en materia de  cooperación entre los servicios de epidemiología autonómicos, los planes  autonómicos de sida y el Centro Nacional de Epidemiología. Su diseño fue objeto  de consulta y de diálogo con las ONG en 1998.</FONT></P>     <P><FONT face=arial,helvetica size=2>La citada orden ministerial fue recurrida  por parte de algunas ONG de ámbito local, y como resultado la Audiencia Nacional  ha emitido recientemente un fallo anulando la Orden del Ministerio de Sanidad y  Consumo de 18 de diciembre de 2000, por la que se crea el fichero del SINIVIH.  La ejecución provisional de la sentencia, contra la que cabe recurso, no se ha  llevado a cabo, por lo que la citada Orden sigue en activo y el SINIVIH también.  Por otro lado, ya se encuentra en trámite un recurso de casación contra el  citado fallo, interpuesto por la Abogacía del Estado ante el Tribunal Supremo.  Las consecuencias de esta sentencia, a pesar de no haber sido ejecutada, pueden  ser graves para la protección de la salud y la vigilancia epidemiológica. Por  ello, la finalidad de este texto es invitar al debate y la reflexión a las  autoridades sanitarias, a los profesionales de la salud pública y, en especial,  a los que se dedican a la vigilancia epidemiológica.</FONT></P>     <P><FONT face=arial,helvetica size=2>El fundamento principal de la decisión  judicial radica en los identificadores de caso empleados y se basa en exclusiva  en un informe pericial a instancias de la parte demandante.</FONT></P>     <P><FONT face=arial,helvetica size=2>El empleo de identificadores de los casos  es de uso común en epidemiología y no tiene como finalidad localizar o actuar  sobre personas, sino evitar notificaciones duplicadas, completar variables o  incorporar episodios (p. ej., fallecimientos). La única forma de diagnosticar la  infección por el VIH es mediante una prueba de laboratorio, que generalmente  recae en personas sin otros antecedentes clínicos que los factores de riesgo que  provocaron una infección irreversible, de consecuencias graves y con  connotaciones estigmatizantes, como es la infección por el VIH. En consecuencia,  es habitual que las personas repitan muchas veces la prueba hasta asumir su  condición de portadores del VIH<SUP>19</SUP> y un mismo caso puede notificarse  desde distintos centros, provincias o comunidades autónomas. Por este motivo,  aunque la información epidemiológica del VIH no tenga como finalidad actuar  sobre personas concretas, se requiere recoger unos datos mínimos que garanticen  la detección de duplicados. El sistema, en el ámbito nacional, también aporta la  eliminación de duplicados entre comunidades autónomas, sin cuya existencia sería  imposible mejorar la calidad de las estimaciones en el ámbito autonómico. Todo  identificador de caso radica ineludiblemente en los datos personales, únicos  capaces de discriminar entre individuos y de permitir cruces con otros sistemas  de información o registros para identificar comorbilidad o muerte. La calidad de  un identificador es directamente proporcional a su capacidad de diferenciar  individuos. De ahí que el nombre y los apellidos sean los que aportan mayor  calidad a los sistemas y menor frecuencia de notificaciones duplicadas, siendo  objeto de recomendación por organismos de reconocido prestigio al amparo de un  marco legal de protección de la confidencialidad<SUP>12</SUP>, como es el caso  de España. No obstante, el uso de claves construidas a partir de los datos  personales evita la identificación directa, es objeto de mayor aceptación por  parte de los afectados y permite índices más o menos aceptables de duplicados en  los sistemas de información. Su uso es frecuente en el conjunto de los países  europeos y en el resto de países industrializados<SUP>20-23</SUP>.</FONT></P>     <P><FONT face=arial,helvetica size=2>El diseño del SINIVIH basado en códigos  requirió realizar estudios previos hasta obtener el código que aportara la mayor  calidad y el más alto nivel de discriminación de duplicados posible, y fue  objeto de debate y aprobación en el seno de una reunión de expertos de la  Sociedad Española de Epidemiología<SUP>24</SUP>.</FONT></P>     ]]></body>
<body><![CDATA[<P><FONT face=arial,helvetica size=2>Todos los sistemas de declaración  individualizada de casos previstos por las autoridades sanitarias y recogidos en  la legislación sanitaria española<SUP>25</SUP> requieren de identificadores  personales capaces de recabar de la fuente la información necesaria, de  completarla con otras fuentes o de eliminar duplicados. Esta práctica es común e  inherente a las actividades de salud pública y vigilancia epidemiológica del  conjunto del Estado, de ahí que esta sentencia de la Audiencia podría poner en  peligro los sistemas que están actualmente en vigor no sólo en el ámbito del  Estado, sino también en el de las comunidades autónomas. Las consecuencias para  el interés general y, en concreto, para la protección de la salud de los  ciudadanos serían, cuanto menos, graves.</FONT></P>     <P><FONT face=arial,helvetica size=2>Por otro lado, es difícil asimilar desde la  óptica de los médicos y en concreto de los epidemiólogos, el tratamiento de  excepcionalidad de la infección por VIH frente a otras enfermedades. Estas otras  patologías también estigmatizantes y sometidas a notificación individualizada,  afectan a sectores de la población mucho más extensos. Sin embargo, sus  asociaciones de afectados siempre respetaron el papel de la vigilancia  epidemiológica, dirigiendo sus reclamaciones o inquietudes a otras áreas. Por el  momento, y desde el ámbito sanitario, sólo la Sociedad Española de Epidemiología  ha sido sensible a las consecuencias en materia de salud pública de esta  sentencia, y se ha pronunciando al respecto<SUP>26</SUP>. En consecuencia, es  necesario estimular e involucrar a otros interlocutores sanitarios y sociales  con el fin de evitar que la desinformación, la ignorancia y la injustificada  excepcionalidad que pretende atribuirse al VIH agraven las consecuencias  indeseables para la protección de la salud y el interés general.</FONT></P>     <P><FONT face=arial,helvetica size=2>El código deontológico, la profesionalidad  de los epidemiólogos y la actual legislación en materia de protección de  datos<SUP>27-29</SUP> son la mejor garantía de confidencialidad para los  ciudadanos, teniendo en cuenta que su aplicación en el área de salud pública es,  con toda seguridad, la más estricta del conjunto del ámbito  sanitario.</FONT></P>     <P><FONT face=arial,helvetica size=2>Actualmente, hay 3 comunidades autónomas  que ya contaban con un sistema de información sobre nuevos diagnósticos del VIH,  otras 6 que lo pusieron en marcha recientemente y para el resto el SINIVIH  estaba previsto o a punto de empezar en un futuro próximo. La sentencia de la  Audiencia ha tenido consecuencias negativas, ha generado inquietud en las  comunidades autónomas que ya tienen en marcha el sistema y desaliento en las que  lo iniciaban. El resultado, a corto plazo, es la inexistencia en el ámbito  nacional de datos de cobertura suficiente como para caracterizar las nuevas  infecciones por el VIH y estimar tasas en España y, en consecuencia, la  desorientación para el control de la epidemia. En este contexto, la coordinación  entre las administraciones sanitarias en el ejercicio de las funciones que la  Constitución les otorga, y el respaldo a los procedimientos comunes de  vigilancia epidemiológica y al ejercicio de la salud pública en general, se  convierten en nuevas necesidades merecedoras de toda la atención, la protección  y el apoyo de las autoridades sanitarias.</FONT></P>     <P><FONT face=arial,helvetica size=2>Esta sentencia sitúa a los profesionales de  la salud pública y, en especial, a los de la vigilancia epidemiológica ante  nuevos retos, tales como la necesidad de aproximarse a la ciudadanía y a sus  representantes con la finalidad de hacerles conscientes de los fines de  protección de la salud y de control de las enfermedades, que justifican su  existencia y sus funciones. Esta proximidad, unida al necesario apoyo  institucional, sería el punto de partida para fortalecer el ejercicio  profesional y construir un clima de confianza y de reconocimiento equiparable al  de otros profesionales sanitarios en contacto directo con los  ciudadanos.</FONT></P>     <P><FONT face=arial,helvetica size=2>A modo de epílogo, la situación actual es  el resultado de una confrontación entre los legítimos intereses individuales de  un sector de los afectados por una de las enfermedades transmisibles, como es el  VIH, frente a los intereses derivados de la protección de la salud del conjunto  de la población española. Ante ello, cabe apelar al diálogo y al acercamiento  entre la Administración, las organizaciones de afectados, las sociedades  científicas, los médicos y la sociedad en general, pero también al ejercicio de  la autoridad y de la responsabilidad de las administraciones sanitarias para dar  continuidad o poner en marcha, sin perjuicio de las acciones judiciales o  sociales que procedan, un sistema de información justificado, necesario y  técnicamente irreprochable para seguir controlando una epidemia de graves  consecuencias sanitarias y de alto coste para nuestro Sistema Nacional de  Salud.</FONT></P>     <P><FONT face=arial,helvetica size=2><B><I>Postscriptum</I></B></FONT></P>     <P><FONT face=Arial size=2>En auto de 6 de junio de 2005, la Sala de  lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha denegado la ejecución  provisional de la sentencia de 24 de marzo de 2004, que anulaba la orden  ministerial por la que se creaba el Sistema de Información sobre Nuevas  Infecciones por VIH (SINIVIH).</FONT></P> <FONT face=Arial size=2>    <P align="right"><b>Isabel Noguer<SUP>a</SUP>, Odorina Tello<SUP>b</SUP>, Marina Pollán<SUP>b</SUP>,    <br> Gonzalo López-Abente<SUP>b</SUP>, Gloria  Hernández Pezzi<SUP>b</SUP></b><i><SUP>    ]]></body>
<body><![CDATA[<br> a</SUP>Centro Nacional de Epidemiología y Secretaría    <br> del Plan Nacional sobre el Sida. Madrid. España.    <br> <SUP>b</SUP>Centro Nacional  de Epidemiología. Madrid. España.</i></FONT></P>    <P><b><font face="Arial" size="2">    <br> Bibliografía</font></b></P>     <P><FONT face=Arial size=2>1.  GEMES (Grupo Español Multicéntrico para el Estudio de Seroconvertores). El  período de incubación del sida en España antes de la terapia antirretroviral de  alta eficacia. Med Clin (Barc). 2000;115:681-6.</FONT></P>     <P><FONT face=Arial size=2>2. Registro Nacional de Sida  y Registros Autonómicos. Vigilancia epidemiológica del Sida en España. Situación  a 30 de junio de 2003. BES vol. 11 n.o 26/293-300.</FONT></P>    <P><FONT face=Arial size=2>3. European Centre for the  Epidemiological Monitoring of AIDS. HIV/AIDS Surveillance in Europe. Mid-year  report 2003. Saint-Maurice: Institut de veille sanitaire, 2003; 69. Disponible  en: <a href="http://www.eurohiv.org/reports/report_69/pdf/rapport_eurohiv_69.pdf" target="_blank">http://www.eurohiv.org/reports/report_69/pdf/rapport_eurohiv_69.pdf</a></FONT></P>    <P><FONT face=Arial size=2>4.  Hamers F, Downs A. The changing face of the HIV epidemic in western Europe: what  are the implications for public health policies? Lancet.  2004;364:83-94.</FONT></P>    <P><FONT face=Arial size=2>5. Fenton K, Lowndes C. Recent trends in the epidemiology  of sexually transmitted infections in the European Union. Sex Transm Infect.  2004;80:255-63.</FONT></P>    ]]></body>
<body><![CDATA[<P><FONT face=Arial size=2>6. Van der Heyden J, Catchpole M, Paget W, Stroobant A, and  the European Study Group. Trends in gonorrhoea in nine western European  countries, 1991-6. Sex Transm Infect. 2000; 76:110-6.</FONT></P>    <P><FONT face=Arial size=2>7. Vall Mayans M, Sanz  Colomo B, Loureiro Varela E, Armengol Egea P. Infecciones de transmisión sexual  en Barcelona más allá del 2000. Med Clin (Barc). 2004;122:18-20.</FONT></P>    <P><FONT face=Arial size=2>8. Vall  Mayans M, Sanz B, Armengol P, Loureiro E. Outbreaks of infectious syphilis and  other STIs in men who have sex with men in Barcelona, 2002-3. Eurosurveillance  Weekly. 2004;8.</FONT></P>    <P><FONT face=Arial size=2>9. Dodds JP, Nardone A, Mercey DE, Johnson AM. Increase in  high risk sexual behaviour among homosexual men, London 1996-8: cross sectional  questionnaire study. BMJ. 2000;320: 1510-1.</FONT></P>    <P><FONT face=Arial size=2>10. Del Romero J, Castilla J,  García S, Clavo P, Ballesteros J, Rodríguez C. Time trend in incidence of HIV  seroconversion among homosexual men repeatedly tested in Madrid, 1998-2000.  AIDS. 2001;15:1319-22.</FONT></P>    <P><FONT face=Arial size=2>11. Grulich A. HIV risk behaviour in gay men: on the  rise? BMJ 2000;320:1487-8.</FONT></P>    <P><FONT face=Arial size=2>12. Centers for Disease Control and Prevention.  Guidelines for national human immunodeficiency virus case surveillance,  including monitoring for human immunodeficiency virus infection and acquired  immunodeficiency syndrome. MMWR. 1999; 48:1-28.</FONT></P><FONT face=Arial size=2>    <P>13. Infuso A, Hamers F, Downs  A, Alix J, and National Correspondents. HIV Reporting in Western Europe:  National systems and first European data. Eurosurveil 1998;3:51. Disponible en: <a href="http://www.eurosurveillance.org/releases/index-03.asp?an=1998&amp;display=em" target="_blank">http:/www.eurosurveillance.org/em/v05n02/v05n02.pdf</a></P>    <P>14. Hamers F, Infuso A,  Alix J, Downs A. Current Situation and Regional perspective on HIV/AIDS  Surveillance in Europe. JAIDS.2003;32(Suppl 1):S39-48.</P>    <P>15. Gostin OL, Ward  JW, Baker AC. National VIH case reporting for the United States. N Engl J Med.  1997;337:1162-6.</P>    ]]></body>
<body><![CDATA[<P>16. HIV reporting in western Europe: National Systems and  first European data. Eurosurveillance. 2000;5:13-7.</P>    <P>17. European Centre for  the Epidemiological Monitoring of AIDS. HIV/AIDS Surveillance in Europe.  End-year report 2003 n.o 70. Saint-Maurice: Institut de veille sanitaire; 2004.  Disponible en: <a href="http://www.eurohiv.org/reports/report_70/pdf/hiv_aids_reporting_eurohiv_70.pdf" target="_blank">http://www.eurohiv.org/reports/report_70/pdf/hiv_aids_reporting_eurohiv_70.pdf</a></P>    <P>18.  Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo por la que se crea un fichero con  datos de carácter personal, gestionado por el Ministerio de Sanidad y Consumo,  relativo al Sistema de Información sobre nuevas infecciones (SINIVIH). OM  (Dic.18, 2000). BOE n.o 11 de 12 de enero de 2001:1549-50.</P>    <P>19. González R,  Sacristán A, Félix L, Sáenz MC. Epidemiología de la infección por virus de la  inmunodeficiencia humana (VIH) en la provincia de Salamanca (1985-2002). Enferm  Infecc Microbiol Clin. 2004;22:272-8.</P>    <P>20. HIV infection in Areas conducting  HIV reporting using coded patient identifiers, 2000. CDC. HIV/AIDS Surveillance  Technical Report. 2002;1.</P>    <P>21. The Role of Name Based Notification in Public  Health and HIV Surveillance. UNAIDS: 2000. Best practices collection.  UNAIDS/00.28E.</P>    <P>22. Mortimer JY, Salathiel JA. Soundex codes of surnames  provide confidentiality and accuracy in a national HIV data base. Communicable  Disease Report 1995;5;R12:183-6.</P>    <P>23. Aavitsland P, Oivind N, Listad A.  Anonymous reporting of HIV infection: an evaluation of The HIV/AIDS surveillance  System in Norway 1983-2000. Eur J Epidemiol. 2001;17:479-89.</P>    <P>24. Castilla J,  De la Fuente L, Sánchez F, Pérez de la Paz J, Cañellas S, Belza MJ, et al.  Validez de un sistema de registro no nominal basado en códigos. Gac Sanit.  1999;13(Supl 2):36.</P>    <P>25. Real Decreto 2210/1995 de Creación de la Red Nacional  de Vigilancia Epidemiológica. </P>    ]]></body>
<body><![CDATA[<P>26. Carta de la Sociedad Española de  Epidemiología sobre la sentencia de lo contencioso administrativo de la  Audiencia Nacional anulando la orden del Ministerio de Sanidad por la que se  crea el Sistema Estatal de Notificación sobre Nuevas Infecciones por el VIH  (SINIVIH). SEENota. 2004;32:6-7.</P>    <P>27. Ley de incorporación al Derecho Español  de la Directiva 96/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de  1996, sobre la protección jurídica de las bases de datos. L nº. 5 (6 de marzo de  1998).</P>    <P>28. Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados  de Carácter Personal. RD n.º 994 (11 de junio de 1999)</P>    <P>29. Ley Orgánica de  Protección de Datos de Carácter Personal. L nº. 15 (13 de diciembre de  1999).</P></FONT>     ]]></body>
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